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SESION DE 15 DE JULIO DE 1840

ponde que lo que lleva dicho es la verdad so cargo del juramento que ha hecho, en el que se afirmó i ratificó; leida su declaracion dijo ser la misma; i es de edad de cuarenta i dos años i la firmó junto conmigo i testigos a falta de escribano. — IGLESIAS. — José Subiabre. — Testigo, Juan Elijio Pérez. — Testigo, Juan Antonio Muñoz.


En el propio dia, presentó el representante por testigo a don Juan Manuel Gallardo, vecino de este partido, subteniente de tropas cívicas del batallón núm. 11, a quien recibí juramento de estilo, bajo del cual ofreció decir verdad de lo que sepa en cuanto se le pregunte, i siéndole al tenor de las preguntas del interrogatorio que antecede

A la primera dijo: que, como miembro propietario de la mesa receptora, sabe i le consta que la eleccion de Diputados i electores para Senadores no comenzó a las diez de la mañana, que es la hora que señala el Reglamento para dar principio a este solemne acto, sino a las seis de la tarde en que debió suspenderse hasta el siguiente dia que debía terminar la eleccion sin poderse prorrogar; pero en este partido no sucedió así, porque el gobernador departamental, valiéndose de intimacion i de su autoridad, obligó a la mesa receptora, apesar de la resistencia de la mayoria de sus miembros, a prorrogar sus sesiones hasta despues de las nueve de la noche del dia veintinueve de Marzo, i responde

A la segunda, dijo: que, estando colocado ya en la mesa su presidente don Loreto Paredes, elejido ocho dias ántes por esta Municipalidad, el gobernador don Lorenzo Cárdenas, valiéndose de pretestos, anuló de propia autoridad la eleccion hecha i nombró en su reemplazo a un individuo primo hermano suyo, mui seguro que solo de este modo podria salir victorioso en la eleccion, con que no contaba si se le daba el debido cumplimiento a la lei. Todo esto es tan público i notorio que la mayor parte de este pueblo podria declararlo si fuese necesario; i concluye su respuesta a esta pregunta diciendo que todo su contenido es mui cierto, i responde

A la tercera, dijo: que es cierto que el gobernador empleó todo el dia veintinueve entreteniendo a la mesa en elejir un presidente que no faltaba, i para esto no quiso entregar el rejistro parroquial hasta que logró su fin, valiéndose de la escusa de haberlo dejado primeramente en el convento i luego en su casa, de modo que éste vino a entregarlo como a las seis de la tarde, en que comenzamos a funcionar todos los miembros de la mesa, i responde

A la cuarta, que es mui cierto que, por órden del gobernador, se rodeó de guardias la mesa hasta el estremo de privar a los ciudadanos de i la libertad de emitir francamente su voto por quien fuese su voluntad, i responde

A la quinta, dijo: que es cierta la pregunta por lo que oyó decir a la mayor parte de los sufragantes, i porque los boletos que repartió el gobernador i el cura aparecieron todos firmados en el escrutinio particular que se hizo el dia veintinueve, i porque, habiendo querido la mesa depositar en la caja solo las actas i rejistros, en cumplimiento de la lei, el gobernador mandó se depositasen tambien los votos para saber, sin duda, los que le habian faltado i aplicarles la pena que había prometido, i responde

A la sesta, dijo: que le consta todo cuanto en esta pregunta se contiene por haberlo presenciado i visto todo, i responde

A la sétima, dijo: que oyó decir a varios municipales i comisionados que la caja de Dalcahue solo vino con una cerradura, i responde

A la octava, que lo dicho es público i notorio, de pública voz i fama i que lo sabe por haberlo visto, oido i presenciado.

Que no tiene mas que añadir ni quitar en esta su declaracion, en que se afirmó i ratificó, leida que le fué, que es de edad de treinta i siete años i la firmó conmigo i testigos a falta de escribano. — José Iglesias. — Juan Manuel Gallardo. — Testigo, Juan Elijio Pérez. — Testigo, Juan Antonio Muñoz.


En diez dias del mes de Abril del año de mil ochocientos cuarenta, para el propio efecto, presentó el representante por testigo al ciudadano don Casimiro Vera, vecino del mismo partido, a quien por ante mí i testigos de mi asistencia, a falta de escribano, recibí juramento que hizo por Dios Nuestro Señor i una señal de cruz, bajo del cual prometió decir verdad de lo que sepa i en cuanto le sea interrogado, i siéndole examinado al tenor de las preguntas del interrogatorio presentado

A la primera dijo: que fué uno de los propietarios de la mesa receptora, i que le consta que el gobernador departamental de propia autoridad ordenó que la eleccion del dia veintinueve comenzase a las seis de la tarde i se prorrogase hasta despues de las nueve de la noche, i responde

A la segunda, dijo: que es cierto que don Loreto Paredes había sido nombrado presidente ocho dias ántes conforme lo previene la lei, i que el gobernador le quitó la presidencia el mismo dia i a la misma hora que comenzaban las elecciones, poniendo en este destino a un individuo que es primo hermano del dicho gobernador, i responde

A la tercera, dijo: que es cierto el contenido de la pregunta i lo asegura porque fué uno de los que pidió en la mesa el rejistro parroquial, que el gobernador no quiso entregar hasta las