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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVII (1840-1841).djvu/223

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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. CÁMARA DE DIPUTADOS
    SESION 35 ORDINARIA, EN 1.° DE SETIEMBRE DE 1840
    PRESIDENCIA DE DON MANUEL MONTT


    SUMARIO. — Nómina de los asistentes. — Aprobacion del acta precedente. — Solicitud de don F. L. de la Barra. — Vice-Presidente del Crédito Público. — Solicitudes de doña Josefa Baeza i de doña Lorenza Quijada. — Autorizacion especial al Presidente de la Cámara. — Clausura de las sesiones. — Acta. — Anexos.

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar un proyecto de lei que autoriza al Gobierno para conceder a don Francisco León de la Barra plazo para pagar cierta deuda. (V. sesion del 28 de Agosto último.)
  2. Elejir a don José Joaquin Pérez para Vice-Presidente de la Caja del Crédito Público. (Anexos núms. 233 i 234.)
  3. Devolver a doña Josefa Baeza la solicitud que presentó hace tiempo. (V. sesiones del 31 de Julio de 1840 i del 29 de Setiembre de 1841.)
  4. Devolver tambien a doña Lorenza Quijada su solicitud, (V. sesiones del 24 de Junio de 1840 i del 16 de Octubre de 1844 i Cámara de Senadores en 28 de Agosto de 1844.)
  5. Autorizar al Presidente de la Cámara para aprobar el acta de la presente sesion i para tramitar los asuntos despachados.
  6. Declarar cerradas la sesiones. (Anexo núm. 235.)

ACTA

SESION DEL 1.° DE SETIEMBRE DE 1840

Se abrió con los señores Arístegui, Vergara, Bustillos, Cerda, Covarrúbias, Eyzaguirre don Domingo, Fierro, Formas, Gatica, Iñiguez don Vicente, López, Montt, Ortúzar, Ovalle, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Pérez, Plata, Prado, Prieto, Reyes don Ignacio, Reyes don José, Toro, Urriola, Velásquez, Vial don Antonio i Vial don Ramon.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se tomó en consideracion el informe de la Comision de Hacienda en la solicitud de don Francisco Leon de la Barra, i sometido a votacion, fué aprobado en los términos siguientes:

"Artículo único. Se autoriza al Gobierno para que pueda conceder a don Francisco Leon de la Barra i socios, el plazo de nueve meses