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SESION DE 28 DE JULIO DE 1841
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de ordenanzas, gastos de escritorio, postas, gratificación a los maestros de buques por la correspondencia que traen a bordo i una pensionista degracia, tienen el costo de | 28,482 | 7¾ | |
Gastos de beneficencia i utilidad pública | |||
El Supremo Poder Ejecutivo está autorizado para invertir anualmente en esta clase de gastos, hasta la cantidad de | 10,000 | ||
Sueldos de la junta de Vacuna, i vacunadores ambulantes | 7,434 | ||
Asignaciones pias en toda la República | 11,443 | ||
Para auxiliode propios de la ciudad i puerto de Valparaiso | 2,000 | ||
Al hospital de dicho puerto para pago del local | 1,131 | 2 | |
Al mismo para indemnización del derecho de aguada | 1,560 | ||
Al administrador de dicho hospital para pago de médico de sanidad | 800 | 34,368 2 | |
Varios gastos | |||
Sueldos de los que cuidan del alumbrado del frontis del Palacio i patios interiores | 144 | ||
Costo de la iluminación calculada por lo que se gastó el año anterior | 317 | ||
Sueldo del encargado del cuidado i compostura del reloj de la torre del frontis de la Casa de Gobierno | 50 | ||
A la Municipalidad de Santiago por arriendo de casa, i en compensación del local que ocupan actualmente, perteneciente a dicha Municipalidad, los Ministerios del Interior, Guerra i Marina | 300 | ||
Para gastos secretos | 6,000 | ||
Agasajos de indíjeñas en Concepción i Valdivia | 4,336 | ||
Lenguaraz de indios en Curicó | 120 | ||
Suscricion a varios periódicos | 9,794 | 4 | |
Sueldo de dos directores de obras públicas | 3,000 | ||
Sueldo de un director de caminos | 1,200 | ||
Para pago de mayordomos, albañiles, carpinteros, peones i demás gastos que demanda la composicion del camino de Valparaiso | 12,000 | ||
A los directores de las bombas de incendio de Valpa | 200 | 43,461 4 | |
Gastos estraordinarios | |||
Doce mil pesos que se calculan se invertirán en el año siguiente en la formacion del paseo público i construcción delarco triunfal, que en memoria de la gloriosa victoria de Yungai debe trabajarse como está decretado por disposición de 5 de Abril de 1839 | 12,000 | ||
Se consideran veinticinco mil peses para gastos estraordinarios, no pudiendo clasificarse estos por la |