Tuvo segunda discusion el artículo 1.° del proyecto de adiciones a la lei del reconocimiento de la deuda nacional interior, i fué aprobado en los términos siguientes:
"Artículo primero. Las excepciones que establece la parte 3.ª del artículo 2.° de la lei sobre reconocimiento de la deuda nacional interior, respecto de los empréstitos levantados por el Gobierno español, comprenden a todas las contribuciones impuestas por el mismo Gobierno, cualquiera que sea su denominacion."
Quedó para segunda discusion el artículo 2.° i se levantó la sesion.
ANEXO
Núm. 313
▼El ▼Senado, en sesion de ayer, ha elejido por ▼Presidente de su Sala al que suscribe, continuando en la ▼Vice-Presidencia el señor Senador don ▼Diego Antonio Barros.
Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 17 de 1837. —A S.E. el ▼Presidente de la República.