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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXV (1836-1838).djvu/88

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CÁMARA DE SENADORES

por algún tiempo se suspenda el imperio de la Constitucion, i el Gobierno esté espedito para evitar inconvenientes e impedir maquinaciones perjudiciales a la causa pública.

Mirada la tentativa de don Ramon Freire del modo que acabarnos de considerarla i descansando como debemos en la vijilancia i actividad del Gobierno, nada hai que temer i los ciudadanos pueden permanecer tranquilos aguardando los resultados, que no pueden ser sino felices. Sea el verdadero amor a la Patria el único norte de nuestras acciones; apreciemos sobre todo la paz i la quietud de que gozamos i a que somos deudores de tantos bienes; no nos desampare la sensatez que tanto distingue el carácter chileno; i los intentos de un tirano impotente i los de muchos mas que quisieran subyugarnos solo servirán para despertar en nosotros cada vez mas el espíritu público, para dar nuevos realces al valor nacional i para aumentar nuestra felicidad i nuestra gloria.

Las demostraciones que el Gobierno recibe a cada instante de personas pertenecientes a todas las clases i a todas las denominaciones políticas, las ofertas de servicios personales i pecuniarios cuantiosos, el ardor con que nuestros dignos veteranos se han apresurado a cumplir las órdenes que se les han impartido, el celo con que la oficialidad de la guardia cívica ha solicitado hacer por sí misma el servicio diario de la capital, i en una palabra, el espíritu casi universal que se ha manifestado en la poblacion de Valparaiso i Santiago (i de que no dudamos participarán las otras, hasta los últimos ángulos de la República); todo esto es para nosotros una garantía segura de que el patriotismo chileno va a desplegar en esta crisis de la Patria toda su antigua enerjía; de que los sentimientos que le hicieron triunfar con tanta gloria en la guerra de la Independencia viven i vivirán para siempre en el corazon de los habitantes de Chile i de que no habrá sacrificio que repugnen, por costoso que sea, cuando se trata de defender sus leyes, sus libertades i el honor nacional ultrajado.


Núm. 99

La Comision de Hacienda es de sentir que el Senado apruebe el proyecto, pasado por el Presidente de la República, sobre que se le autorice para vender dos sitios en la plaza de Concepcion, como lo ha hecho ya la Cámara de Diputados. —Elizalde. —Barros.


Núm. 100

Señor Juez de Letras:

José Gombao, ante V. S., con el debido respeto, me presento i digo: que desde el año 1818 resido en esta capital i casado con hija del pais, con el jiro de bodegon, i deseando unirme a la gran familia americana i fijar mi residencia en esta República, sin embargo de ser vecino de ella desde el citado tiempo, se ha de servir la justificacion de V. S. que, para solicitar la carta de ciudadanía i hacer constar mi conducta i estado, segun lo exije el artículo 6.°, parte 3.ª de la Constitución, se sirva admitirme una informacion de los testigos que presentare para los fines que llevo espuestos.

Por tanto,

A V. S. lo suplico acceda a mi solicitud; juro en forma no proceder de malicia; i para ello, etc. —A ruego del interesado. —José María García.


Santiago, Octubre 19 de 1835.

Recíbase la información que se ofrece i se comete, fecho entréguese a la parte para que use de su derecho. —Montt.


En diez í nueve de Octubre hice saber el anterior deertto a don José Gombao; doi fé.


En la ciudad de Santiago de Chile, a diez i nueve de Octubre del presente año, la parte, para rendir la información que ha ofrecido, presentó por testigo a don Remijio Ocon de Gil, quien juramentado en forma, prometió decir verdad en lo que fuere preguntado, i siéndolo con arreglo al tenor del escrito presentado, dijo: conoce a don José Gombao, natural de Europa, como quince años; le consta su buena conducta por haberlo tratado todo este tiempo; que es domiciliado en esta República; obtiene un jiro de comercio i siempre se ha pronunciado adicto al sistema de nuestra Independencia; es la verdad i lo que puede declarar bajo el juramento fecho; i firmó; de que doi fé. —Remijio Ocon de Gil. —I Ante mí, Rebolledo.


En la ciudad de Santiago de Chile, a diez i nueve de Octubre del mismo año, el interesado, a efecto de dar la información ofrecida, presentó por testigo a don Santiago del Pozo, a quien recibí juramento conforme a la lei, según el cual prometio decir verdad en lo que supiere i le fuese preguntado, i siéndolo al tenor de la petición de la vuelta, dijo: que hace el mismo tiempo que relaciona el testigo don Remijio Ocon en la antecedente declaración, conoce al español don José Gombao, cuyo individuo es domiciliado en esta capital de la República de Chile, es casado con oriunda de la misma República; ob