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SESION EN 5 DE JUNIO DE 1843

ACTA

Sesion en 5 de junio de 1843

Asistieron los señores Irartázaval, Aldunate, Bello, Egaña, Formas, Meneses, Ovalle, Landa, Ortúzar, Ossa, Prieto, Renjifo, Solar i Vial del Rio.

Aprobadas las actas de la sesion de las Cámaras reunidas en i° del corriente i de las sesion ordinaria del Senado en el mismo dia, se leyó un mensaje del Presidente de la República en que ocurre al Congreso para que permita que residan cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus sesiones; i habiéndose acordado, en atencion a estar próximo a espirar el término anteriormente concedido, que tuviesen lugar en la sesión de hoi las distintas lecturas i discusiones que previene el Reglamento, despues de haberse considerado i desechado por unanimidad una indicacion del señor Renjifo dirijida a que el permiso se estendiese a los ocho en vez de los seis primeros días de la legislatura inmediata, se sancionó por unanimidad el siguiente proyecto de decreto:

"El Congreso Nacional permite que residan cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus sesiones i diez leguas a su circunferencia durante la actual lejislatura ordinaria i los seis primeros dias de la lejislatura ordinaria o estraordinaria que siguiere."

Se acordó al mismo tiempo trascribir este proyecto de decreto a la Cámara de Diputados sin esperar la aprobacion del acta.

Se presentó cerrada el acta de eleccion de Senadores del colejio electoral de Valdivia, recibida despues del escrutinio jeneral; i leida, se mandó archivar.

Se procedió en seguida a organizar las comisiones ordinarias del Senado, designando el señor Presidente para la comision de Lejislacion i Justicia a los señores Egaña, Ovalle Landa i Vial del Río, para la de Gobierno i Relaciones Esteriores a los señores Bello, Benavente i Ortúzar; para la de Hacienda i Artes a los señores Barros, Correa, Formas i Renjifo; para la de Guerra i Marina a los señores Aldunate, Cavareda i Joaquin Prieto; para la de Educacion i Beneficencia a los señores Egaña, Ovalle Landa, Portales i Subercaseaux; para la Comision Eclesiástica a los señores Alcalde, Meneses i Miguel Solar, i para la de Policía Interior a los señores Presidente i Vice Presidente.

En seguida el Pro-Secretario manifestó que se hallaba vacante en la Secretaría una de las plazas de oficial de pluma por renuncia que de ella habia hecho don Mariano José Díaz; i habiendo propuesto para dicha plaza a don José Briceño, a don Julian Paipa i a don José Miguel Muñoz, se emitieron diez sufrajios a favor del primero i tres a favor del tercero, quedando por consiguiente nombrado oficial de pluma don José Briceño.

Despues de haberse suspendido la sesion por algunos minutos, presentó un proyecto de contestacion al discurso de apertura pronunciado por el Presidente de la República, la comision especial nombrada al efecto, el que, leido, fué aprobado en jeneral por unanimidad.

Habiéndose procedido en seguida a discutirlo por menor, el señor Egaña hizo indicacion para que en el encabezamiento en vez de "Conciudadano Presidente" se diga "Excmo. señor", i en lugar del tratamiento de "Vos", se emplee el de "V. E." Despues de algun debate sobre esta indicacion, se acordó dejarla en suspenso hasta la sesion próxima, en que se traerían a la vista las disposiciones legales relativas a este punto.

Ultimamente se leyó la lista de los asuntos que quedaron pendientes de la lejislatura anterior; i se pusieron en tabla para la sesion próxima el proyecto de lei en que se aprueba la transaccion celebrada por el Gobierno con don Francisco García Huidobro, el proyecto de lei en que se autoriza al Gobierno para el pago de una de las partes de lo que debe el Fisco a la familia del coronel Spano, el proyecto de lei en que se asigna montepío a los capitanes de corbeta i el proyecto de lei en que se asigna una pension a doña Cármen Ibáñez. —IRARRÁZAVAL


ANEXOS

Núm. 54

Conciudadanos delSenado i de la Cámara de Diputados:

Debiendo fenecer el dia 6 del presente mes el término que fijó el Congreso Nacional por la lei de 10 de Junio del año pasado, para que pudiesen residir cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus sesiones i diez leguas a su circunsferencia, el Presidente déla República, deseando evitar el gravámen que necesariamente afectatía los fondos fiscales, no sólo con los gastos que demanda el trasporte en la salida i regreso de la fuerza del ejército que actualmente existe en la capital, sino tambien con el pago de diarios a la guardia cívica que deberia sustituir a aquella fuerza en el servicio de la guarnicion, de acuerdo con el Consejo de Estado, solicita del Congreso Nacional que con arreglo a la atribucion que le confiere la parte 8.a del artículo 37 de la Constitucion, conceda el Dermiso necesario para que puedan residir cuerpos del ejército permanente en el lugar de sus sesiones, i diez leguas a su circunsferencia. —Santiago, Junio 2 de 1842. —Manuel Búlnes. —J. Francisco Aldunate.