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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIII (1843).djvu/528

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CÁMARA DE SENADORES
SESION DEL 2 DE OCTUBRE[1]

Aprobada el arta de la sesion del 29, el pro secretario leyó dos oficios del gobierno: uno en que prorroga por veinte dias mas las sesiones ordinarias del Congreso, i otro en que da ruenta de haber espedido varias cartas de naturaleza. Se leyó también una peticion de don Juan Ramon Casanova, apoderado del Excmo. Ministro Plenipotenciario de Chile cerca del Gobierno Peruano don Ventura Lavalle, para que se le conceda a este último la facultad de usar la medalla que le otorgó la Convencion Nacional de Bolivia, a consecuencia de la intervencion que tuvo como ministro mediador en la paz de Puno. El señor Egaña pidió que esta solicitud se devolviese para que venga por órgano del Gobierno que es el lejitimo; pero la Sala acordó reservarla para se gunda lectura.

El señor presidente preguntó al señor ministro de Justicia Culto e Instruccion Pública, que se hallaba en la sala, si tenia algo que esponer.

Inmediatamente tomó la palabra i dijo: que en una de las anteriores sesiones, cuando se discutía el proyecto de leí en que se autoriza al gobierno para construir una casa de estudios en los sitios que posee el fisco inmediatos a la iglesia de San Diego, se tuvo presente una solicitud de los RR. PP. Franciscanos en que reclaman la propiedad de dichos sitios. Prometí entónces celebrar un arreglo con ellos i ahora vengo a dar cuenta que aunque estaban ya convenidos con las bases que les propuse, sin embargo, su síndico no se ha conformado con el as; por consiguiente el asunto es concluido i no puede adelantarse mas en él. A mi juicio puede adoptarse una medida que salva los inconvenientes, tal es, quitar del artículo i.° del proyecto la palabra San Diego; porque bien puede el gobierno hacer el edificio en otro lugar, i los relijiosos no tendrán motivo alguno de queja. Conforme con la indicacion que acabo de hacer, puede omitirse la segunda parte del artículo i poner en su lugar estas palabras: i en la adquisicion de los terrenos necesarios para ella.

El artículo i.° del proyecto orijinal dice así: "Se autoriza al Presidente de la República para que invierta doscientos cincuenta mil pesos de las rentas nacionales en la construccion de una casa de estudios, que deberá edificarse en todos los sitios que el fisco posee inmediatos a la iglesia de San Diego i en los de propiedad particular que sea preciso adquirir para regularizar la forma del terreno."

El señor Egaña fué de opinion que en lugar de las palabras que siguen a San Diego, se pongan estas otras o en otros de propiedad fiscal o particular.

El señor Irarrázaval pidió que a la indicacion del señor Egaña podia agregarse "que se adquieran con este objeto."

El artículo fué aprobado por once votos contra uno, con arreglo a las dos últimas indicaciones.

"Art. 2.° Luego que dicha casa se hallare en estado de servir al objeto con que se construye, setrasladará a ella el Instituto Nacional, i el local que actualmente ocupa este establecimiento quedará a favor del fiscon. Fué aprobado unánimemente.

A consecuencia de hallarse presente el señor Ministro, continúa la discusion de las partidas, que por observaciones hech is por e señor Egaña, quedaron pen tientes lei presupuesto del Ministerio de Justicia, Culto e Instruccion Públiea.

Para sueldo le un oficial auxiliar, $ 366.

El señor Ministro dijo: que este oficial es indispensablemente necesario, porque los de número son mui pocos por ser la planta de esta oficina distinta de la de los otros ministerios. El de Justicia tiene ménos oficiales que los otros, i el despacho diario es mui pesado. Por ejemplo, en una copia de un espediente o en la espedicion de una circular se emplea un oficial dos o tres dias. Nunca se ha servido con ménos oficiales, aunque ántes se gastaba ménos, porque habia mas auxiliares i fdtaban oficiales de número. En fuerzade esta esposicion la Cámara aprobó unánimemente esta partida.

Para el guarda mayor de tiendas, $ 60.

El señor Ministro dijo: que en otro tiempo el consulado pagaba un sobresueldo para seguridad del comercio, pero que podia suprimirse esta partida porque ahora no se paga.

Se suprimió por unanimidad.

Para sueldo de un oficial de pluma del juzgado del crimen de Santiago i varios otros gastos, $ 300.

El señor Ministro de Justicia dijo en apoyo de esta partida: que en el presupuesto pasado por el Gobierno no existía; pero que en la Cámara de Diputados uno de los miembros que habia servido largo tiempo en el juzgado del crimen hizo esta indicacion, i considerándola justa le habia prestado su consentimiento. Se fundó que en la actualidad existe un escribiente pagado por el juez i por los escribanos; i aunque estos tienen obligacion de ejercer sus funciones, las desempeñan mal, i es por consiguiente necesario que haya un hombre esclusivamente dedicado a los objetas en que se ocupa el escribiente. Por otra parte el juez paga de su bolsillo no solo aeste empleado, sino también los gastos de escritorio, de manera que si abre el juzgado de noche, corre de su cuenta la compra de velas, etc., i aunque en otro tiempo se subvenía a estos gastos con el producido de la multas que imponían los jueces, en el dia, habiéndose abolido tales multas, es justo que la nacion cargue con esa obligacion.

  1. Esta sesiones tomada de El Progreso correspondiente al 5 de Octubre de 1843, núm. 273 —(Nota del Recopilador).