les he faltado yo al respeto a esos mismos tribunales; por consiguiente, no debe valemos la opinion de los jueces. A mas de esto los señores Tagle no trataron ccn condicion, la lei que se dictó fué una leí jeneral; la leí dijo sáquese el pago del producido de la venta, pero no dijo: si se vende, sucederá tal cosa... si no se vende, tal otra. Ahora pues... El ▼Gobierno pactó, le cumplieron lo pactado i despues sale con que no se han vendido los terrenos... Nó!. .. Esto es mui cruel. Debe pues pagar el Gobierno i los Tribunales no han dicho que no se pague.
El señor ▼Cerda dijo: yo no he dicho que debíamos respetar absslutamente la sentencia de los tribunales. Lo que dije fué que, careciendo de dates i teniendo a la vista una peticion i una sentencia, me guiaba por la sentencia. Ahora bien, el Gobierno no ha obligado al señor Tagle que vaya a medir aquellos terrenos, éste ha ido por su voluntad i sabiendo la lei que se habia dictado para el pago, en el hecho de ir, ha consentido en sujetarse a la condicion. Yo siento mucho oponerme a un asunto que talvez lo creo justo, pero estoi por la sentencia.
El señor ▼García Reyes tomó la palabra para pedir a la Cámara que volviese otra vez a la comision el espediente, para que haciendo un estracto de éi, desapareciese la falta de claridad que habia en la mayor parte de los hechos.
El señor ▼Vial (don Manuel Camilo) tomó palabra. Yo creo, dijo, que el asunto en que se ocucupa la Cámara ofrece algunas dificultades porque se han alterado los hechos i no se han presentado con la claridad debida. El año 1831 dictó el Gobierno una lei para que se mandase medir las poblaciones del Sur del a República, que se vendiesen, i que con el producto de la venta se pagase a los agrimensores. El año 1834 a consecuencia de haberse repartido esos terrenos entre el Gobierno i los indíjenas por justos reclamos de éstos, se dictó otra lei que mandaba suspenderla enajenacion de los terrenos. El agrimensor cumplido que hubo sus trabajos, solicitó del Gobierno el pago de su honorario i se declaró no haber lugar a la solicitud; se dirijió a los tribunales, i a pesar que los jueces reconocían la deuda, respetaron la lei i declararon no había lugar. ¿Pero será justo que no se pague lo que se a deuda al señor Tagle? Nó, por cierto. Ei Congreso fué quien dictó la leí para que no se enajenasen aquellas tierras de que iba a sacarse el pago, el ▼Congreso ha sido la causa de que el señor Tagle no haya sido cubierto, a él pues toca ahora dictar otra lei ordenando el pago. Procediendo de este modo, no obra en contradiccion con los tribunales i repara una injusticia. Supóngase que eternamente estén sin venderse esos teneros. ¿Será justo que el señor I Tagle quede sin rer cubierto? Si se ocurre cien veces a los tribunales, otras tantas declararán éstos no haber lugar a la solicitud; a la Cámara toca, pues, reparar la injusticia, a ella sola ordenar el pago de lo que se debe.
El señor ▼Eyzaguirre como uno de los miembros de la comision, tomó la palabra para apoyar el dictamen de ésta, i dije: La comision ha descubieito que han ei trado 1,800 pesos de productos de aquellos terrenos, ha tenido presente que muchos de ellos están en arriendo, i que bastando lo que han producido aquellas tierras para pagar a los agrimensores, es mui justo que se les cubra. Lo que falta es que los agrimensores liquiden su deuda con el Tribunal de Cuentas. El señor Cerda tomó la palabra para apoyar la indicacion del señor García Reyes. Se puso en votacion si volvia o nó el espediente a la comision para que hiciere un estracto de él. Resultó que si, habiendo 15 votos por negativa i 23 por la afirmativa. El señor Palazuelos tomó la palabra i dijo: Yo no sé qué es lo que se quiere. Yo soi miembro de la comision; todos los hechos se han espuesto: el señor Vial los ha manifestado con la mayor claridad. Veo que es útil lo que estoi hablando; pero juro a Dios que no sé cómo proceder"
(Risas en la barra).
Este proyecto quedará eternamente en la comision, i la sesion se levantó insistiendo el señor Palazuelos en que
"No habiá informe!!" (Risas).