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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/270

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CÁMARA DE DIPUTADOS

de la administración? ¿I quién le ha hecho abandonar ese camino? La nulidad de su posicion lo ridículo de la empresa; porque no tenia base, porque no era una verdadera crítica, ni del Gobierno ni de la sociedad, ni era la de un partido ni la de la influencia personal de un hombre notable, ni aun la de la capacidad individual o la del discernimiento que da la experiencia de los negocios i el resultado del estudio de la sociedad i sus intereses.


Núm. 122

Esta Cámara a consecuencia de la solicitud de doña Dolores Noguerol que remito con los demas antecedentes que la acompañan, ha tenido a bien aprobar el siguiente


proyecto de lei:

"Artículo único. El Congreso Nacional concede a doña Dolores Noguerol viuda de don Pedro Beitía, la pension de diez pesos mensuales".

Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 10 de 1844. —Mariano de Egaña. Francisco Bello, Pro-Secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.