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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXIV (1844).djvu/296

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CÁMARA DE DIPUTADOS

mismo sueldo que al presente; i en él presenta a la Cámara un proyecto por el cual se fija en 100 pesos el sueldo mensual de los taquígrafos durante todo el tiempo de trabajos sin hacer diferencia entre sesiones ordinarias i estraordinarias, quedó en tabla.

La Comision de peticiones informó que creia corresponder a la deliberacion de la Cámara la solicitud hecha por don Nicolás Jiménez, quedó para consultarse en primera oportunidad.

Se dió cuenta de una solicitud del ciudadano Tadeo Mateluna para que la Cámara declare compatible el sueldo que le corresponde como oficial retirado, con el que se le asigna por ser empleado en la Caja de Crédito Público. Pasó esta solicitud a la Comision de Peticiones.

Se dió segunda lectura a la mocion del señor don Bernardo Toro sobre declarar de utilidad pública los puertos de San Antonio de las Bodegas i el Papudo.

El señor Toro. —Hai asuntos de un interes tan positivo al pais, que sus ventajas están conocidas con el solo hecho de presentarse. Ahorrar el tiempo a la Cámara es otro bien; i creo por lo mismo que debe procederse desde luego a la votacion.

Se consultó a la Cámara sobre si se admitía o no esta mocion i resultó admitida por unanimidad de 31 votos; con lo que pasó a la comision de Lejislacion.

—Continuó la discusión de los presupuestos.

—Se puso en segunda discusión la partida 11 del Ministerio de Justicia con la indicacion del señor Larrain para que se esprese en dicha partida que los canónigos deben dejar la tercera parte de su sueldo con el objeto de reedificar la iglesia Catedral de Concepcion.

El señor Palazuelos. —He oido decir (no se crea que voi a hacer una interpelacion que habria deseado; pero que ya no me da la gana ni conviene que la haga, por la resistencia que habia de encontrar: voi a hablar sobre la indicacion). He oído decir que la tercera parte que se reserva del sueldo de los canónigos para la construccion de la iglesia Catedral de Concepcion, se va entregando a interes a particulares, no sé sí de la misma provincia o de otras; esto es indiferente. Yo dudo que esta medida sea conveniente, porque ha de costar mucho quitar a esos particulares el dinero cuando llegue el caso de haber necesidad de cobrarlo para la construccion de la iglesia. Como veo que en mi pais, no sólo en esta época, sino en todos los tiempos es un pais en que pueden tanto los compadrazgos, temo mucho señor, que suceda esto con los fondos destinados para la construcion de aquella iglesia. Esto es lo primero, i por otra parte, no sabemos la influencia de estas personas, que pueden ser tales a mi juicio, que talvez logren embarazar e imposibilitar al Gobierno para exijirles este dinero cuando llegue el caso de necesitarlo para la construccion de la iglesia. Necesito una declaracion sobre este punto, porque si se da a particulares, yo voto en contra de la partida. Otra estravagancia, i se le dará este nombre, porque la Cámara está dispuesta a no hacer novedad en cuanto a la costumbre que se ha observado hasta ahora, de dejar al Gobierno en ejercicio de las atribuciones que la Constitucion le da; pero es necesario que cumpla en este ejercicio con la voluntad constitucional. Puede el Gobierno equivocarse, i sus yerros ser degran consecuencia para la nacion; i en este caso ¿cómo rectificar este error? ¿cómo obligar al Gobierno a ponerse en buen camino, a cumplir con la voluntad de la lei? Creo que el medio no es otro que la representación nacional se ponga en ejercicio de sus derechos para negar al Gobierno las partidas que pide para esos objetos, en que se se encuentra lastimado el juicio nacional. En el presente caso, sabemos que se da a interes a particulares la cantidad que importa esta partida; i diré mas, se me ha asegurado que las personas que tien n en su poder este dinero harán mui difícil que el Gobierno lo recobre, i harán mui difícil tambien la construccion de la iglesia Catedral. No sé si estas personas tengan tanto influjo; pero es que pueden dárselo las circunstancias, por lo que puede ser un obstáculo para que se cumpla la voluntad de la lei; i para la satisfaccion de la necesidad que a este respecto se hace sentir: pues se me ha dicho tambien que la Catedral que tenemos en Concepcion, es un rancho miserablísimo. Así es que yo interpelo al señor Ministro para que se digne decir si es verdad que se da a este dinero el empleo que acabo de enunciar, para emitir segun eso mi voto. No pienso negar al Gobierno la partida; es sólo para emitir mi voto.

El señor Ministro de Justicia. —Me es sensible, señor, no poder responder por ahora categóricamente a la pregunta que se me hace.

No sé si en realidad se da este dinero a particulares o permanece en las arcas nacionales; quizá por alguno de los departamentos del despacho se hayan dado algunas disposiciones relativas a este respecto. Si se cree necesario tener un conocimiento exacto del poder en que se encuentra ese dinero, en la sesión próxima podria presentarse, en caso que se juzgue que, sin este conocimiento, no pueda pasarse adelante en la discusion.

Sea cual fuere, señor, el destino que se dé a este dinero mandado retener para la construccion de la iglesia Catedral, a mi juicio no es este un embarazo para la aprobacion de la indicación. Supongamos que se dé a particulares, ¿se rechazaria por eso la indicacion que se ha hecho? Al hacerlo así se obraria en sentido contrario al objeto a que se dedica esa cantidad porque en lugar de darlo a particulares, seria necesario darlo a los canónigos sin obligacion de entregarlo en tiempo alguno. Mas, la indicacion no tiene otro objeto que retener ese dinero