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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVII (1845).djvu/13

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SESION EN. 2 DE JUNIO DE 1845

el término que fijó el Congreso Nacional por la lei de 27 de Junio del año pasado, para que pudiesen residir cuerpos del Ejército Permanente en el lugar de sus sesiones i 10 leguas a su circunferencia; el Presidente de la República deseando evitar el gravámen que necesariamente afectaría los fondos fiscales, no sólo con los gastos que demanda el trasporte en la salida i regreso de la fuerza del Ejército que actualmente existe en la capital, sino también con el pago de diarios a la guardia cívica que debería sustituir a aquella fuerza en el servicio de la guarnición, de acuerdo con el Consejo de Estado, solicita del Congreso Nacional que con arreglo a la atribución que le confiere la parte 8.ª del artículo 37 de la Constitucion, conceda el permiso necesario para que puedan residir cuerpos del Ejército Permanente en el lugar de sus sesiones. —Santiago, Junio de 1845. —Manuel Bulnes. —José Santiago Aldunate.


Núm. 3

ELSenado en sesion de 2 del corriente ha tenido a bien reelejir para Presidente al que suscribe i para Vice-Presidente al señor don José Miguel Solar.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 3 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 4

El Senado, en sesion de ayer, ha acorda lo solicitar del Tesoro Nacional la cantidad de trescientos pesos para atender los gastos de Secretaría i Sala; por lo que me dirijo a V. E. a fin de que se sirva dar las órdenes necesarias para que se entregue dicha cantidad al oficial encargado de la Secretaría, don Felipe Santiago Contreras.

Dios guarde a V. E . -Santiago, Julio. 3 de 1845.


Núm. 5

Desde el 1.° del corriente han continuado al servicio de esta Cámara los mismos empleados de Secretaría i Sala que sirvieron en la lejislatura anterior, sin variacion alguna en sus dotaciones respectivas.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 3 de 1845. —A S. E . el Presidente de la República..