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SESION EN 4 DE AGOSTO DE 1845

cisco Mur para lo que propone a la Cámara de Senadores el artículo siguiente:

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para que con acuerdo del Consejo de Estado compense los perjuicios sufridos por don Juan Francisco Mur a consecuencia del servicio prestado a la República en el año de 1836 i en virtud del contrato celebrado con el Ministro Plenipotenciario cerca del Gobierno del Perú."

Sala de la Comision, Santiago 31 de Julio de 1845. —Barros. —Formas.


Núm. 61

Reunidas las Comisiones de Justicia i Guerra para examinar las anteriores solicitudes, es de dictámen la mayoría que podria aprobarse el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. El Congreso Nacional concede a don Francisco de Paula Marambio i a don Bartolomé Gómez la gracia especial i sin ejemplo de que miéntras no se les acomode en algún destino público que tengan renta, se contribuya por el Erario Nacional el sueldo que les correspondería con arreglo a los años de servicio que hubiesen prestado hasta el dia en que cesaron en la Comisaría de Guerra como si entónces se les hubiese declarado la jubilaciOn que corresponde a los empleados civiles."

Sala de Comisiones, Agosto 1.° de 1845. —J. Aldunate. —Ramon Subetcaseaux.

Núm. 62


Excmo. señor:

Doña Josefa Zúñiga, vecina de Concepción i residente en esta, viuda del secretario de la Intendencia de Maule, don Diego Baeza, como mas haya lugar ante V. E. espongo: que en años pasados elevé una solicitud acompañada de varios documentos en la que suplicaba a Vuestra Soberanía se me concediese por gracia el montepío militar a que me consideraba acreedora; mas, es en mi noticia que no ha tenido lugar; i debiendo conservar el citado espediente en mi poder, ocurroa V. E.a fin de que se sirva mandar me sea devuelto por el respectivo secretario; es justicia i para ello, etc. A ruego de doña Joseja Zúñiga. —José Miguel Zamorano.


Núm. 63

He recibido del señor secretario del Senado, don Ventura Blanco, todos los documentos que presenté el año de 1841 solicitando una pension pía por la muerte de mi hijo don Félix Baeza ocurrida de resulta de sus heridas recibidas en la batalla de Yungai;i para que conste lo firmo. —Santiago, Agosto 3 1 de 1845. —A ruego de la señora doña María Josefa Zúñiga, Tadeo Díaz de la Vega.