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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVII (1845).djvu/291

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SESION EN 3 DE SETIEMBRE DE 1845

se hallaban presentes convinieron en que se hiciese la rebaja; al principio se creyó que seria bueno rebajar cuatro mil pesos en jeneral, pero despues se fué variando esto de otro modo hasta quedar la reduccion no en cuatro mil pesos como se ha dicho, sino en tres. Esto es lo que ha habido i repito que los dos miembros de la Universidad han sido los que se interesaron mas en la rebaja porque la creian justa.

El señor Bello. —El honorable señor Senador que acaba de tomar la palabra no ha refutado ninguna de mis aserciones i veo con gusto en que conviene en la necesidad de las funciones que la Universidad ejerce.

El señor Senador preopinante ha dicho que las facultades no se reunen, pero esto me parece inconducente porque las Facultades no tienen sueldo. Tiénenlo solamente sus Decanos i Secretarios i todos ellos tienen bastante en qué ocuparse, aun cuando no se reunan las Facultades. El Secretario de las leyes es un destino laborioso. La de Humanidades se reune i ha realizado trabajos de importancia.

El señor Ortúzar. —Mi observacion, señor, se ha dirijido a que dos miembros de la Universidad dijeron en la Comision que se trabajaba mui poco, que habia secretarios que nada trabajaban. Ellos mismos, han sido pues, los que han iniciado esta rebaja, i por eso se llegó a convenir en una reduccion, i en suprimir los mil pesos para premios porque se han sacado de la Tesorería i han quedado para fondos de la Universidad: no se ha dado inversion a esta suma.

El señor Presidente. —La discusion se va haciendo larga i molesta talvez; será porque el Presupuesto se creerá que es la última lei; pero aquel debe considerarse ántes. Conozco el fundamento del honorable señor Senador en la manifestacion de los trabajos de la Universidad i lo que ha costado arreglar este cuerpo.

Eran empleados algunos de sus miembros, i la misma lei quiso declarar compatibles los sueldos de éstos con los de cualquier otro empleo; pero hai una preocupacion sostenida hasta aquí con calor i es que dos sueldos fiscales en una misma persona no debian ser compatibles en vez de decir o averiguar si son o nó compatibles las ocupaciones. Si yo tengo un destino de dia, ¿por qué no he de poder desempeñar otro de noche sin perjuicio del principal?

Pasó pues el proyecto de lei del Gobierno sobre la Universidad i el Congreso quiso declarar compatibles los sueldos. Es cierto que todos los Decanos tienen obligaciones que llenar, ademas de los que les corresponde como Decanos, i aun no se ha hecho mencion de la del Decano de Medicina, que es al mismo tiempo Protomédico: pero dejando esto a un lado, querría hacer para la discusion esta pregunta: En una lei como la de Presupuestos ¿se puede llamar a juicio a todas las otras?

Porque si despues de formada una lei se puede rebajar los sueldos que han designado, es claro que el resultado podria ser la estincion de la Universidad o de cualquiera otra corporacion negándole sus asignaciones; i yo creo que debemos aprobar esta partida, i despues tomar en consideracion el proyecto de la Comision.

El señor Ortúzar. —Pido la palabra para salir de una duda que tengo. ¿No hai otra partida en el Presupuesto de que poder ocuparnos?

El señor Presidente. —Sí, señor; muchas.

El señor Ortúzar. —Pues entónces bien podemos dejar esta partida hasta cuando venga de la otra Cámara el proyecto que inició la Comision.

El señor Presidente. —Pero, señor, dice la Cámara de Diputados que está en la Comision de Lejislacion ese proyecto i no se sabe si se despachará ahora o dentro de un año. ¿Cómo se deja la partida?

Se procedió a votar sobre si se diferia o nó esta partida i resultó que no debia diferirse, por seis votos contra cinco, no habiendo entrado en la votacion los señores Bello i Egaña.

En seguida se aprobó la partida por unanimidad, sin el voto de los señores antedichos, cuyo gasto asciende a la suma de catorce mil pesos.

Se puso en discusion la partida diecinueve que contiene varios gastos del Instituto Nacional, entre los cuales figura uno que dice: "para llevar a efecto el aumento de sueldos acordado por el Consejo de la Universidad i decretado por Gobierno, 8,000 pesos."

El señor Egaña. —Este es un gasto nuevo; partida semejante no se había presentado otra vez en los Presupuestos. La Comision, pues, ha creido que para que el Congreso acuerde la suma que aquí se pide, es necesario que haga traer a la vista ese Reglamento o decreto en que se dice que se ha dispuesto tal gasto, para ver si la Lejislatura quiere aprobarlo. Me parece que en esta parte no se puede negar la justicia con que ha obrado la Comision, pues es preciso ver el objeto que tiene la suma pedida.

Debo hacer presente tambien que esta suma que en el presente año aparece de ocho mil pesos, debe irse aumentando en cada uno de los sucesivos; para el siguiente seria de mas cantidad, mucho mayor para el tercero i para el cuarto mucho mas. Este es un nuevo motivo para que no pueda aprobarse este gasto sin que se vea la disposicion u ordenanza que se anuncia, para tomar el debido conocimiento, i saber si puede ser conveniente o nó. De otro modo ¿cómo ha de concederse lo que se pide?

Se preguntó a la Sala si se suspendía o nó la aprobacion de este ítem, i se declaró suspendida por doce votos contra uno, aprobándose sin embargo el resto de la partida que ha venido a quedar en veintidós mil cincuenta pesos.

Las partidas desde veinte hasta veintisiete inclusive, fueron aprobadas sin oposicion por