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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVII (1845).djvu/377

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SESION EN 24 DE SETIEMBRE DE 1845

—A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 114

El proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República en que se fija la fuerza del Ejército permanente para el año próximo de 1846, ha sido aprobado por ésta Cámara en los mismos términos que lo hizo la que V. E. preside.

Devuelvo los antedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Setiembre 16 de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 115

Excmo. Señor:

Don Bartolomé Montero, en virtud del poder que presento, ante V. E. respetuosamente, digo:

Que don Francisco Paredes, natural de la República Peruana, me ha encargado que a su nombre, me presente a V. E. pidiendo le conceda carta de naturalizacion.

Al efecto, me ha remitido las adjuntas dilijencias practicadas ante la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, por las cuales consta que tiene los requisitos que la Constitucion exije para obtener aquella gracia. Por tanto,

A V. E. suplico se sirva haber el espresado don Francisco Paredes por ciudadano chileno, i comunicarlo al Supremo Gobierno para que se le estienda la correspondiente carta. —Bartolomé Montero.


Núm. 116

En la ciudad i puerto de Valparaiso, a veintitres de Octubre de mil ochocientos cuarenta i cuatro. Ante mí el escribano i testigos, pareció don Francisco Paredes, natural que dijo ser de la ciudad de Lima i avecindado en ésta a quien doi fé conozco i otorgo: que da i confiere todo su poder especial, bastante i cual es necesario en derecho a don Bartolomé Montero, procurador del número i Corte de la capital de Santiago, para que a su nombre, solicite de la autoridad a quien corresponda, carta de ciudadania a favor del otorgante.

En consecuencia hará todas las tramitaciones i dilijencias que sean convenientes al objeto que se indica; pues para todo lo que sea necesario hacer i practicar sobre esje asunto, le confiere el mas bastante poder especial, con relevacion de costas en legal forma i facultad que lo pueda constituir cuantas veces lo crea necesario. A la firmeza i cumplimiento de lo espuesto, obligó el otorgante sus bienes presentes i futuros con las innovaciones i renunciaciones de leyes en derechos necesarias. Así lo otorgó i firmó con los testigos don Máximo Barra i don Vicente Silva Barceló, de que doi fe. —Francisco Paredes. —Testigos: Máximo Barra. —Vicente Silva Barceló. —Ante mí. —Máximo Navarrete, Escribano Público i de Hacienda.


Núm. 117

M.I.M.

Francisco Paredes, natural de la República Peruana, respetuosamente a V. SS. digo:

Que hace como trece años a que permanezco en este pais, en donde he ejercido mi profesion i he adquirido una propiedad raiz, i, deseando ser ciudadano chileno, en virtud de tener todos los requisitos que se exijen, i protestando fijar mi residencia en Chile,

A V. SS . suplico se dignen, admitirme la información que ofrezco i previas las tramitaciones de estilo, devolvérmela para ocurrir al Senado a solicitar la correspondiente carta de naturalizacion. Es gracia, etc. —Francisco Paredes.


Sala Municipal. —Valparaíso, Setiembre 28 de 1844. —Recíbase por el Escribano de Cabildo la informacion que el suplicante ofrece, i hecho vuelva.

Asi se acordó en sesion de ayer. —A. de la Cruz, Secretario.


Núm. 118

En la ciudad i puerto de Valparaiso, a 1.° de Octubre de mil ochocientos cuarenta i cuatro, compareció ante mí don Juan de Dios Lorié, a quien recibí juramento que lo hizo en la forma de derecho, i bajo el cual prometió decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado, i siéndole al tenor de la petición anterior que se leyó, dijo: que a la fecha hace once a doce años a que conoce en esta ciudad a don Francisco Paredes, que es casado con hija chilena, tiene hijos; que es sangrador, tiene algunos bienes, i que lo cree acreedor a la gracia que solicita. Que lo dicho es la verdad, en que se afirmó i ratificó, habiendo leido su declarancion, que es mayor de edad i no le tocan las jenerales de la lei, firmando para constancia, de que