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CÁMARA DE DIPUTADOS

La de doña Mercedes Riquelme, que resultó desechada por 17 votos contra 13.

La de don Juan Herrera, que fué aprobada por 16 votos contra 15.

La de doña Rufina Marin, que fué aprobada igualmente por 20 votos contra 10.

La de don Nicolas Jiménez, que se desechó por 16 votos contra 14.

Las cinco aprobadas quedaron en tabla para su discusion particular.

Concluido esto se leyó un informe de la Comision de Gobierno i Relaciones Esteriores acerca del tratado ajustado por los Plenipotenciarios del Gobierno de la República i del de la Nueva Granada, cuyo asunto se dejó en tabla.

En seguida se leyó otro informe de la Comision de Lejislacion en la solicitud de doña Cármen Suárez, que tambien quedó en tabla.

En este estado se levantó la sesion, designándose para considerar en la siguiente los tratados con la Nueva Granada i los demas asuntos de interes público i particular, aprobados en jeneral en esta sesion.


ANEXOS

Núm. 189

Esta Cámara, en sesion del 10 del corriente, ha tenido a bien reelejir para Presidente al que suscribe i para Vice-Presidente al señor don José Miguel Solar.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre de 1845. — Diego José Benavente. — Ventura Blanco Encalada, Secretario. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 190

Esta Cámara, en sesion del 10 del corriente, ha prestado su aprobacion en los mismos términos que lo hizo la que V. E. preside, al proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República a fin de que se le autorice para vender las piezas de artillería de bronce i comprar con su producto las de fierro que tenga por conveniente.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre 11 de 1845. — D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada, Secretario. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 191

La Comision de Gobierno ha considerado debidamente el Tratado de Amistad, Comercio i Navegacion celebrado por este Gobierno con el de Nueva Granada en 16 de Febrero del año próximo anterior, lo mismo que el adicional de 8 de Octubre del mismo año. Ambos Tratados han sido aprobados en todas sus partes por la Cámara de Senadores i no vacila la Comision en recomendar que se dé igual aprobacion en esta Cámara, atendiendo que en ninguno de ellos se encuentra cláusula alguna contraria a los intereses o dignidad de la República o que se oponga al derecho comun. Todas sus disposiciones tienden al bien recíproco i a la buena armonía que debe existir entre dos Repúblicas hermanas.

Santiago, Octubre 13 de 1845. — M. de la Barra. — Antonio Varas. — Ramon Errázuriz.


Núm. 192

Habiendo visto la Comision de Lejislacion i Justicia el informe producido por la Municipalidad de Santiago sobre la solicitud hecha al Congreso por doña Cármen Suárez, cree por las varias consideraciones de justicia que aparecen en el espediente que esta Cámara puede aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se autoriza a la Municipalidad de Santiago para que, si lo considera justo, conceda a doña Cármen Suárez alguna gracia en atencion al servicio que hizo su finado esposo don Francisco Dinator, construyendo el reñidero de gallos de Santiago, con la calidad de que el acuerdo de la Municipalidad sea sometido a la aprobacion del Ejecutivo".

Sala de la Comision, Octubre 13 de 1845. — José G. Palma. — Lastarria. — Pedro F. Lira.


Núm. 193

El Congreso Nacional, en vista del mensaje de V. E., fecha 24 de Junio del corriente año, ha discutido i aprobado el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para que, de las piezas de artillería de bronce que existen actualmente, pueda