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CÁMARA DE SENADORES

Creo, pues, de absoluta necesidad que se establezca esa calle, i sobre todo cuando se habla de todas las playas de la República.

El señor Bello. — Me parece que los objetos que se ha propuesto el señor Presidente de la Corte Suprema en la adicion presentada al artículo 1.° pueden lograrse sin necesidad de que haya esa calle en los puertos, porque habiendo ciertos lugares en ellos por donde desembarcar, no es necesario que haya un espacio abierto en toda la lonjitud de la playa: no es necesario ese espacio vacío. Para que se logre ese objeto, es bastante con algunos puntos por donde se introduzcan las mercaderías; de manera que por allí tengan los comerciantes las comodidades necesarias para su tráfico.

Por lo que toca al resguardo de tierra, los empleados pueden comunicarse mui bien, ya sea por medio de las playas por donde el transito es fácil durante la mayor parte del año, ya por la calle mas inmediata. Aun cuando se causara de esta manera un pequeño mal al resguardo, es necesario subirlo; porque de lo contrario resulta otro mayor. Es necesario que en los pueblos hayan casas cerca del mar; casas de baños, por ejemplo, es necesario que ciertos edificios estén sobre el mismo mar, porque así lo exije la salubridad de la poblacion: las casas de baños no pueden estar sino sobre las mismas aguas, i aun hai hospitales en ciertas localidades. Yo he visto que los hai en Bristol i en otros puntos de Inglaterra, donde se curan ciertas enfermedades que, como las escrófulas, por su naturaleza exijen que se les coloquen sobre la misma playa. En fin, hai otros varios objetos para los cuales es conveniente que estén en el agua misma ciertos edificios, porque así lo exije la salubridad i la comodidad de la poblacion.

Por todo esto me parece necesario permitir que se edifique cerca de la playa, i por consiguiente, me parece inadmisible la adicion propuesta por el señor Presidente de la Corte Suprema.

El señor Vial del Rio. — Es una práctica constantemente recibida en Valparaiso i talvez en otros puertos, que todos aquellos efectos que no se van a depositar en los almacenes de la Aduana, pasan a otros distantes, o de otro modo, que todos aquellos efectos que no se van a depositar en los almacenes de depósito, tienen permiso para que enfrente a las bodegas donde van a depositarse se puedan desembarcar; esto es mui común en Valparaiso, donde no se les niega, o se les concede a todos esta facultad con el objeto de evitar al comercio las grandes incomodidades i perjuicios que se le ocasionaria en los trasportes desde el muelle hasta el lugar donde se van a depositar los efectos.

Se ha dicho por el honorable señor que acaba de hablar, que ha visto establecidas casas de baños en las inmediaciones del mar, i aun hospitales, señor, las casas de baños que en todas partes se establecen en las inmediaciones o riberas del mar, son unas casuchas que no son permanentes i que cesan en el momento que vienen las altas mareas, o que pasa la estacion propia para bañarse.

El establecimiento de hospitales, a que tambien se ha referido, es una cosa que no deberia embarazar esta adicion, porque no hai duda que la salud pública es cosa preferente a los intereses particulares, i repito que nunca se permiten esos establecimientos de hospitales con perjuicio del tráfico mercantil. De aquí infiero, pues, que no hai puntos determinados para la carga i descarga de los buques, especialmente en Valparaiso, ni que los fundamentos que se proponen son bastantes a deshacer la fuerza o la necesidad que yo concibo del establecimiento de una calle franca i cómoda para el tránsito de todo el mundo, i mucho mas para la comodidad del comercio a mas de que, señor, ¿presumirá nadie que si los avances del mar dan lo necesario para formar una calle, i si a mas deja una legua en su retiro, toda esta legua debe ser un cuerpo sólido i continuo sin que tenga una separacion, yo no sé cómo puede conciliarse esto con la buena disposicion de las poblaciones?

El señor Bello. — Pido la palabra para contestar lijeramente a las observaciones que acaba de hacer el señor Presidente de la Corte Suprema. Por lo que toca a la facilidad de cargar, descargar i conducir las mercaderías a los almacenes particulares, yo creo que esto seria una razon en contra de la enmienda propuesta, porque he visto almacenes en muchas partes, i aun en Valparaiso, que están sobre el mar, o por lo ménos mui cerca de él, con el objeto de facilitar la carga o descarga de los buques, i aun tienen sus muelles particulares: obra es esta que desde el momento que se permitiese, se multiplicada en Valparaiso con mucha ventaja del comercio. A mas de eso, no se crea que porque se dice que hai facultad para edificar cerca del mar esta facultad que se concede a los particulares para edificar, es hasta tal punto que se confundiese la calle: no es así, porque se dejaria siempre un lugar cómodo para la carga i descarga de los buques; pues, que, así como ganan los particulares por los retiros del mar, tambien es justo que queden obligados a dejar libre lo necesario para la calle; pero esto no es mas que en aquello que se llama las playas del mar.

En cuanto a las casas de baños diré que dichas casas (tales como las exije en el dia para la comodidad i salubridad de la poblacion de Valparaiso) son en todas partes edificios grandes cómodos i sólidos, i no movedizos, como se ha entender. Las casuchas son una cosa movediza i momentánea; pero las casas de baños a que yo me contraje, son edificios grandes construidos con toda solidez, i que tienen todas las comodidades i las ventajas necesarias para el buen servicio del público en todas las estaciones. Por