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SESION EN 27 DE SETIEMBRE DE 1844

ta a las Cámaras de nuestro nombramiento, éstas se hallaban en disposicion de acordar lo que creyesen conveniente, i porque en su concepto no podia proceder por sí solo a concedernos lo que pedíamos. Na ha habido pues conformidad de nuestra parte, con el sueldo que señala el decreto, sino un deseo de servir al público para satisfacer lo que el Supremo Gobierno propuso al proponerla redaccion taquigráfica.

Con este antecedente hicieron los taquígrafos de la Cámara de Diputados la solicitud que se ha leido en la Sala; i aquella honorable Cámara, despues de haber nombrado comisiones de su seno, para que examinasen la justicia del reclamo, tuvo a bien acojerla, aprobando el proyecto de lei que se ha remitido al Congreso. I tan convencida estuvo de la justicia de los recurrentes, que hizo estensiva la gracia, no sólo a los taquígrafos que suscribieron la solicitud, sino tambien a los de la Cámara de Senadores, i aun a los redactores de ámbas, segun lo ha espuesto uno de los señores miembros de la Comision encargada de formar el proyecto de lei que ahora se discute, al ménos dijo, que esta habia sido su intencion, porque le pareció conveniente igualar a todos los taquígrafos i redactores, imponiendo a estos la obligacion de correjir la pruebas de las sesiones para obtener dos ventajas:

1.a que se evitasen algunos errores, i 2.a obtener la prontitud en la publicacion, porque habia oido decir que la correccion de las pruebas demandaba a la imprenta mucho tiempo. Agregó tambien en apoyo del informe que con los cuatro mil pesos destinados para la redaccion taquigráfica, habia lo bastante aun suponiendo que se aumentase el sueldo de los taquígrafos i redactores.

Muchas razones mas tenemos que esponer acerca de las dificultades con que dimos al emprender el aprendizaje de este arte, i de las que se nos han presentado despues para desempeñar con regularidad el destino; pero por no molestar demasiado a la Sala omitimos enumerarlas, esperando de su rectitud que dará acojida a nuestra peticion por los motivos que se han espuesto aprobando el proyecto de lei acordado por la Cámara de Diputados.

Excmo. señor. — José Riquelme. — Felipe Santiago Contreras.


Núm. 158

Habiendo procedido esta Cámara, en sesion de 27 del corriente, a nombrar a los siete Senadores que hasta la siguiente reunion ordinaria del Congreso deben componer la Comision Conservadora, resultaron electos los señores don Juan Agustin Alcalde, don Mariano Egaña, don José Miguel Irarrázaval, don Pedro Ovalle Landa, don José Miguel Solar, don Juan de Dios Vial del Rio i el que suscribe.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Octubre 3 de de 1844. — A S. E. el Presidente de la República.