SESION 55.ª ESTRAORDINARIA EN 24 DE OCTUBRE DE 1842
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO GARCIA HUIDOBRO
SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Proyecto de lei adicional a la de elecciones —Fuerzas del Ejército permanente. —Acta. —Anexo.
ACUERDOS
Se acuerda:
- Aprobaren la forma que consta en el acta los artículos 4.° i 1.° de los adicionales a la lei de elecciones. (V. sesiones del 21 i el 28.)
- Aprobar el proyecto de lei que fija las fuerzas de mar i tierra para 1843. (V. sesiones del 14 de Octubre de 1842 i 16 de Octubre de 1843).
ACTA
Se abrió con los señores Bernales, Campino, Cobo, Dávila, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Fierro, Guzman don José Pedro, Huidobro, Iñiguez don Vicente, Irarrázabal, López, Montt, Ovalle, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Pérez, Prieto, Reyes don José, Sánchez, Seco, Tocornal Grez, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Antonio, Vial don Ramon i Vidal.
Leida el acta de la sesión anterior fué aprobada.
Continuó la discusión del suplemento a la lei jeneral de elecciones i se aprobaron los artículos 4.º i 1.° de los adicionales en los términos que a continuacion se copian i el segundo i tercero quedaron para segunda.
▼Art. 4.º De la nulidad de las elecciones de electores de Senadores i de Presidente de la República, conocerán el Juez Letrado de la Provincia i cuatro individuos, sacados a la suerte, de la Municipalidad de la cabecera de la misma provincia; cuando la eleccion de que se reclama se hubiere verificado en la misma cabecera de provincia conocerán del recurso de nulidad el Juez Letrado i cuatro individuos sacados a la sueite, de la Municipalidad mas inmediata.
Art. primero adicional. —Ningún chileno podrá en lo sucesivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.° de la Constitución, calificarse para entrar al ejercicio de ciudadano elector con derecho de sufrajio, si no tiene la calidad de saber leer i escribir.
El señor ▼Campino dijo respecto a la aprobacion del primero de los adicionales que daria su voto particular dentro del término prevenido por el Reglamento.