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CÁMARA DE DIPUTADOS

da de Orrego, son los mas a propósito para la construcción de los referidos edificios por ser el punto central de la poblacion, i cree que de la adquisición de ellos, reportará a este departamento notoria utilidad pública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento fecho en que se afirmó i ractificó habiéndole leido su declaración dijo: ser de treinta i siete años de edad i firmó de que doi fé. —Juan Ramón Prieto. —Ante mí. — Martínez.


En el mismo dia mes i año. El señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad, don Antonio Gundian, para la informacion que tiene ofrecida por la petición de fojas 5, presentó por testigo a don Ignacio Silva, quien por ante mí juró conforme a derecho decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado; i siéndolo al tenor de la citada peticion i acuerdo que corre de fojas. 1 a 2 de que se instruyó, dijo: que la construccion de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parece necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, estos son tan pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta ciudad i el aumento que cada dia se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Bazanes situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas apropósito para la construccion de los referidos edificios por ser el punto central de la poblacion, i cree que de la odquisicion de ellos, reportará a este Departamento notoria utilidad pública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento fecho en que se afirmó i ratificó habiéndole leido su declaracion i dijo ser de treinta i seis años de edad i firmó de que doi fé. —Ignacio Silva, —Ante mí. —Martínez.


En 23 del mismo mes i año. El señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad don Antonio Gundian, para la informacion que tiene ofrecida por la peticion de fojas 5, presentó por testigo a don Anacleto Goñi, vecino de esta ciudad, quien por ante mi juró conforme a derecho decir verdad en cuanto supiere i le fuere preguntado; i siéndolo al tenor de la citada peticion i acuerdo que corre de fs. 1 a 2 de que se instruyó, dijo: que la construccion de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, estos son tan pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta ciudad i el aumento que cada dia se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Bazanes situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas apropósito para la construcción de los referidos edificios por ser el punto central de la poblacion, i cree que de la adquisicion de ellos, reportará a este Departamento notoria utilidad pública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento que tiene fecho en que se afirmó i ratificó habiéndole leido su declaración, dijo: ser mayor de cincuenta años de edad i firmó para su constancia de que doi fé. —Anacleto Goni. —Ante mí. —Martínez.


En el mismo dia mes i año. El señor Correjidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad don Antonio Gundian, para la información que tiene prometida por la petición de fojas 5, presentó por testigo a don Roberto Carlos Marfarlane vecino i comerciante de esta plaza, quien por ante mí juró por Dios i los Santos Evanjelios decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado; i siéndolo al tenor de la citada peticion i acuerdo que corre de fojas. 1 a 2, dijo: que la construcción de todos los edificios púcos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque algunos existen, estos son tan pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta ciudad i el aumento que cada dia se nota. Que los terrenos del señor Ovalle i señoras Bazanes situados en la plazuela denominada de Orrego, son los mas apropósito para la construcción de los citados edificios por ser el punto central de la poblacion, i cree que de la adquisicion de ellos, reportará a este departamento notoria utilidad pública. Que lo dicho i declarado es la verdad del juramento fecho en que se afirmó i ratificó habiéndole leido su declaracion: dijo ser de cuarenta i cinco años de edad i firmó de que doi fe. —Roberto Cárlos Macfaclane. —Ante mí. —Martínez.


En el mismo dia mes i año. El señor Rejidor i Procurador interino de esta Ilustre Municipalidad don Antonio Gundian, para la informacion que tiene ofrecida por la peticion fojas 5, presentó por testigo a don Enrique Cood vecino de esta plaza, quien por ante mí juró por Dios i los Santos Evanjelios decir verdad en cuanto supiere i le fuere interrogado; i siéndolo al tenor de la citada peticion i acuerdo que corre de fojas 1 a 2, de que se instruyó, dijo: que la construccion de todos los edificios públicos que se indican en el citado acuerdo, son a su parecer necesarísimos i urjentes, atendiendo a la falta de ellos, pues aunque existen algunos, estos son tarti pequeños e incómodos que no guardan la menor proporcion con la crecida poblacion de esta ciudad i