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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XX (1831-1833).djvu/178

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CÁMARA DE DIPUTADOS

por segunda vez, la mocion del señor Barros, i preguntado si se admitía a discusión, resuitaron treinta sufrajios por la afirmativa i uno por la negativa, i se mandó a la Comision de Hacienda.

Se dió cuenta de dos informes: el primero de la Comision de Justicia, en la solicitud de don Manuel Antonio Figueroa, i es de parecer que debe pasar a la Comision Calificadora de Peticiones para que resuelva préviamente si la Cámara se halla en el caso de conocer de ella; i se puso en tabla con los demás asuntos pendientes; el 2.° de la Comision de Actas, en el informe pedido por la que se nombró para el proyecto de reforma de la Constitución, i éspone que, examinadas las actas del nombramiento de los diputados que hasta ahora se han incorporado, ha encontrado 45 con facultad para convocar la Citan Convención, aui que de ellas hai tres de elecciones que se han declarado nulas, i siete en que no se rejistran estas facultades.

El señor Renjifo espuso que, pasado el informe de la Comision de Actas, debia la Sala resolver si se admitía o nó a discusión el 2° artículo, en que la Comision especial pide se declare si tiene la Cámara facultad para convocar la Gran Convención; porque debia considerarse como un proyecto, i que el Reglamento, despues de las dos lecturas que exije i ha tenido éste, previene también se haga esta declaración i, despues de fundado por el mismo señor, se procedió a la votacion, de que resultaron 25 sufrajios por la admisión i siete por la negativa, quedando, de consiguiente, admitido a discusión.

En seguida, el Vice-Presidente propuso a la Sala que, siendo éste un negocio de ínteres jeneral i estando declarado por el artículo 62 del Reglamento interior, que son preferentes éstos a los de Ínteres particular, aunque sean admitidos despues, debía ponerse a discusión. Algunos diputados pidieron se diera cuenta de los asuntos que están en tabla, i verificado ésto, de que resultaron ser de Ínteres particular, la Sala, por unanimidad, acordó ocuparse con preferencia de esta materia en la sesión siguiente.

Continuó la discusión sobre el reclamo de nulidad en las elecciones practicadas en la Serena, i declarado suficientemente discutido este punto, se procedió a la votacion i resultaron 32 votos por la validez i uno por la nulidad, declarándose, de consiguiente, válidas.

Se tomó en consideración la solicitud de don Manuel Salas Castillo, presentada en la sesión del 27 de Julio, i se acordó que no habia lugar a dicha solicitud.

Algunos señores pidieron se agregara a los autos esta resolución para evitar se ocupase a las Lejislaturas siguientes de esta misma materia, que habia tenido igual resultado en la Cámara de Diputados de 1829; 1 se acordó que no se agregara, levantándose, en este estado, la sesión.

Errázuriz.— Vial, diputado-secretario.

ANEXOS

Núm. 210

Los miembros de la Comision de Justicia que susciiben, vista la solicitud de don Manuel Antonio Figueroa, son de opinion que debe pasara la Comision Calificadora de Peticiones, a fin de que resuelva préviamente la Cámara si se halla en el caso de conocer de ella. - Santiago, Julio 30 de 1831. — Gabriel José de Tocornal.Manuel José Aspillaga. —Antonio Jacobo Vial Formas. — M. Carvallo.



Núm. 211

La Comision, conformeal art. 1° del proyecto que antecede, ha rejistrado las actas de los diputados que hasta ahora se han presentado a la Sala, i encuentra que cuarenta i cinco dan facultad para convocar la Gran Convención, aunque de ellas hai tres de elecciones que se han declarado nulas, i siete que 110 traen tal facultad. Es cuanto tiene que informar la Comision. — Sala de la Comision, Agosto 5 de 1831.— José Antonio Rosales. - Guillermo Blest. - —Miguel Del Fierro. — Francisco Carvallo. - Antonio Garfias Patiño.


Núm. 212

El acta i oficio del nombramiento de diputado que se me remitió por la Municipalidad de Elqui i que Ud. me pide, en su nota de 29 de Julio, se me han estraviado; pues, desde que fui preso i tuve la órden de salir fuera del territorio de la República, descuidé la conservación de unos documentos que consideré por entónces del todo inútiles. Si pareciesen, cuidaré de ponerlos a disposición de Ud.

De este modo dejo contestada su citada nota, suscribiéndome con la mayor consideración su atento servidor.— Santiago i Agosto 7 de 1831.— José Manuel Borgoño . - Señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 213 [1]

El asunto de mas importancia que llama la atención de los lejisladores de Chile, es la forma de la Constitución. Estos ciudadanos manifiestan la mejor disposición para emprenderla, al deseo público la exije con prontitud i el embar

  1. El artículo que sigue ha sido trascrito de El Araucano, núm. 39, de 11 de Junio de 1831.— (Nota del Recopilador.)