- Que la Comision de Hacienda dictamine sobre el proyecto de fomento a la pesca i a la marina nacional. (V. sesion del 14 de Setiembre de 1832.)
- Que la Comision Calificadora dictamine sobre la solicitud del presbítero Concha. (V. sesion del 15 de Octubre de 1832.)
ACTA
Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Blest, Campino, Carvallo don Francisco, Carrasco, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, García de la Huerta, Gárfias, Irarrázaval, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, Lira, López, Martínez, Mathieu, Mendiburu, Plata, Portales, Puga, Cuadra, Renjifo, Rosales, Rosas, Silva don Pablo, Tocornal, Valdivieso, Uribe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.
Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron dos oficios del Poder Ejecutivo: el primero acompañando la peticion del presbítero don José María Concha, en que solicita se le auraen te el sueldo; i el segundo, proponiendo el siguiente proyecto de lei:
"Artículo primero. Serán libres de los derechos de importación i esportacion los productos en bruto de cualquiera clase de pesca que se haga en buque nacional.
Art. 2.º De igual libertad gozarán a su esportacion para puertos estranjeros los mismos productos manufacturados en el pais.
Art. 3.º El Gobierno dictará las reglas que considere justas para evitar todo fraude contra la hacienda pública en el jiro que esta lei proteje."
Se leyeron cuatro informes: el primero de la Comision de Hacienda, sobre el proyecto pasado por el Ejecutivo para protejer la produccion del cáñamo i lino, en que despues de recomendarlo somete a la deliberación de la Sala el siguiente proyecto de decreto:
"Se aprueba en todas sus partes el proyecto del Ejecutivo sobre exencion del diezmo al cáñamo i al lino, i premio al inventor o introductor de una máquina que simplifique i perfeccione el beneficio de ámbas plantas."
Los tres restantes de la Comision Calificadora en las solicitudes de doña Mercedes Almarza, doña Loreto Huidobro i Antonio Guzman, i es de parecer que pertenece a la Cámara conocer de las dos primeras i no de la última; el primero quedó para discutirse a segunda hora i los demas en tabla.
Discutidos en jeneral el proyecto del Senado sobre esplicacion de los artículos relativos a mayorazgos, i el del Ejecutivo que se habia dejado para segunda hora, en esta misma noche fueron aprobados en jeneral; i se levantó la sesion. —TOCORNAL. —Vial, diputado-secretario.
ANEXOS
Núm. 595
▼Acompaño a V. E. la representación del presbítero don José María Concha, en que solicita se le aumente el sueldo en proporcion del cargo que ejerce.
Sirvase V. E. ponerla en conocimiento de la Sala para que resuelva lo que estime de justicia.
Dios guarde a V. E . — Santiago, Agosto 27 de 1832. —▼Joaquín Prieto . —▼Joaquin Tocornal. —Al señor ▼Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 596
Excmo. Señor:
▼El presbítero don José María de la Concha, con el debido acatamiento ante Vuestra Excelencia digo: que, en 4 de Abril de 1823, fui condecorado con el honorífico empleo de capellán de este Supremo Gobierno, i en seguida tuve que serlo también de la ▼Corte Suprema, de la de Apelaciones, i hasta del Cabildo. El sueldo que he disfrutado solo es de veinticinco pesos al mes, sueldo que disfrutaban los capellanes de los antiguos Presidentes, cuando es bien sabido que a los de mi clase en las demás Repúblicas de América, no baja de mil quinientos pesos. Vergonzoso es para nosotros que un capellan de V. E. i de las Cortes de Justicia, se halle tan indotado; cuando por los empleos se paga sueldo, la mayor o menor cantidad de éste nivela la importancia de aquel; qué concepto podrá formarse del rango i honor de un capellan del Supremo Gobierno; de un capellan que está a inmediacion de V. E. cuando se le ve inferior en dotacion a otros castrenses? El de un batallón gana treinta pesos al mes, i hasta el portero del Gobierno tiene un sueldo igual; ¿Cómo, pues, no se ha remediado hasta ahora el desdoro que resulta de esa desproporcion? Esto estaba, sin duda, reservado al período feliz en que V. E. mandase i en que hubiese un Congreso Constitucional. V . E. es quien va a reparar un agravio impremeditado, señalando una dotacion correspondiente i consultando sobre ello a las Cámaras Lejislativas.
Espero que entónces se tendrá presente que hasta el respeto i decoro que se deben a la relijion influyen para que el capellan del Gobierno