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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XX (1831-1833).djvu/62

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CÁMARA DE DIPUTADOS

Restablecida la Constitución en todas sus partes, no podemos, sin declararlos escluidos de la sociedad chilena, negarles los derechos que ella les concede. Si el imperio de las circunstancias u otros motivos poderosos obligaron al Gobierno a separarlos temporalmente sin precedente causa, éstos han ya desaparecido i llegado el tiempo en que se manifieste que no una siniestra voluntad es la que dirije al Gobierno, cuando llega a poner una mano fuerte sobre el ciudadano.

Reponer en sus empleos a los militares dados de baja, es tan justo, tan digno del Congreso, tan decoroso al pais i tan conveniente en las actuales circunstancias, que no hai un solo patriota que no clame por esta medida. Yo aseguro, señores, que no habia pensado redactar este proyecto, persuadido que el Congreso por un acto espontáneo lo hubiese decretado. Siento vivamente que así no haya sucedido, porque habria querido que esta Corporación hubiese comenzado sus trabajos, despues de haber enjugado las lágrimas de mil familias i repuesto en el goce de sus empleos a quienes tanto derecho tienen a la estimación pública. Cuando recuerdo los conflictos de la Patria, cuando pienso en las victorias que hemos obtenido sobre los enemigos de nuestra Independencia i miro a los que impávidamente buscaron la muerte en los campos de batalla, reducidos a la miseria i muchos mendigando un pan para sostener sus largas familias, mi ánimo sufre un trastorno indecible. ¿Es posible, señores, que hayamos dejado sufrir tantos dias mas a estos ciudadanos los terribles efectos de la guerra civil en que nos envolvimos? ¿Es posible que los representantes del pueblo chileno no hayan aliviado los males de tantos patriotas, de tantos defensores de la Independencia? ¿Qué motivos se presentan ahora para que continúen en el estado deplorable en que se hallan? ¿Qué crímenes han cometido? ¿Se pueden acaso olvidar sus servicios? establecida la paz i el órden, vijente la Constitución, obedeciendo al Gobierno, instaladas las Cámaras, en fin, tranquilo el pais de uno a otro estremo, ¿qué causa se puede alegar para que la cadena de males que agobia a estos ciudadanos se haga interminable? Si el Gobierno, en los mas críticos momentos i en medio del acaloramiento de los partidos, creyó conveniente separarlos de sus empleos, ahora ni el Gobierno ni el Congreso pueden, sin la mas negra ingratitud, llevar adelante semejante medida. Sus grados los deben a la Nación; los han adquirido a costa de su sangre i son el único patrimonio de sus hijos. En virtud, pues, de lo espuesto i habiendo cesado las facultades estraordinarias de que fué investido el Gobierno, por el hecho solo de haberse instalado las Cámaras, el diputado que suscribe, impelido por la mas estricta justicia, por el bien de la paz, por el honor nacional, i de acuerdo con los principios de conveniencia pública, somete a la deliberación de la Cámara el siguiente


PROYECTO DE LEI:

"Artículo primero.— Estando los chilenos en el pleno goce de sus derechos, restitúyanse a sus hogares los que con motivo de la guerra civil fueron separados temporalmente.

ART.2º." Repóngase en sus empleos i honores a todos los militares dados de baja, sin que la deposición que sufrieron les cause el menor perjuicio en sus derechos ni en los de sus familias.

ART.3º. Nadie podrá exijir, por los males que se le hayan inferido a consecuencia del pasado órden de cosas, otra reparación que la que esta lei determina.

ART.4º. Comuniqúese."—Carlos Rodríguez.


Núm.74

Reunida la Cámara de Diputados debe proceder a nombrar uno de su seno para que sirva la Vice Presidencia de la Caja de Amortización, porque el que suscribe ha terminado su encargo desde que se instaló el Congreso Nacional. Sírvase V. S. ponerlo en noticia de la Sala i aceptar las consideraciones de aprecio que le ofrece su S. S . — Caja de Amortización. — Santiago, Junio 3 de 1831.— José Tomas Rodríguez. —Señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm.75

La Cámara de Diputados, a consecuencia de una nota del señor don Diego Antonio Barros, diputado electo por Coelemu, en que avisa haber admitido el cargo de senador i por estar fundonando en propiedad por Copiapó el suplente don Ramón Renjifo, acordó se oficiara a S. E., el Vice-Presidente de la República, para que ordene se haga nueva elección en Coelemu.

El que suscribe, al ponerlo en conocimiento de S. E., le ofrece su consideración i aprecio. — Santiago, Junio 9 de 1831. — Joaquín Tocornal. — Manuel Camilo Vial, diputado-secretario. — A S. E. el Vice-Presidente de la República.


Núm.76

La Cámara de Diputados, en sesión de 6 del corriente, ha nombrado para oficial mayor de su Secretaría al señor don Buenaventura Marin i para subalternos a don Pedro Palomera i don José Manuel Figueroa i de portero a don Manuel