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Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XX (1831-1833).djvu/638

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CÁMARA DE DIPUTADOS

a la cantidad de la pension. La justicia, pues, i el honor nacional comprometido por un acto de arbitrariedad, deben decidir a la Cámara por el proyecto del Senado que inició el Poder Ejecutivo.

Sala de la Comision. —Santiago, Octubre 9 de 1832. —José Manuel Astorga. —José Antonio Rosales. —Antonio Jacobo Vial. —Ramon Renjifo.



Núm. 719

La Comision de Hacienda lia examinado con detención el proyecto de lei relativo al Ínteres penal que deben pagar los deudores fiscales constituidos en mora, i cree que la disminucion de la pena es tan equitativa como útil al Erario Público. No hai deudor que pueda satisfacer un seis por ciento i en la imposibilidad de cubrir tales intereses queda insoluto el Erario, arruinados los particulares i privada la sociedad de las rentas que esos capitalistas hubieran obtenido. La pena les condena al ocio i los precisa al fraude que ataca la moral pública. Disminuir la suma de estos males es el objeto del artículo 4.º, pero como no es posible privar a los particulares de los derechos que han adquirido, ni condenar al Fisco a la devolución de las cantidades que ha cobrado en fuerza del decreto de 13 de Enero de 1824, el artículo 5.º es de absoluta necesidad.

Los demás del mismo proyecto son tan sencillos i los principios en que se fundan tan jeneralmente conocidos, que la Comision se cree dispensada de manifestar los motivos que la han decidido en su favor, sin embargo juzga de su deber recomendar a la Cámara el mas pronto despacho de esta lei que demanda la conveniencia pública i particular.

Sala de la Comision. —Santiago, Octubre 9 de 1832. —José Manuel Astorga. —José Antonio Rosales. —Antonio Jacobo Vial. —Ramon Renjifo.



Núm. 720

Por los documentos que se acompañan a la nota que antecede, está comprobado un cargo contra el coronel graduado don Ramón Boza, por el exceso que, respecto del sueldo de su grado militar, percibió cuando desempeñaba la Intendencia de Chiloé. Hallándose este jefe investido del carácter de intendente, por haber rendido las fianzas que la lei exije a los de esta clase para la intervención en la Hacienda, pudo naturalmente considerarse con opcion a la renta correspondiente, i en fuerza de esta persuacion, emprender los gastos que demandaba su rango i le aconsejaba el laudable Ínteres de conservar

(1) Este documentoha sidotrascritodel volúmentitulado Correspondencia del Congreso Nacional, 1818 a 1835, tomo 80, pájina 237 vuelta, del archivo del Ministerio de la Guerra. —(Nota del Recopilador.)

la tranquilidad i el órden en aquella provincia, cuando toda la República se hallaba en una ajitacion desastrosa.

El Ejecutivo está autorizado por las leyes para declarar a favor del indicado jefe la mitad de la diferencia, entre el sueldo que gozaba i el que corresponde al destino que sirvió. En este caso, la abultada suma de 3,849 pesos 5 i medio reales, queda reducida a 500 o 600 pesos de cargo contra el espresado coronel. Al abono de esta cantidad se dirije la proposicion del Ejecutivo, i seria notable mezquindad de la Cámara si negase al señor Boza, lo que aprobó al ex-intendente Peña, habiéndose persuadido de que las inversiones que hizo fueron en objeto del servicio público. Estas consideraciones resuelven a la Comision de Hacienda a presentar el siguiente

PROYECTO:

"Abónense al coronel graduado don Ramon Boza, por via de gratificación a los servicios que prestó como intendente i Comandante de Armas de Chiloé, los 3,849 pesos 5 i medio reales, que en 28 meses percibió de mas sobre el sueldo de su grado militar."

Sala de la Comision. —Octubre 10 de 1832. —José Manuel Astorga. —José Antonio Rosales. —Antonio Jacobo Vial. —Ramon Renjifo.



Núm. 721

Conforme a lo dispuesto en la lei de creacion del Crédito Público, incluyo a LIS. el estado de las entradas i salidas de esta Caja correspondiente al trimestre de Octubre i ei boletín número 1 4 referente a la amortización de fondos, todo lo que se servirá US. poner en conocimiento de la Sala.

Dios guarde a US. muchos años. —Caja de Amortizacion. —Santiago, Octubre 4 de 1832. —Diego Antonio Barros, presidente. —Miguel Del Fierro, secretario. —Señor Secretario de la Cámara de Diputados.



Núm. 722

Estado de las operaciones de la caja de amortizacion del crèdito pùblico, en el trimestre de octubre de 1832.

1832
Cargo



Julio 5 A existencia del trimestre de Julio anterior $ 629 .4
Setmb. 1.° A Tesorería Jeneral, por lo recibido a cuenta de la asignacion de julio
   3,000