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SESION DE 15 DE DICIEMBRE DE 1824

blos porque ellos ya saben por quién la han quitado. Pueden haberse equivocado; pero aun así, ¿qué haríamos ya cuando ellos han declarado su voluntad? Pueden también ser los equívocos los que establecieron esta Constitución, i en este caso ya es nula. Es un principio que los pueblos cuando dan los poderes a los diputados no pierden sus derechos í siempre deben sancionar las leyes que dictasen. La Constitución no fué sancionada por ellos. Así, pues, les quedó el derecho de anularla. En los Estados Unidos la Constitución anduvo de pueblo en pueblo mas de un año ántes de sancionarse; un diputado pidió lo mismo en el Congreso pasado i no tuvo lugar su proposicion ni a la votacion.

Los artículos de esta Constitución son contradictorios. Si son perversos, estamos en el caso de anularla i cortar este punto confórmese cortó un asunto ruinoso entre un Ministro i un diputado. Ya la Nación está convencida de sus nulidades i solo espera que el Congreso lo declare.

Si entramos en exámen de esta Constitución, repito que vamos a demorarnos todo el tiempo que dure el Congreso, pues hemos visto que para acordar la duración de los secretarios hemos demorado tres dias; i así creo que es imposible examinarla en tres dias; quizá no alcanzaríamos a examinar un solo artículo. En la nueva Constitución que se haga, se examinará sin necesidad de perder este tiempo. Dando este golpe ahorramos la lectura del mensaje que se debe mirar como un papel alarmante. Esta es mi opinion.

El señor Eyzaguirre. —Señor, he oido en la Sala varias indicaciones que es preciso tener presentes para poder dar dictámen sobre la Constitución. Unos señores han dicho: "Los pueblos han recibido la Constitución con repugnancia;" otros que el Poder Ejecutivo ha mandado suspenderla. Siendo cierto esto que se ha mandado suspender la Constitución ¿se podia decir que es nula? Vemos que en Santiago estuvo planteada en su mayor parte; yo no sé en los pueblos si se habrá planteado, porque no he andado por ellos. Si no se ha planteado en los pueblos no sé la causa. No sé porqué, pues, se deba dar un golpe a esta Constitución. Pongámonos en el caso de que la Sala dice: "La Constitución no rije;" quedamos ya sin leyes fundamentales. Podrá también suceder que el Poder Ejecutivo quitase el Congreso, i venimos a incidir en la confusion de los poderes; que es lo que quieren evitar todos los pueblos.

Cuando se destruye una casa, a sus habitantes se les proporciona otra en que vivan miéntras se reedifica; así, miéntras el Congreso dicta otra Constitución deben quedar algunas leyes que nos rijan. Esto apoya el dictámen de la Comision en el artículo 7.°, donde dice que solo exista la Constitución en lo que está planteada.

El señor Montt. —Esta Constitución o recibió toda la sanción que debió recibir o no la recibió; si no la recibió estamos en el caso de poderla anular; si la recibió, estamos en el caso de que ha de haber sido respetada, i que el Cuerpo Lejislativo que quede sustituyendo al Congreso debe dar cuenta de esto. Hasta que me halle convencido si fué sancionada o nó, no puedo fijar mi dictámen; por tanto, pido la manifestación del acuerdo en que se determina esto.

El señor Campino. —La Comision de Constitución, sin embargo que no se ha adoptado el dictámen que ha presentado, con todo, en la discusión, he oido bastantes motivos para dar la nulidad en globo. Cualquiera que sea el sentimiento que anime a los señores diputados sobre evitar consecuencias peligrosas, sin embargo, ni puede entrar en comparación con el asunto que se ha cortado poco ántes. Un asunto tan grave como el que la Constitución se anule, se debe mirar con mucha circunspección. No parece que sea del caso entrar ahora a tratar sobre esta reforma, pero no creo que el Congreso cumpliese sus deberes con un acto infundado para derogarla. Tocia lei o todo proyecto, conforme a la práctica de los cuerpos deliberativos, se discute primero en globo i despues por menor; así me parece que se debe economizar el tiempo.

Me parece también que ha habido una equivocación en la palabra nulidad. Me parece que han entendido mal los acontecimientos de afuera los señores diputados que han hablado sobre esto. La Constitución no se debe anular porque ha sido obra de un cuerpo nacional; solo, sí, se debe subrogar por otra, como que no conviene a las circunstancias del país.

Lo que han dicho despues de haberse mandado suspender por el Poder Ejecutivo me conduce a hacer presente al Congreso cuál será la marcha que yo hallo conveniente seguir en este asunto, ello es un hecho público que dió al Gobierno un impulso a la suspensión de la Constitución; que se han presentado a esta misma Sala los Ministros diciendo que el Director no podia continuar en el Gobierno con la Constitución. Entónces el Gobierno, por su parte, como un poder distinto, dijo cuál era el motivo de no poderse observar. Los diputados de los pueblos dirán si ha sido buena o mala la Constitución; ellos deben estar impuestos del modo con que fué recibida la Constitución en los diferentes partidos.

Nosotros no tenemos todavía costumbres, i es preciso crearlas; pero éstas no se forman con leyes nuevas, sino que se van formando o combinando las que ya estaban establecidas; si todas las Constituciones del mundo han sido otra cosa que los usos establecidos en los pueblos. El prurito de hacer constituciones i el hábito que tienen ya nuestros pueblos de ellas, creo que hará desistir ya al actual Congreso de pensar en esto. El nombre solo de Constitución lleva consigo no sé qué de ridículo. Siempre será mi parecer que el Congreso no piense en Constitución, solo sí, en dictar leyes separadas que vayan formando las