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SESION DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1824

no se podrá conseguir sin la estirpacion del despotismo de ciertos caudillos provinciales, nacidos de la muerte del orden social, así como los gusanos i otros reptiles nacen de la putrefacción de los cuerpos animales i vejetales.


Núm. 12[1]

Excmo. Señor:

Domingo Eyzaguirre, por medio de la acción popular o por la que mas haya lugar en derecho, con mi mayor respeto, parezco ante V. E. i digo: que, por los artículos 5.° i 6.° de las adiciones a la convocatoria del Congreso Jeneral publicada en el Boletin número 3, nosolo se deroga el método de votar por escrito sino que deseando "inspirar en los chilenos un espíritu noble i firme franqueza, se establece que los electores digan cada uno libre i verbalmente el nombre de los sujetos por quienes quisieren votar." Al suplicante, Señor Excmo., es totalmente desconocido el idioma de criticar las providencias de jefes que sobremanera respeta; mas, ya que V. E. admite gustoso las insinuaciones de los vecinos, cuando el celo i el espíritu público las animan, permita V. E. que el ínfimo de sus subditos haga sobre esta parte del reglamento unas lijeras observaciones.

Siendo la elección de los representantes la ceremonia mas augusta i la base directa sobre que debe reposar el edificio majestuoso del Estado, debió ser el resultado de la espresion jeneral de una voluntad libre i espontánea. Detenerme en esclarecer estos principios, seria debilitar o enflaquecer la fuerza de la verdad o dudar del distinguido talento i penetración de V. E.; ¿i podrá, señor, concillarse la libertad de las elecciones siempre que, abandonando el método de las esquelas cerradas declare el ciudadano en presencia de los escrutadores el nombre del candidato en cuyo favor sufraga? Pluguiere a Dios que así fuese; pero una triste esperiencia nos enseña que por el síjilo no solo se consulta la libre i espontánea voluntad del sufragante, sino que también se evitan discordias entre las familias, i otros males perjudiciales a la sociedad.

Sea o no el amor al poder el principal móvil i resorte que hace obrar a los asociados, lo cierto es que todos querrían participar de una porcion de autoridad i reposo. La pasión de dominar nace con el hombre, i ella toma incremento por medio de las relaciones sociales. De este principió viene no solo el conato de obtener empleos i dignidades, sino también el Ínteres i el calor que de ordinario se nota en mui buena parte de los electores; cada uno procura elejir una persona que le sirva de apoyo en sus pretensiones, que pueda hacer su suerte en ¡o venidero. En suma, el Ínteres individual se coloca a espaldas del jeneral, que debiera ser el norte de sus operaciones; con este objeto, se pone en movimiento al poderoso, se hace uso de la intriga i de todos aquellos medios que conducen al logro de sus intentos. Seria de desear que cada ciudadano fuese un Régulo, un Fabricio, un Pedareto; pero, por desgracia, no hai tanta virtud como cree V. E.

Bajo de estos datos incontestables, i en intelijencia de que en el fermento que suele entrar el pueblo por medio de los partidos i aspiraciones, i en circunstancias que se emplean cuanto dictan la cábala i la imajinacion mas adelantada; cuando por el último se ponen de por medio los respetos del poderoso, los del ciudadano que puede labrar su suerte o su desgracia ¿podrá justamente lograrse una voluntad libre i espontánea? El sarjento interpelado por su capitan, el oficial por su comandante, el dependiente por su patrón, el hijo por su padre o relacionados, el menesteroso por aquel que provee sus urjencias ¿dejarán de condescender a sus instancias? i que son en mucho número las almas fieras i nobles, que sepan resistir a las intenciones de personas poderosas, de jefes i superiores decididos en conseguir el objeto que se proponen. Pluguiera al cielo, repito, que así fuese; en semejante caso escusados eran reglamentos: una elección segura, pacífica habria de decidir de la suerte de los que deben dar leyes al Estado.

Cuando el número de los empleos que podian dar los chilenos era mui corto i abreviado; cuando en tiempo de la monarquía española el derecho de elejir correspondía a ciertos cuerpos, ilimitado número de vocales, el sijilo de las votaciones era el medio mas eficaz de conciliar la libertad de los sufrajios; con este objeto los claustros, las universidades pusieron en ejecución cuanto dicta la prudencia, a fin de evitar las señas i otros arbitrios de que solia abusarse en estos casos; con todo, la sospecha solo de que un vocal hubiese faltado a sus empeños privados era motivo para ocasionar discordias i enemistades eternas en las familias.

Yo no recordaré a V. E. la práctica que jeneral mente se observa en todas las naciones cultas en orden al sijilo de las elecciones, i que, en cualquiera parte, pidiendo uno de los electores se proceda por votacion secréta, debe deferirse a ella, so pena de nulidad, ni ménos cuán reparable es se dispense el derecho de sufrajio a personas que ignoran los primeros rudimentos; pero ya que V. E . los indulta, puede mui bien cautelarse el mal que se teme i el abuso que puede hacerse de semejantes personas; admítaseles en hora buena la esquela que presentasen, pregúnteseles por los escrutadores si están ciertos que el boleto contiene los nombres de los sujetos que han elejido; i si para mayor constancia gustan los sufragantes se lea la esquela en su presencia; i he aquí


  1. Este documento ha sido trascrito del tomo VIII, titulado Periódicos, de 1824 i 1825, pajina 119, de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)