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POLÍTICA DOMÉSTICA 217

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necesita hallar la digna recompensa que por su celo, lealtad y constancia merece.

Respecto á los criados: profundo respeto á la casa que los recibe; dedicarse constantemente á la persona y á los intereses de su amo, que los trata con benevolencia; fidelidad concienzuda; exactitud habitual en el servicio; economía en todo manejo de dinero ó de objetos que se les confíe; discreción á toda prueba respecto á los secretos de familia, de los cuales son, casi necesariamente, depositarios; sumisión dulce y reflexiva á las voluntades de los que les deben mandar, en todo lo concerniente al servicio; cuidados afectuosos para con los niños á quien deban custodiar; moralidad escrupulosa y de- cencia invariable en toda clase de relaciones, y sobre todo en las de este último género: cualquier falta á la confianza que en su moralidad depositan los pa- dres, debe ser considerada como crimen. Tales son las obligaciones de los criados para con sus amos.

Si unos y otros sintiesen en el fondo del corazón la importancia de sus respectivas obligaciones, si por convicción y por virtud las cumpliesen religiosa- mente, se vería' reinar el afecto y la estimación entre amos y criados, porque cada uno hallaría ensu con- ciencia el móvil de una conveniente reciprocidad de cuidados y atenciones.