INICIATIVAS FEMENINAS 45
facultad de elegir por sí misma sus superioras (1), lo cual tiene para nosotros innegable significa- ción.
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Pero no es necesario remontarse á la Edad Me- dia, ni invocar el Derecho canónico: basta tras- pasar nuestras fronteras para encontrar hoy día millares de mujeres á quienes se reconoce el derecho de sufragio y el de intervenir en los asun- tos públicos.
En Inglaterra, país que nada tiene de revolu- cionario, las mujeres votan en las elecciones para los Consejos de los Condados (2), y son además elegibles para los de los distritos.
En Austria se concede voto á las mujeres no casadas para las elecciones del Reichrath, dere- cho que ejercitan por medio de mandatarios ó representantes. De idéntica manera proceden para la elección de sus Dietas Bohemia y mu- chas otras ciudades. En Suecia las mujeres pro- pietarias tienen voto en las elecciones de primer grado para la constitución de la alta Cámara, y en la isla de Man, por una ley del año 1881, se concedió á las mujeres, mediante determinadas condiciones del censo, el derecho de sufragio para las elecciones de la segunda Cámara. Por último, las mujeres han obtenido el derecho al voto en Australia, Nueva Zelanda y Nueva Ga- les del Sur, y desde hace veinticinco años vienen ejercitando este derecho en los Estados Unidos, en Wyoming, donde, si hemos de creer en un manifiesto del Parlamento de dicho país, hasta
(1) Abate Naudet, Pour la femme, pág. 189. (2) Algo parecido á nuestras Diputaciones provinciales.