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XXIII
 

Creemos que el principio de demarcacion basado sobre el alcance, sea de los emisarios antiguos salidos simultáneamente o sea de los viajeros del siglo pasado, es excelente, porque refleja fielmente la estension de los respectivos dominios i en conformidad con los derechos históricos. Es claro que ningun estado pedirá territorios que no hayan sido pisados por ninguno de sus hijos, i que seria fuera de todo precedente histórico que un estado hubiera obtenido por vias pacíficas un territorio limítrofe en que sus esploradores no hubieran penetrado ántes. Nuestra línea señala de un modo bien determinado el límite a que cada uno de los dos paises puede aspirar en buena lei; limita perfectamente lo que ambos tienen derecho de pedir i negarse recíprocamente. Acatándola ninguno de los dos tendrá motivo para sentirse perjudicado.

Estas consideraciones constituyen una fuerte presuncion, de que los tratados vijentes no pueden haber establecido una línea fronteriza que difiera esencialmente de la línea deducida del alcance de los viajeros.

Es ésta efectivamente la verdad, por mas que se niegue.

Ya hicimos ver, que la línea de la division de las aguas, sostenida por Chile, queda a distancia relativamente corta de la nuestra, de modo que se pueden considerar idénticas, si se quiere prescindir de diferencias pequeñas, como es natural. Falta saber, pues, si el Tratado sanciona o no aquella línea llamada, tambien del "divortia aquarum" o de las vertientes. Contestamos este problema tan largamente debatido en sentido afirmativo i creemos poder probarlo por el texto solo del mismo Tratado, prescindiendo aun de los argumentos concluyentes derivados de los antecedentes históricos aludidos i de las leyes de la orografía.

La base del Tratado es la division de aguas en el sentido llano i liso, como que ya se deja entrever por la disposicion que la línea, segun el art, 1.º "pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado i otro", puesto que el término "vertiente" implica una pendiente por donde bajan las aguas de las sierras. El mismo artículo introduce a renglon seguido "la linea divisoria de las aguas" en la forma mas esplícita.