Plan de Agua Prieta

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PLAN DE AGUA PRIETA

Hermosillo, Sonora. 29 de abril de 1920.

CONSIDERANDO:

I. Que la Soberanía Nacional reside esencial y originariamente en el pueblo: que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para su beneficio, y que la potestad de los mandatarios públicos es únicamente una delegación parcial de la soberanía popular, hecha por el mismo pueblo.

II. Que el actual Presidente de la República, C. Venustiano Carranza, se había constituído Jefe de un partido político, y persiguiendo el triunfo de ese partido ha burlado de una manera sistemática del voto popular; ha suspendido, de hecho las garantías individuales; ha atentado repetidas veces contra la soberanía de los Estados y ha desvirtuado radicalmente la organización de la República.

III. Que los actos y procedimientos someramente expuestos constituyen, al mismo tiempo, flagrantes violaciones a nuestra ley suprema, delitos graves del orden común y traición absoluta a las aspiraciones fundamentales de la Revolución Constitucionalista.

IV. Que habiendo agotado todos los medios pacíficos para encauzar los procedimientos del repetido Primer Mandatario de la Federación por las vías constitucionales, sin haberse logrado tal finalidad, ha llegado el momento de que el pueblo mexicano arma toda su soberanía, revocando el imperio absoluto de sus instituciones y de sus leyes. En tal virtud, los suscritos, ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de nuestros derechos políticos, hemos adoptado en todas sus partes y protestamos sostener con entereza, el siguiente:

Plan Orgánico del Movimiento Reivindicador de la Democracia y de la Ley.

Art. I. Cesa en el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Federación el C. Venustiano Carranza.

Art. II. Se desconoce a los funcionarios públicos cuya investidura tenga origen en las últimas elecciones de Poderes Locales verificadas en los Estados de Guanajuato, San Luis Potosí, Querétaro, Nuevo León y Tamaulipas.

Art. III. Se desconoce asimismo el carácter de Consejales del Ayuntamiento de la ciudad de México a los CC. Declarados electos con motivo de los últimos comicios celebrados en dicha capital.

Art. IV. Se reconoce como Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit al C. José Santos Godinez.

Art. V. Se reconoce también a todas las demás autoridades legítimas de la Federación y de los Estados. El Ejército Liberal Constitucionalista sostendrá a dichas autoridades siempre que no combatan ni hostilicen el presente movimiento.

Art. VI. Se reconoce expresamente como Ley Fundamental de la República a la Constitución Política del 5 de febrero de 1917.

Art. VII. Todos los generales, jefes, oficiales y soldados que secunden este Plan constituirán el Ejército Liberal Constitucionalista. El actual Gobernador Constitucional de Sonora, C. Adolfo de la Huerta, tendrá interinamente el carácter de Jefe Supremo del Ejército con todas las facultades necesarias para la organización política y administrativa de este movimiento.

Art. VIII. Los gobernadores constitucionales de los Estado que reconozcan y se adhieran a este movimiento en el término de 30 días, a contar de la fecha de la promulgación de este Plan, nombrarán cada uno de ellos un representante debidamente autorizado con objeto de que dichos delegados reunidos a los 60 días de la fecha del presente, en el sitio de que designe el Jefe Supremo Int,. procedan a nombrar en definitiva, por mayoría de votos, el Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista.

Art. IX. Si, en virtud de las circunstancias originadas por la campaña, la Junta de Delegados de los Gobernadores Constitucionales a que se refiere el Art. Anterior no reúne mayoría en la fecha indicada, quedará definitivamente como Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista el actual Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, C. Adolfo de la Huerta.

Art. X. Tan luego como el presente Plan sea adoptado por la mayoría de la Nación y ocupada la ciudad de México por el Ejército Liberal Constitucionalista, se procederá a nombrar un Presidente Provisional de la República, en la forma prevista en los artículos siguientes.

Art. XI. Si el movimiento quedare consumado antes de que termine el actual período del Congreso Federal, el Jefe del Ejército Liberal Constitucionalista, convocará al Congreso de la Unión a sesiones extraordinarias, en el lugar en que pueda reunirse, y los miembros de ambas cámaras elegirán el Presidente Provisional, de conformidad con la Constitución vigente.

Art. XII. Si el caso previsto por el artículo X llegare a presentarse con posterioridad a la terminación del período constitucional de las Cámaras actuales, el Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista asumirá la Presidencia Provisional de la República.

Art. XIII. El Presidente Provisional convocará a elecciones de Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Federación inmediatamente que tome posesión de su cargo.

Art. XIV. El Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista nombrará Gobernadores Provisionales de los Estados de Guanajuato, San Luis Potosí, Querétaro, Nuevo León y Tamaulipas, de los que no tengan Gobernador Constitucional y de todas las demás Entidades Federativas cuyos primeros mandatarios combatan o desconozcan este movimiento.

Art. XV. Consolidado el triunfo de este Plan, el Presidente Provisional autorizará a los Gobernadores Provisionales para que convoquen inmediatamente a elecciones de Poderes Locales de conformidad con las Leyes respectivas.

Art. XVI. El Ejército Liberal Constitucionalista se regirá por la Ordenanza General y Leyes Militares actualmente en vigor en la República.

Art. XVII. El Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista, y todas las autoridades civiles y militares que secunden este Plan impartirán garantías a nacionales y extranjeros y protegerán muy especialmente el desarrollo de la industria, del comercio y de todos los negocios.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Agua Prieta, abril 23 de 1920.


GRAL. DE DIVISIÓN, P. ELÍAS CALLES

Generales de Brigada: Ángel Flores, Francisco R. Manzo, Juan Cruz, Lino Morales, Francisco R. Serrano. Generales Brigadieres: Miguel Piña H., J. M. Padilla, Fructuoso Méndez, Carlos Plank, Roberto Cruz, Alejandro Mange, Luis Matys, Ramón Gómez, Luis Espinosa, Ignacio Mori, Macario Gaxiola y José María Ochoa. Capitán de Navío J. de la Llave. Capitán de Navío El Olivier. Coroneles: Abelardo L. Rodríguez. J. M. Aguirre, Fausto Topete, Enrique León, Guillermo M. Palma, Lorenzo Muñoz, E. C. García, Anatolio B. Ortega, A.A. Ancheta, Guillermo Nelson, Eduardo Andalon, Julio García, Z. Jiménez Ponce, Francisco G. Manríquez, Camilo Gastélum Jr., Mateo de la Rocha, Rosendo Quezada, Pablo C. Macías, Juan G. Amaya y Antonio Guerrero. Tenientes Coroneles: Mariano Valtiérrez, Ángel Camargo, Pero Sosa, Anselmo Armenta, Antonio Cruz, J. Jesús Arvizu, A. Campoell, Jesús M. Palma, G.R. Limón, Jesús O. Cota, Rafael Villagrán, Alberto G. Montaño, Manuel Bacilio, Francisco Ochoa, Juan B. Izaguirre, Antonio Armenta, Pedro Quintero, Pedro C. Figueroa, Manuel García, Ignacio Otero, Rodolfo Ibarra Vega, Manuel Limón, Jesús Otero, Manuel Escobar, Gumersindo López, Eligio Samaniego, Benito Bernal, Alberto Zuno Hernández, Santos R. Flores y Jesús Bórquez. Mayores: Luis Palomares, Rodolfo M. Reyna, Isaac M. Rocha, Guadalupe Cruz, Canuto Ortega, Máximo Othón, Patricio García, Manuel Meza, Manuel I. Medina, J. M. Burrota, J. J. Pérez, Ricardo Legaspi, B. González, Luis R. Flores, Manuel O. Lugo, Ángel Gaxiola Jr., Victoriano Tabárez, F. Polanco, Leopoldo Robles, Alfredo Delgado, José Ma. Hernández, Victoriano Díaz, Manuel Martínez, José S. Obregón y José A. Araiza. Capitanes Primeros: S. Amézquita Liceaga, Pantaleón Pineda, José Ma. Tapia, Francisco Herrera. Subteniente Manuel H. Lira. Señores: Francisco S. Elías, Luis L. León, H. Gavilondo, Antonio G. Rivera. Administrador Aduana de Agua Prieta, Julián S. González; Pdte. Mpal. De Cananea, J. R. Estrada; Alfonso Vázquez, Agente Comercial en Douglas, Arizona; Ricardo C. López, Jefe de Oficina Telegráfica en Nogales, Son.; Teniente Coronel Abraham Fraijo, Presidente Mpal. De Agua Prieta; Arturo M. Escandón, Director de El Tiempo, F. Alfonso Pesqueira. Constituyentes de Querétaro: Luis G. Monzón y Froilán C. Manjarrez. Constituyentes de Sonora: Antonio R. Romo, Rosendo L. Galaz., José Ma. V. Lizárraga, Gabriel Corella, Adalberto Trujillo y Clodoveno Valenzuela; Ramón M. Bernal, Oficial Mayor del Congreso del Estado; A. M. Sánchez, Oficial 1° de la Secretaría de Gobierno; S. M. Moreno, Jefe de la Sección de Gobernación; A.B. Sobrazo, Encargado de la Sección del Registro Civil; Amos B. Casas, Oficial 2° de la Secretaría de Gobierno; S.A. Campoy, Oficial 3° de la Secretaría de Gobierno; Carlos Díaz, Jefe del Departamento de Compras; Miguel Vázquez, Jefe del Departamento de Archivo; Ángel Avilez, Oficial del Depto. De Archivo; Guillermo de la Rosa, Director General de Educación Pública; Miguel Yépez Solórzano, director General del Catastro; Aurelio S. Larios, Dibujante del Catastro; Manuel Larios, Ingeniero de la Dirección del Catastro; Raúl Salazar, Procurador General de Justicia en el Estado; B. Cabrera, Jefe de Defensores de Oficio; Ángel Amante, Oficial 1° de la Secretaría del Congreso; Plutarco Padilla, Oficial 2° de la Secretaría del Congreso; Heliodoro Pérez Mendoza, Jefe de la Sección de Glosa de la Inspección de Telégrafos; Eloy García S., Jefe de la Oficina Telegráfica de Hermosillo; F.R. Pesqueira, Administrador Principal del Timbre; Rafael Manzo, Tesorero General del Estado; Lic. Pedro González Rubalcava, Juez de Instrucción Militar; Lic. José Guzmán V., Agente del Ministerio Público Militar; Lic. Zenón García, Asesor de Guerra; José S. Healy, periodista; Alberto S. Díaz, Carlos Genda Jr., Mario Hernández Machain, Secretario Particular del Jefe Supremo del Ejército Liberal Constitucionalista; A.R. Guzmán, Agente General de Agricultura y Fomento; Diputados al Congreso del Estado: Lic. Gilberto Valenzuela, Emiliano Corella M., Ing. Joaquín C. Bustamente, Miguel C. López, Alejo Bay, Luis F. Vhávez, Felizardo Frías, Ramón D. Cruz, Alfonso Almada, Ignacio G. Soto, Florencio Robles, Leoncio J. Ortiz, Julio C. Salazar, Rafael F.L. Paredes y Emilio Mendívil. Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia: Lic. Luis N. Rubalcava, Espiridión S. Ruíz y Lic. Manuel Zezati; Alberto C. Loustaunau, Secretario del Tribunal de Justicia; Diputados al Congreso de la Unión: Alejandro Velázquez López, Damián Alarcón, Ezequiel Ríos Landeros. Señores: Fernando Torreblanca, Lic. Rafael Díaz de León, Alfonso Guerra y Rodolfo Torreblanca. Senadores por Estado de Sonora: Flavio A. Bohórquez y Carlos Plank.