SESION 30, EN 9 DE SEPTIEMBRE DE 1835
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO
SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Derecho de lanchaje en Constitución. —Solicitud del Cónsul Chamberlain. —Id. de doña Cármen Ibáñez viuda de Briceño. —Acta. —Anexo.
CUENTA
Se da cuenta:
De un ▼informe de la ▼Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que crea en Constitución el derecho de lanchaje a beneficio de la Municipalidad. (Anexo núm. 169. V. sesión del 15 de Julio de 1835.)
ACUERDOS
Se acuerda:
- Aprobar en particular el ▼proyecto de lei que exime al señor Chamberlain de pagar derechos por la importación de unos muebles de su uso personal. (V. sesiones del 7 de Setiembre i del 2 de Octubre de 1835.)
- Que la Comision de Lejislacion informe sobre la solicitud de doña Cármen Ibáñez viuda de Briceño. (V. sesión del 15 de Julio de 1835.)
- Aprobar en jeneral i en particular el proyecto que establece en Constitución el derecho de lanchaje. (V. sesión del 2 de Octubre venidero.)
ACTA
Se abrió con los señores Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Arlegui, Arriarán, Astorga, Aldunate, Barra, Carrasco, Dávila, Fierro, Fuenzalida, Gárfias, García don Manuel, García de la Huerta, González, Gutiérrez, Iñiguez, Irarrázaval, Izquierdo, Martínez, Mendiburu, Montt, Morán, Prieto, Renjifo, Reyes, Rozas, Tocornal don Joaquin, Tocornal don José María, Torres, Troncoso, Vial don Antonio, Vial don Manuel i Vidal.
Leida el acta de la sesión anterior, fué aprobada.
Se dió cuenta del informe de la ▼Comision de Hacienda en el proyecto de aumentar las rentas municipales del puerto de Constitución, con el impuesto de dos reales sobre las lanchas que vengan cargadas por el Maule, i se mandó traer para discusión jeneral.
En seguida, discutióse en particular la solicitud del señor Chamberlain, i se aprobó por mayoría el siguiente proyecto de decreto:
{MarcaCL|ND|Proyecto|OK|Informe de la Comisión de Hacienda sobre la solicitud del señor Chamberlain para que se declaren exentos los derechos de importación de unos muebles}}Artículo único. Las especies destinadas al uso i consumo del señor Chamberlain, Cónsul de S. M. B. en Coquimbo, que fueron conducidas a Valparaiso por la fragata Perla, se declaran libres del pago de derechos de importación."
Se tomó en consideración la solicitud de la