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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. artículo se reservaron para segunda, a excepcion del segundo que se aprobó por unanimidad en los términos que siguen:

"Art. 2.º Faltando los padres deberán presentar el de los abuelos, prefiriéndose la línea paterna i siempre el abuelo a la abuela. Faltando todo abolengo se necesita el consentimiento de los curadores que tengan o les nombre para este caso la autoridad judicial".

A segunda hora, se ocupó la Sala del informe de la Comision de Hacienda en la consulta del intendente de Coquimbo hecha al Gobierno i remitida por éste a la Cámara, sobre la pérdida que esperimenta la guarnicion de aquella ciudad en el cambio de las onzas de oro que recibe en pago, i habiendo indicado un señor Diputado que la resolucion que se tomase en este particular debía ser jeneral i comprensiva a los empleados civiles, se mandó volver a la Comision para que presentase un proyecto de artículo. En cuyo estado se levantó la sesion, anunciándose para la próxima los negocios en tabla. —José Vicente Izquierdo. Montt, diputado-secretario.