Resolución 1377 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 1377 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 4413.ª sesión, celebrada el 12 de noviembre de 2001.
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El Consejo de Seguridad,

Decide aprobar la declaración adjunta sobre la acción mundial para combatir el terrorismo.

El Consejo de Seguridad,

Reunido a nivel ministerial,

Recordando sus resoluciones 1269 (1999), de 19 de octubre de 1999, 1368 (2001), de 12 de septiembre de 2001, y 1373 (2001), de 28 de septiembre de 2001,

Declara que los actos de terrorismo internacional constituyen una de las amenazas más graves para la paz y la seguridad internacionales en el siglo XXI,

Declara también que los actos de terrorismo internacional constituyen un desafío para todos los Estados y para toda la humanidad,

Reafirma su condena inequívoca de todos los actos, métodos y prácticas de terrorismo por ser criminales e injustificables, cualquiera que sea su motivación, en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera se cometan y quienquiera que los cometa,

Destaca que los actos de terrorismo internacional son contrarios a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y que la financiación, la planificación y la preparación de actos de terrorismo internacional, así como todas las demás formas de apoyo a esos actos, son igualmente contrarios a los propósitos y principios de la Carta,

Subraya que los actos de terrorismo ponen en peligro vidas inocentes y la dignidad y seguridad de los seres humanos en todas partes, amenazan el desarrollo social y económico de todos los Estados y menoscaban la estabilidad y la prosperidad mundiales,

Afirma que, para combatir el flagelo del terrorismo internacional, es imprescindible aplicar un enfoque coherente y amplio, con la participación y la colaboración activas de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas y de conformidad con la Carta y el derecho internacional,

Destaca que una acción internacional sostenida para promover la comprensión entre las civilizaciones y abordar los conflictos regionales y toda la gama de problemas de alcance mundial, entre ellos las cuestiones relativas al desarrollo, contribuirá a fomentar la cooperación y la colaboración internacionales, que de por sí son necesarias para sostener la lucha más amplia posible contra el terrorismo internacional,

Acoge con beneplácito el compromiso de luchar contra el flagelo del terrorismo internacional, expresado por los Estados, entre otras ocasiones, en los debates de las sesiones plenarias de la Asamblea General celebradas del 1° al 5 de octubre de 2001, exhorta a todos los Estados a adherirse cuanto antes a los convenios y protocolos internacionales pertinentes relativos al terrorismo, y alienta a los Estados Miembros a avanzar en esta dirección,

Exhorta a todos los Estados a que adopten medidas urgentes para aplicar plenamente la resolución 1373 (2001) y a que se ayuden mutuamente en esta tarea, y pone de relieve la obligación de los Estados de denegar asistencia financiera y todas las demás formas de apoyo y de cobijo a los terroristas y a los que apoyan el terrorismo,

Expresa su determinación de llevar adelante la aplicación de esa resolución en plena cooperación con todos los Miembros de las Naciones Unidas, y acoge con beneplácito los progresos realizados hasta el momento por el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud del párraf o 6 de la resolución 1373 (2001) relativa a la lucha contra el terrorismo (Comité contra el Terrorismo) para verificar la aplicación de esa resolución,

Reconoce que muchos Estados necesitarán as istencia para aplicar todas las medidas previstas en la resolución 1373 (2001), e invita a los Estados a informar al Comité contra el Terrorismo de los ámbitos en que necesitarán apoyo,

Invita, en ese contexto, al Comité contra el Terrorismo a estudiar las formas en que pueda prestarse asistencia a esos Estados y, en particular, a considerar con las organizaciones internacionales, regionales y subregionales:

– La promoción de prácticas idóneas en los ámbitos que abarca la resolución 1373 (2001), incluida la preparación de leyes modelo cuando sea pertinente;
– La disponibilidad de programas técnicos, financieros, de reglamentación, legislativos u otros programas de asistencia existentes que puedan facilitar la aplicación de la resolución 1373 (2001);
– La promoción de posibles sinergias entre esos programas de asistencia;

Exhorta a todos los Estados a intensificar sus esfuerzos por eliminar el flagelo del terrorismo internacional.

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