Resolución 1927 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 1927 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6330.ª sesión, celebrada el 4 de junio de 2010.
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El Consejo de Seguridad,

Reafirmando sus anteriores resoluciones sobre Haití, en particular sus resoluciones 1908 (2010), 1892 (2009), 1840 (2008), 1780 (2007), 1743 (2007), 1702 (2006), 1658 (2006), 1608 (2005), 1576 (2004) y 1542 (2004),

Reafirmando su resuelto compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad de Haití,

Reconociendo la gran devastación que han sufrido el Gobierno y el pueblo de Haití, expresando preocupación por los nuevos retos y amenazas derivados del terremoto del 12 de enero de 2010, y haciendo hincapié en la necesidad de que la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) siga centrando su labor en garantizar la seguridad y estabilidad de Haití con arreglo al mandato que le ha encomendado el Consejo de Seguridad,

Suscribiendo la opinión del Secretario General sobre los efectos del terremoto en el sentido de que este no ha destruido los avances hacia la estabilización realizados en los últimos años, aunque ha creado nuevos obstáculos y también nuevas oportunidades,

Reconociendo la necesidad de que la comunidad internacional aumente la ayuda al Gobierno de Haití con el fin de que las instituciones públicas puedan continuar sus operaciones, prestar servicios básicos y ampliar la capacidad del Estado, y reconociendo el valioso papel de apoyo que la MINUSTAH puede desempeñar en ese sentido,

Acogiendo con beneplácito el establecimiento de prioridades por el Gobierno de Haití en su plan de acción para la recuperación y el desarrollo nacionales, presentado en la conferencia internacional de donantes para Haití, y alentando a la comunidad internacional a que adapte sus actividades a ese plan de acción,

Acogiendo con beneplácito las importantes contribuciones aportadas por la comunidad internacional, en particular en la conferencia internacional de donantes que se celebró el 31 de marzo de 2010 bajo el lema “Hacia un nuevo futuro para Haití”, e instando a los donantes a que cumplan las promesas hechas en los plazos establecidos,

Encomiando el extraordinario esfuerzo realizado por las Naciones Unidas en respuesta al terremoto, reconociendo el papel crucial de la MINUSTAH para asegurar la estabilidad y la seguridad en Haití y reconociendo también los papeles complementarios que han cumplido hasta la fecha la MINUSTAH y el equipo de las Naciones Unidas en el país para ayudar a Haití en las labores de recuperación, y reafirmando la autoridad del Representante Especial del Secretario General en la coordinación y ejecución de todas las actividades de los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas en Haití,

Haciendo hincapié en el papel primordial del Gobierno de Haití en el proceso de recuperación y reconstrucción después del desastre y subrayando la necesidad de que haya una mayor coordinación y se realicen esfuerzos complementarios entre todos las entidades de las Naciones Unidas y otros interesados pertinentes para ayudar al Gobierno en este sentido,

Reafirmando la necesidad de que las autoridades de Haití sigan esforzándose por promover y proteger los derechos humanos, en particular mediante el fortalecimiento de las instituciones nacionales de derechos humanos, así como por poner fin a la impunidad y garantizar el estado de derecho y la seguridad,

Destacando la importancia de que se celebren oportunamente elecciones municipales, legislativas y presidenciales, acogiendo con beneplácito la intención de las autoridades de Haití de celebrarlas, y alentando a todos los partidos políticos e interesados pertinentes a que trabajen juntos para lograr este fin y para promover la participación de las mujeres en el proceso electoral,

Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General (S/2010/200) de 22 de abril de 2010 y sus recomendaciones,

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, de conformidad con lo dispuesto en la sección I del párrafo 7 de la parte dispositiva de la resolución 1542 (2004),

1. Autoriza el despliegue de 680 agentes de policía adicionales que se sumarán a la dotación de policía autorizada por el Consejo de Seguridad en su resolución 1908 (2010) como un refuerzo de carácter temporal, con objetivos definidos claramente que prestará especial atención al fomento de la capacidad de la policía nacional de Haití;

2. Decide, por tanto, que la MINUSTAH estará integrada por un componente militar de hasta 8.940 efectivos, entre oficiales y tropa, y un componente de policía de hasta 4.391 integrantes y que hará un seguimiento estricto y periódico del nuevo número de militares y policías , en particular durante el período electoral y el posterior traspaso constitucional del poder, y pide al Secretario General que incluya en su próximo informe al Consejo una evaluación de la aplicación de la resolución 1908 y de la presente resolución;

3. Reitera que la potestad y la responsabilidad primordial respecto de la estabilización y el desarrollo corresponde al Gobierno y al pueblo de Haití, y reconoce el papel de apoyo de la MINUSTAH al respecto;

4. Reconoce la necesidad de que la MINUSTAH asista al Gobierno de Haití para proporcionar una protección adecuada a la población, prestando particular atención a las necesidades de los desplazados internos y otros grupos vulnerables, especialmente las mujeres y los niños, entre otras cosas mediante servicios conjuntos de policía de proximidad adicionales en los campamentos y el fortalecimiento de los mecanismos para combatir la violencia sexual y la violencia por motivos de género, y para reducir el peligro de que haya un resurgimiento de la violencia de las pandillas, la delincuencia organizada y la trata de niños;

5. Pide a la MINUSTAH que, de conformidad con su mandato actual, siga colaborando con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) y el equipo de las Naciones Unidas en el país para apoyar la labor humanitaria y de recuperación, y además alienta a todos los agentes a que sigan participando en la planificación conjunta y la coordinación a nivel nacional y local;

6. Recalca la importancia de que los documentos de planificación de los componentes militar y policial, como el concepto de operaciones y las normas de intervención, se actualicen periódicamente, según proceda, y se ajusten a lo dispuesto en todas sus resoluciones pertinentes, y solicita al Secretario General que informe al respecto al Consejo de Seguridad y a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía;

7. Alienta a la MINUSTAH a suministrar al Gobierno de Haití, dentro de los medios disponibles, el apoyo logístico directo y los conocimientos técnicos que solicite, a fin de que pueda continuar sus operaciones, fomentar la capacidad de las instituciones del estado de derecho en el plano nacional y local, y acelerar la aplicación de la estrategia de reasentamiento del Gobierno para los desplazados, en el entendimiento de que tales medidas son temporales y se eliminarán a medida que aumente la capacidad nacional de Haití;

8. Solicita a la MINUSTAH que siga prestando al Gobierno de Haití y al Consejo Electoral Provisional el apoyo logístico, de seguridad y técnico que soliciten para los preparativos y la celebración de las elecciones de Haití y que, en cooperación con otros interesados internacionales, como la Organización de los Estados Americanos, coordine la asistencia electoral internacional a Haití;

9. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

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