Resolución 38 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

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Resolución 38 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
aprobada por el Consejo de Seguridad en su 229.ª sesión, celebrada el 17 de enero de 1948.
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 El Consejo de Seguridad

 Habiendo escuchado declaraciones de los represen­tantes de la India y del Paquistán con respecto a la situación existente en Cachemira,

 Reconociendo la urgencia de la situación,

 Tomando nota del telegrama dirigido por su Presi­dente, el 6 de enero, a cada una de las partes[1] así como de sus contestaciones respectivas[2], en las que anuncian su intención de acatar la Carta,

  1. Insta tanto al Gobierno de la India como al Gobierno del Paquistán a que adopten inmediatamente todas las medidas que estén a su alcance (incluso lla­mamientos públicos dirigidos a sus pueblos), destina­das a mejorar la situación, y que se abstengan de hacer declaraciones y actos u ordenar o permitir actos que pudieran agravar la situación;
  2. Insta, además, a cada uno de esos Gobiernos se sirvan comunicar al Consejo acerca de todo cambio esencial de la situación, tan pronto como ocurra o si a juicio de cualquiera de los dos está a punto de ocu­rrir, mientras el Consejo esté examinando el asunto y que consulten con éste con relación a dicho cambio.


Aprobada en la 229a. sesión por 9 votos contra ninguno y 2 abstenciones (República Socialista Soviética de Ucra­nia y Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas).



  1. Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Tercer Año, Nos. 1 a 15, 226a. sesión, pág. 2 (documento S/636).
  2. Ibid., Tercer Año, Suplemento de enero, febrero y marzo de 1948, documentos S/639 y S/640.


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