Resolución por la que se declara Bien de Interés Patrimonial la Iglesia del Convento de Franciscanos Descalzos

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Resolución de 24/05/2017, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se declara Bien de Interés Patrimonial, la Iglesia del Convento de Franciscanos Descalzos en el municipio de El Puente del Arzobispo (Toledo), con la categoría de Construcción de Interés Patrimonial. [2017/6563]

Por Resolución de la Viceconsejería de Cultura de 31/08/2016 (DOCM n.º de 179 de 13/09/2016) se inició el expediente para declarar Bien de Interés Patrimonial con la categoría de Construcción de Interés Patrimonial la Iglesia del Convento de Franciscanos Descalzos, en el municipio de El Puente del Arzobispo (Toledo).

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, se procedió a la apertura de un período de información pública por el plazo de un mes desde la última publicación oficial, y se contestaron las alegaciones presentadas.

Vistas las alegaciones e informes técnicos realizados, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes considera que el mencionado bien reúne los valores culturales necesarios para gozar de la protección que la legislación vigente dispensa a los Bienes de Interés Patrimonial, por lo que entiende procedente su declaración como tal.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 15.2 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, y en uso de las competencias atribuidas, resuelvo:

Primero.- Declarar Bien de Interés Patrimonial la Iglesia del Convento de Franciscanos Descalzos de El Puente del Arzobispo (Toledo) con la categoría de Construcción de Interés Patrimonial, cuya descripción figura como anexo a la presente Resolución.

Segundo.- Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y, contra la misma, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Toledo, 24 de mayo de 2017

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes
ÁNGEL FELPETO ENRÍQUEZ

Anexo[editar]

1. Objeto de la declaración.[editar]

1.1. Denominación.[editar]

Iglesia del Convento de Franciscanos Descalzos.

1.2. Localización.[editar]

Se sitúa en la c/ Talavera, no 44, en el límite noreste del término municipal de El Puente del Arzobispo con el de Alcolea de Tajo. Ocupa la parcela 10 de la manzana 44859, y tiene la referencia catastral 4485910UK1048N. Cuenta con una superficie construida de 229 m2, aunque el espacio que ocupaban los diferentes inmuebles del convento mide 1778 m2. La huerta conventual se extendería hacia el este hasta limitar con el Arroyo de los Frailes, en un amplio espacio que permanece sin edificar.

La iglesia está delimitada por las siguientes coordenadas UTM ETRS89:

X= 314334.08 Y= 4408480.27

X= 314341.11 Y= 4408480.08

X= 314341.00 Y= 4408475.18

X= 314342.46 Y= 4408475.12

X= 314342.19 Y= 4408465.63

X= 314340.73 Y= 4408465.72

X= 314339.80 Y= 4408452.15

X= 314332.41 Y= 4408452.64

X= 314333.20 Y= 4408466.05

X= 314332.16 Y= 4408466.07

X= 314332.55 Y= 4408475.49

X= 314334.07 Y= 4408475.43

1.3. Descripción.[editar]

El convento de Padres Franciscanos Descalzos fue construido entre los años 1617 y 1620, costeado por el hidalgo Juan de Villarroel y por la villa, que sufragó los gastos con sus limosnas. La iglesia en su totalidad la pagó el referido hidalgo puenteño. En la época se define como una buena construcción con una bóveda o sepulcro, y se da cuenta de que estaba regido por un patronato. En su iglesia, que medía 39 pasos, tenía cinco altares y un retablo mayor, se veneraba la imagen de Nuestra Señora del Majano, advocación que se debe a que, según la tradición, la Virgen se apareció sobre un montón de cantos o majano a un sacristán de Alía (hoy en Cáceres, antes en la tierra de Talavera y provincia de Toledo, hasta 1833). El convento estaba dotado con dieciséis celdas, dos oficinas y claustro bajo y alto. El primer guardián del convento fue el P. Fray Sebastián de San Francisco, gran predicador que llegaría a serelegido provincial de la Orden.

La documentación conservada señala que la iglesia del convento se estaba construyendo en 1618 y dispone que se termine en 1620, pero en ninguno de los codicilios, de ese año y de 1621, se dice nada del estado de las obras; sólo que las caballerías propiedad de Juan de Villarroel debían transportar materiales. El hidalgo da instrucciones para que todos los documentos de sus fundaciones y mandatos se depositen en una caja, que él mismo regala para que se guarde en el convento.

En el Catastro de Ensenada, elaborado en 1758, se citan doce religiosos franciscanos descalzos, dos coristas y cuatro legos, todos ellos del convento de Padres Franciscanos de esta villa. Nueve años más tarde, se cuenta que el convento está situado extramuros, a su lado oriental; pertenece a la provincia de Santa Fe; lo habitan 18 religiosos, entre sacerdotes y legos; cuenta con una frondosa y amena huerta; se construyó de limosna en dos años y medio; y en la iglesia está enterrado el hidalgo don Juan de Villarroel. Allí se predicaban en Semana Santa tres sermones que pagaba la villa.

Finalizada la Guerra de la Independencia, el rey Fernando VII dispuso la vuelta a sus comunidades y conventos de los religiosos que se habían visto forzado a abandonarlas. Al amparo de esa voluntad real, Urbano Martín se trasladó a la localidad como guardián con algunos frailes, iniciando su vida conventual. En 1815, Urbano Martín solicita que se restaure el edificio conventual, a costa de los bienes de Antonio Trujillo, alias “El Mangajo”, acusándole de haberlo comprado y destruido durante el tiempo que permaneció siendo corregidor del Gobierno intruso de José I. El denunciante manifiesta que el tal Trujillo, vecino que fue del lugar, se quedó en este pueblo cuando entraron los franceses, haciendo de corregidor por nombramiento de los invasores: “Hizo destechar y destruir las celdas, claustro, iglesia en parte y demás oficinas del convento, material que vendió a cuantos forasteros quisieron comprarlo, quedándose con su importe (...); en el Torrico hizo una casa para su hijastra, Anselma, cuando casó con el escribano Francisco Solano García”. El declarante asegura que los franceses no comenzaron a destruir el convento en tanto no lo hizo Trujillo; quien “conservó la librería y todo lo que quiso en las primeras entradas de los franceses”. Un testigo, Esteban García Rojo, declara que Francisco Solano García, marido de Anselma, había pedido a Trujillo, materiales del convento para construir su casa en El Torrico, para lo cual se desmanteló el convento. Solano había dicho que le venían bien las maderas, ladrillos y tejas. Algunos de estos materiales los vendió Trujillo a Valdeverdeja.

Así pues, la destrucción del recinto conventual debe situarse en el primer cuarto del siglo XIX. Cuando se produjo el abandono definitivo por parte de la comunidad religiosa, las construcciones se emplearon como casas de labor y estabulación de vacas, y la iglesia como almacén de paja y aperos.

En los años noventa del siglo XX se produjo el derribo de todas las construcciones vinculadas al convento, incluidos los restos del claustro, con el fin de dedicar los terrenos (incluida la amplia huerta) a solar para la construcción de chalés. La promoción de viviendas no fue llevada a cabo, quedando el terreno sumido en el abandono, al igual que la iglesia, única superviviente del conjunto de edificaciones que integraban el convento. Como consecuencia del derribo de las edificaciones se puso al descubierto una bóveda de amplias dimensiones fabricada con mampostería y ladrillo. Desde entonces, la iglesia ha ido arruinándose, agravada por el desteje de parte de su tejado.

La iglesia, de proporciones muy elevadas, tiene planta de cruz latina con una imposta interior fuertemente remarcada. Cuenta con una sola nave de tres tramos que se cubren con bóveda de cañón con arcos formeros resaltados, y un crucero sobre el que campea una cúpula sobre pechinas. El sistema constructivo emplea muros de carga de fábrica de mampostería reforzados con sillares en las esquinas, y una cubierta de rollizos y pares de madera, tabla ripia y teja cerámica curva, rematada con alero de ladrillo moldurado.

Dispone de altar con ábside plano cubierto por bóveda de cañón y comunicado con el crucero mediante un arco de medio punto. Existe a los pies de la nave una compartimentación que separa uno de los tramos de la misma, que fragmenta la nave; allí se sitúa el coro por el que, a través de una puerta, se establecía la comunicación con el convento.

Los huecos que presentan sus fachadas se encuentran en su mayoría recercados con granito. En la actualidad, la mayor parte de ellos están tapiados, al igual que el acceso a la edificación, originariamente dispuesto bajo un arco de ladrillo escarzano, y las comunicaciones con las dependencias conventuales.

A los pies de la iglesia se levanta una espadaña herreriana de ladrillo con frontón y arco de medio punto. Es de destacar la gran volumetría de la edificación, sobresaliendo el cuerpo del crucero sobre el resto de la misma.

2. Entorno de protección.[editar]

El entorno de protección se define como un área territorial constituido por los inmuebles y espacios cuya alteración pudiera afectar a los valores del objeto, a su contemplación, apreciación o estudio. Puede, además, contener elementos con valores patrimoniales accesorios o adicionales, relacionados con el objeto a declarar.

2.1. Delimitación del entorno.[editar]

Manzana 44859, parcela 03. Referencia catastral 4485903UK1048N

Manzana 44859, parcela 09. Referencia catastral 4485909UK1048N

Manzana 44859, parcela 10. Referencia catastral 4485910UK1048N

Manzana 44859, parcela R2. Referencia catastral 44859R2UK1048N

Manzana 44859, parcela R3. Referencia catastral 44859R3UK1048N

Polígono 1, parcela 35. Referencia catastral 45139A00100035

Polígono 1, parcela 38. Referencia catastral 45139A00100038

Se delimita por las siguientes coordenadas UTM ETRS89:

X= 314357.16 Y= 4408494.93

X= 314360.90 Y= 4408495.05

X= 314362.93 Y= 4408494.99

X= 314364.96 Y= 4408494.90

X= 314367.99 Y= 4408494.67

X= 314370.02 Y= 4408494.46

X= 314372.03 Y= 4408494.21

X= 314375.64 Y= 4408494.00

X= 314375.28 Y= 4408491.72

X= 314376.16 Y= 4408491.62

X= 314383.10 Y= 4408491.03

X= 314390.35 Y= 4408490.60

X= 314397.29 Y= 4408490.37

X= 314400.08 Y= 4408490.35

X= 314403.47 Y= 4408490.32

X= 314405.67 Y= 4408490.27

X= 314409.07 Y= 4408490.20

X= 314410.08 Y= 4408490.11

X= 314414.41 Y= 4408489.71

X= 314417.51 Y= 4408489.05

X= 314419.70 Y= 4408488.59

X= 314424.74 Y= 4408486.77

X= 314429.20 Y= 4408484.24

X= 314432.84 Y= 4408480.97

X= 314435.78 Y= 4408476.89

X= 314438.21 Y= 4408471.94

X= 314440.27 Y= 4408466.09

X= 314441.99 Y= 4408459.62

X= 314443.37 Y= 4408452.86

X= 314444.38 Y= 4408446.15

X= 314444.81 Y= 4408441.93

X= 314445.01 Y= 4408439.99

X= 314445.21 Y= 4408434.88

X= 314448.47 Y= 4408418.76

X= 314450.04 Y= 4408408.98

X= 314450.24 Y= 4408405.93

X= 314458.86 Y= 4408374.47

X= 314417.38 Y= 4408357.15

X= 314408.00 Y= 4408364.33

X= 314382.60 Y= 4408383.77

X= 314356.86 Y= 4408403.61

X= 314347.07 Y= 4408410.93

X= 314347.14 Y= 4408411.09

X= 314339.55 Y= 4408415.76

X= 314330.96 Y= 4408413.49

X= 314319.32 Y= 4408415.06

X= 314306.42 Y= 4408426.52

X= 314293.39 Y= 4408434.02

X= 314263.93 Y= 4408437.78

X= 314271.51 Y= 4408446.53

X= 314291.43 Y= 4408468.90

X= 314312.56 Y= 4408493.08

X= 314321.38 Y= 4408515.10

X= 314329.04 Y= 4408507.10

X= 314335.62 Y= 4408503.45

X= 314341.42 Y= 4408500.50

X= 314347.99 Y= 4408497.81

X= 314354.31 Y= 4408495.73

Todo ello según plano adjunto.

2.2. Justificación.[editar]

Ya hemos señalado anteriormente que la única construcción que permanece en pie del conjunto conventual levantado en el siglo XVII es la iglesia. No obstante, aún se conservan restos a nivel de cimentación de las estructuras conventuales, así como una bóveda de amplias dimensiones, y el espacio que en su día fue utilizado como huerta por la comunidad franciscana. Teniendo en cuenta todo ello se propone trazar un entorno de protección que se ciña al norte a la línea divisoria de los términos municipales de El Puente del Arzobispo y Alcolea de Tajo; que limite al este con el Arroyo de los Frailes que suponía el fin de la huerta; al sur con la línea que separa las parcelas R3 de la 34, y la 03 de la 04 de la manzana 44859; y al oeste por la línea de fachadas de la C/ Hispanidad, integrando de este modo el tramo de la cañada real. Se pretende de este modo preservar las actuales visuales que permiten la contemplación de la iglesia conventual, así como controlar los posibles desarrollos urbanísticos que se puedan acometer en el entorno inmediato de la iglesia.

El entorno propuesto debe ser sometido a control administrativo con el fin de evitar actuaciones que pudieran afectar de forma negativa a la conservación y contemplación del inmueble que constituye el objeto de la declaración como Bien de Interés Patrimonial.

Plano anexo a la declaración como bien de interés patrimonial de la Iglesia del Convento de Franciscanos Descalzos.