Sentencia del TOF 3 dictada en el caso del atentado contra la AMIA el 29 de octubre de 2004 (2)

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Aclaración preliminar

Que en su resolución del 20 de diciembre de 2000 (reg. nº 751) dictada en esta causa nº 487/00, “Telleldín, Carlos Alberto s/homicidio calificado...(atentado a la A.M.I.A.), este tribunal hizo saber al magistrado instructor que “tanto en el auto como en el requerimiento de elevación a juicio se realizaron afirmaciones acerca de la supuesta comisión de determinados hechos ilícitos que, sin embargo, no fueron objeto de una imputación formal y específica de acuerdo a los requisitos de la instrucción”.

Como consecuencia de ello, el juez interviniente formó el legajo nº 314, el que, tras los pasos de rigor elevó a juicio, registrándose en esta sede con el nº 501/01. Posteriormente, se elevaron testimonios del citado legajo, con los que se formó la causa nº 502/03.

Por otra parte, también quedó radicada en este tribunal la causa nro. 496/00 seguida contra Juan José Ribelli por el delito de extorsión (causa del video), en virtud de la conexidad declarada a fs. 2379/2380 y 2391.

En procura de una mejor claridad expositiva, este pronunciamiento habrá de contar con dos títulos: en el primero se tratarán las cuestiones relativas a las causas nros. 487/00, 501/01 y 502/03, por haber tenido un origen común, mientras que en el segundo las relacionadas con las actuaciones nro. 496/00.


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