Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Manifiesto de la Junta de Gobierno, en 20 de noviembre de 1811
LXXXIII MANIFIESTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO, EN 20 DE NOVIEMBRE DE 1811[1] Se justifica la revolucion de 15 de noviembre, i se manifiesta que ella ha dado oríjen a un verdadero gobierno representativo. Los peligros que el 4 de setiembre empeñaron los defensores de la patria, no dejaron mas lugar que el salir de ellos a toda costa. El riesgo era grave como inminente. Rabia entrado la corrupcion dentro del mismo santuario. Un partido dominante por la pluralidad mas desigual todo lo arrastraba a sus designios. El reino caminaba a su ruina con pesos tan adelantados que, o se debia jurar su esterminio político, o poner la mano en el sagrado mismo de su representacion. Sobre este acuerdo tan horroroso como cierto, se dió aquella bronca pincelada, todo lo que condujo al peligro de ser perdida para siempre esta preciosa piedra de la real diadema. En su estremo apuro no tuvieron lugar los principios mas liberales. Fué forzoso salir del paso a todo trance. De aquí resultó un vacío que, sofocado en los primeros momentos por la inesperada seguridad, comenzó mui lijero a manifestarse en el descontento de los sensatos. Cada hombre conocia las virtudes de los nuevos mandatarios. Todos estaban satisfechos de su administracion, bendecian las providencias libradas en todo órden; pero que el tiempo inseparable del moral, el sentimiento íntimo del corazon acusaba la debilidad de las bases. No se habia consultado la voluntad libre del ciudadano; aparecia atropellada la ▼representacion jeneral por la separacion de sus prostituidos miembros; las provincias aun no habian habilitado los poderes que arrebató a sus pérfidos representantes el abuso de la mas alta confianza; aparecia, en una palabra, la nulidad mas insanable; el crédito del reino oscilaba en las opiniones mas humillantes, i era forzoso reponerlo o abandonar el concepto. En crísis tan apurada enseñó la política que debia constituirse en toda libertad cada hombre, ya en su persona, ya en sus dignos representantes; así se verificó el memorable dia 16 del corriente, en que reunida en una forma apacible la mas respetable asamblea, constituido el ▼Congreso en la plenitud mas señalada de su alta representacion, se escuchó el voto libre del reino, que unánime aclamó el gobierno representativo, i que lo sirvieran por la provincia de Concepcion el señor brigadier don Juan Martinez de Rozas, por la de Santiago el teniente coronel don José Miguel Carrera, i por la de Coquimbo el doctor don José Gaspar Marin. A sí se resolvió, i desde aquel momento solo ha resonado el eco de la confianza. Bajo tan sagrado auspicio no se compromete el nuevo poder, cuando espera con firmeza corresponder tan alto encargo. ▼Pueblos de Chile, jenerosos habitantes del mejor suelo conocido, el gobierno es en razon del concepto que le dispensan los que mandan. Solo es enérjico cuando lo sostiene el robusto brazo de la opinion. Ella se gana, ya se ve, por las virtudes sociales; pero si ha sido libre nuestra eleccion, si los llamados le han recibido constantes i solo vuestro empeño los ha sentado en el servicio mas árduo, vosotros, que habeis de responder a la posteridad de vuestra libre eleccion, estais rigorosamente obligados a sostener un crédito de que pende esencialmente vuestra misma felicidad. —Santiago i noviembre 20 de 1811. |
- ↑ Oficio de don Bernardo O'Higgins al presidente de la junta provincial de Concepcion, en 21 de noviembre de 1811.
Don ▼Bernardo O'Higgins relata los sucesos verificados en ▼Santiago los dias 15 i 16 de noviembre, i espone los motivos que lo han movido a aceptar el rargo de vocal suplente en la juta de gobierno.
Hallándome con licencia del alto Congreso, para restablecer mi salud, por dos meses, en mi provincia, despues de otros dos meses de cama, i, con la comision de presidir de tránsito la eleccion de diputado de Curicó, por desavenencias entre el pueblo de aquel partido i su subdelegado, hice partir mi equipaje, i, al montar a caballo a las siete de la mañana del 15 del corriente, tuve noticia que el comandante del cuerpo de granaderos don ▼Juan José Carrera, habia pasado oficio a la junta gubernativa, con copia de un bando para que lo publicase, convocando al pueblo para que se rejenerase el gobierno, i otro al excelentísimo señor presidente del ▼Congreso para que mandase a los diputados a concurrir a su sala consistorial para acordar lo conveniente a esa reforma.
Esta novedad imprevista me hizo demorar hasta ver el resultado, de que acaso dependeria el éxito de mi comision; i como en todo este dia 15 nada se hubiese concluido por la discordancia de los cuatro personeros que nombró el pueblo con los jefes de los cuerpos veteranos, en órden a los tres ▼vocales que debian componer la junta, se suspendió para el 16 la sesion permanente que tuvo el Congreso desde las ocho i media del dia hasta las ocho de la noche del 15, en que, por conclusion, se acordó se publicase nuevo bando para la concurrencia del pueblo patriótico, que deberia nombrar de nuevo personeros de su satisfaccion, a quienes significase sus peticiones, i ellos al ▼cabildo, a fin de que éste, notoriándolas a los jefes militares para su uniformidad, las elevase al Congreso para su exámen i decision, encargando a los jefes militares el buen órden, tranquilidad i seguridad pública en esa noche.
Esta indecision me hizo quedar sin equipaje hasta el dia 16 siguiente, en que se hizo todo lo prevenido. El Congreso se congregó desde la ocho i media de la mañana para esperar el resultado, i acordar conforme a las ocurrencias. La nueva discordancia del pueblo con los jefes militares en órden a algunos puntos, i la perplejida de éstos con las anotaciones o adiciones hechas a las proporciones del pueblo, hicieron suspender la deliberacion de Congreso que se mantuvo hasta las nueve de la noche, a cuya hora vino a resolver el punto principal, en que estaban todos de acuerdo, i fué que el Poder ejecutivo o ▼junta de gobierno se compusiese de solo tres vocales, que serian, por la provincia de Concepcion, el señor brigadier don ▼Juan Martinez de Rozas, i yo de su suplente, o en propiedad, si no viniese el señor Rozas; el sarjento mayor don ▼José Miguel Carrera por la de Santiago, i el doctor don ▼Gaspar Marin por la del norte o Coquimbo, reservándose para el Lúnes 18 la discusion i acuerdo de las demas proposiciones del pueblo i jefes de los cuerpos veteranos, en que habia algunas diametralmente opuestas.
Me hallaba en casa sin noticia de esto cuando se me mandó llamar por el alto ▼Congreso, a las ocho i media de la noche de ese dia 16. Llegado, se me dijo por el excelentísimo señor presidente don ▼Juan Pablo Fretes, que estaba nombrado de vocal de la junta de gobierno en los términos ántes insinuados. A esto contesté que mi salud no restablecida, no me ponia en estado de desempeñar el cargo como debia; que desde mi ingreso al Congreso habia movido i sostenido incesantemente una decision por el sistema representativo, conforme a la voluntad de mi provincia, i que, no pudiendo el pueblo de Santiago tener derecho para e lejir representante al gobierno jeneral por otras provincias, no me conformaba con esta convencion ilegal, i suplicaba se me eximiese de tal representacion. El alto ▼Congreso, me contestó que ya quedaba declarado el sistema representativo, i el gobierno compuesto de solo tres vocales, conforme lo queria la provincia de Concepcion, segun oficio de su ▼junta provincial que se habia recibido felizmente esa misma mañana; que, si alguna circunstancia faltase para que fuese verdaderamente representativo, no debia detenerme, porque era un nombramiento provisional que ratificaria mi provincia, pendiente la ▼constitucion para la cual estaba algunos dias ántes nombrada una comision de diputados; que, ademas, el Congreso, que representaba el reino entero, se creia con derecho, a nombre de sus provincias, de nombrar, a lo ménos provisionalmente, los vocales del gobierno representativo; i que, sobre todo , para evitar la anarquía i fatales resultas de pueblo de la capital, que se halla congregado esperando la resolucion, debia aceptar el cargo, a que, a mayor abundamiento, el mismo Congreso me obligaba sin recurso.
En este conflicto, contesté que, por evitar los males de la anarquía, aceptaba el cargo bajo la condicion precisa de consultar sobre el particular a la provincia de ▼Concepcion, i de estar en todo a lo que ésta me ordenase, bajo la intelijencia de retirarme de dicho cargo al momento que no aprobase mi representacion a su nombre.
El alto ▼Congreso accedió a mis protestas, de que pedí el certificado que adjunto, i, bajo ella, me recibí i presté allí el ▼juramento acostumbrado, a las nueve de la noche de este dia 16. Todo lo que pongo en conocimiento de V.S. para que se sirva resolver i comunicarme lo que le parezca mas conveniente. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Santiago, 21 de noviembre de 1811. —Bernardo O'Higgins. —Señor presidente de la junta provincial de Cóncepcion.