Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Reglamento del Congreso, de 2 de septiembre de 1811
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XXX REGLAMENTO DEL CONGRESO, DE 2 DE SETIEMBRE DE 1811 ▼Reglamento del Congreso
Por que a la mejor importancia de los negocios públicos, constituyentes de la felicidad comun, constituye en gran parte el órden metódico de las sesiones, que haga sensibles sus importantes resultados i corresponder a los grandes fines con que se celebran, reduciéndolos a un punto de facilidad espedibles, ha venido el Congreso en establecerse las siguientes reglas, bajo las que se tengan en lo sucesivo.
Tendrálo entendido la autoridad ejecutiva i dispondrá que se circule i publique. —Real sala de córtes i setiembre 2 de 1811. |