Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Sesión del Congreso Nacional, en 11 de octubre de 1811
LVI SESION DEL CONGRESO NACIONAL, EN 11 DE OCTUBRE DE 1811 PRESIDENCIA DE DON JOAQUIN LARRAIN SUMARIO. —Cuenta. —Se acuerda que en adelante, al fin de cada presidencia, se coloquen las actas de las sesiones del Congreso en un lugar público, para que todos los ciudadanos puedan leerla, reclamar su cumplimiento, censurarlas, o hacer advertencias útiles sobre ellas. —Se acuerda pedir al canónigo don José Santiago Rodriguez una razon del monto a que ascendian los derechos parroquiales abolidos. —Se deroga la provision por subasta del cargo de rejidor en el cabildo de Santiago, i se nombran para las tres vacantes que existen, mientras se dictan reglas fijas i jenerales, a los señores don José Antonio Rojas, don Antonio Hermida i don Nicolas Matorras. —Se nombra procurador de ciudad a don Anselmo de la Cruz. —Se prohibe la introduccion de nuevos esclavos al pais; se declaran libres todos aquellos que, en tránsito para otras naciones, permanezcan seis meses en Chile; se recomienda el buen trato para los esclavos existentes; i se acuerda la libertad de los hijos de éstos que nazcan en adelanle. —EI diputado don Juan Pablo Fretes presenta las cartas de libertad que ha otorgado a dos esclavos suyos. —Acta. CUENTA[editar]Se da cuenta:
ACUERDOS[editar]Se acuerda:
ACTA[editar]Se recibió un oficio del cabildo de la ciudad de Coquimbo recomendando la instancia de don Francisco Oller i Campos, teniente de la compañía de milicias de artillería, en que se queja haber sido postergado en la vacante de capitan; i se acordó remitirla a la autoridad ejecutiva. Igualmente otra de don José Samaniego, ministro de real hacienda, pretendiendo el empleo de contador mayor. Otra de don ▼Márcos Gallo acerca de los ▼derechos parroquiales mandados abolir, en que se interesado como sacristan mayor de aquella iglesia; i se mandó unir a los antecedentes, i tener a la vista para que se trate de la indemnizacion que debe hacerse a los interesados. La ▼junta de gobierno avisó que, entre las medidas de seguridad i defensa que tomaba, ha resuelto enviar a ▼Coquimbo una compañía de dragones i otra de artillería , i, para guarnecer el puerto de ▼Valparaiso, destacaba una compañía de granaderos i otra de dragones de esta capital a aquella plaza; i se acordó aprobar esta resolucion. Para que el público se imponga de las tareas del ▼Congreso, no solo se tienen sus sesiones a puerta abierta, sino que ha resuelto que, al fin de cada presidencia, se estampen donde todos puedan verlas, i así reclamar su ejecucion, censurarlas, o dar los avisos i hacer las advertencias que repetidas veces se han permitido, como propias i características de un gobierno franco i jeneroso. En consecuencia de esto, se ejecutará así desde ahora. Para tener un documento que compruebe la importancia verdadera de los ▼derechos parroquiales abolidos, se pedirá al doctor don José Santiago Rodriguez, canónigo de esta santa iglesia, una razon del monto de las cuartas episcopales, de que debe tener conocimiento como secretario que ha sido de tres ilustrísimos señores obispos. Siendo hoi mas que nunca necesaria la intervencion del ▼cabildo en los negocios que ocurren i para el desempeño de las funciones afectas a sus individuos, se le oyó sobre el modo de reponer las varas vacantes que sea del agrado del público, respecto de que no lo fué el que se adoptó anteriormente, i lo es ménos el de la subasta, que, a mas, no es practicable en el dia por la repugnancia que, de mucho tiempo a esta parte, se observa a rematar tales oficios, como porque es mui verosímil que se reforme la perpetuidad de ellos i su adquisicion por compra, tan contrario uno i otro al buen servicio. Por eso i usando del mismo arbitrio de que se ha valido el gobierno en iguales casos, se acordó nombrar personas capaces de llenar dignamente las tres varas i el empleo de procurador de ciudad vacantes, miéntras que se establecen reglas fijas para proveerlas; i habiéndose procedido a votacion secreta, resultaron elejidos para rejidores don José Antonio Rojas, don Antonio Hermida i don Nicolas Matorras, i para procurador jeneral don Anselmo de la Cruz, a quienes se avisará inmediatamente, así como a la autoridad ejecutiva, tribunal de apelaciones i al ayuntamiento.
Al tiempo de tratarse esta materia i como un comprobante de la íntima persuasion en que estalla de la justicia de la resolucion que se ha tomado, el señor diputado don ▼Juan Pablo Fretes, canónigo de esta santa iglesia i representante del partido de Puchacai, presentó las cartas de ▼ libertad que ántes tenia otorgadas a dos ▼esclavos para que se cumpliesen al tiempo de su fallecimiento, i las entregó al Congreso para que las mande tener su efecto desde luego; i se acordó pasarlas a la junta gubernativa para que haga el uso que tenga por conveniente de este ejemplo de jenerosidad, i mande publicar lo determinado en esta acta, cuidando de su ejecucion. —Joaquin Larrain, presidente. —Manuel Antonio Recabárren, vice-presidente. —Doctor Juan José de Echeverria. —José Santos de Mascayallo. —Doctor Hipólito de Villegas. —Frai Antonio Orihuela. —Juan de Dios Vial del Rio. —Francisco Ramon de Vicuña. —Juan Estéban Fernandez de Manzanos. —Manuel de Salas, diputado secretario. |