Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 14 de setiembre de 1819

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 14 de setiembre de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 129, ESTRAORDINARIA, EN 14 DE SETIEMBRE DE 1819
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PEREZ


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. Reforma de las cuotas tributarias de Rancagua i Valparaíso. —Lista de los estranjeros naturalizados. —Enajenacion de la antigua casa del Seminario. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rosas José Maria de
Villarroel José Maria (secretario)

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director acompaña en resolución una solicitud por la cual don Agustin Eyzaguirre i socios piden se declare que la exencion que se les ha otorgado comprende los derechos fiscales i municipales. (Anexo núm. 338. V. sesiones del 11 de Agosto último i 15 de los corrientes.)
  2. De un oficio en que el Teniente-Gobernador de Rancagua pide que se reduzca la cuota tributaria de aquel vecindario de siete mil a cinco mil pesos en atención a las razones que aduce.

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. En atencion a las razones aducidas por el Teniente-Gobernador de Rancagua, rebajar la cuota tributaria de aquel vecindario de siete mil a cinco mil pesos, i aumentar en la misma suma la del vecindario de Valparaíso, en mérito de lo que el Gobernador de aquel puerto habia espuesto anteriormente. (V. sesion de Agosto 21 i anexos núms. 339 i 340)
  2. Pedir al Ilustre Cabildo de la capital que a la mayor brevedad posible pase una lista de los estranjeros que han obtenido carta de ciudadanía. (Anexo núm. 341. V. sesiones del 13 de Octubre i 18 de Setiembre de 1819.)
  3. Con el acuerdo del señor Gobernador del Obispado, autorizar la enajenacion o el arriendo de las casas antiguas del Seminario, como lo ha pedido el Rector del Insti tuto Nacional (V. sesión anterior) i comunicarlo al Gobernador-Intendente para que de los pasos enderezados a la subastacion. (Anexo núm. 342.)

ACTA[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, a catorce dias del mes de Setiembre de mil ochocientos diezinueve años, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, mandó se remitiera al Supremo Director el informe del Teniente-Gobernador de la ciudad de Rancagua, contraído a la necesidad de reformarse la designacion de los siete mil pesos prefijados a esa provincia cu auxilio de la espedicion al Perú; manifestándole que, pareciendo justa la solicitud de reducir a la cantidad de cinco mil pesos aquella pension, seria conveniente que quitándole a Rancagua, se impusieran a Valparaíso, supuesto que su Gobernador habia significado que siendo corta la exaccion de los dos mil pesos que se le designaron, podria aumentarlo, sin mayor gravámen de su vecindario; i que para la satisfaccion del pueblo de Rancagua, se le comunicara la resolución avisándola a la comision recomendada del recibo de las cantidades que debe entregar el vecindario para su conocimiento i para que diera razon de lo recaudado con este antecedente.

Dispuso igualmente S.E. que por secretaría se pidiera al Ilustre Cabildo diera razon de los estranjeros que han obtenido carta de ciudadanía, pasándola a S.E. con la posible brevedad para proveer lo conveniente con arreglo a ella.

A consecuencia de haber representado el rector del Instituto la necesidad de procederse al remate de la antigua casa del Seminario, decretó S.E. con el previo allanamiento del señor Gobernador del Obispado, que por el Gobierno Intendencia se procediera a la sustanciacion del espediente que debe formalizarse para el efecto de la enajenacion o arrendamiento de esa casa; trascribiendo a la Intendencia por secretaría la disposicion para su cumplimiento, i al rector del Instituto, para su intelijencia i gobierno. I quedando todo ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 338[editar]

Excmo. Señor:

Tengo el honor de incluir a V.E. la adjunta representacion de don Agustín de Eyzaguirre i socios para que en vista de ella se digne V.E. acordar lo que conceptúe justo sobre la declaracion que solicita, avisándome su resolución. Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Setiembre 13 de 1819. — Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 339[editar]

Excmo. Señor:

El reclamo de la Comision que en la ciudad de Rancagua se nombró para el rateo de los siete mil pesos con que aquella provincia debe auxiliar la espedicion al Perú, le parece al Senado que es justo i que atendiendo a los perjuicios que ha esperimentado su virtuoso vecindario que se compone en la mayor parte de personas avecindadas en la capital, se reduzca a los cinco mil pesos que se anuncian distribuidos en el informe que se eleva a V.E.

El Gobierno de Valparaíso manifestó que los dos mil pesos que se le señalaron con igual objeto podrian aumentarse sin mayor gravámen; i supuesto que el Senado, conviniendo en los designios que propuso, aprobó su resolucion, puede lograrse que el déficit que queda en la contribución de Rancagua se llene con el vecindario de Valparaíso. Puede V.E. prevenirle a su Gobernador que sobre los dos mil pesos que se les habían designado, aumente los dos mil que a Rancagua se quitan, advirtiéndole que si no hubiese enterado la suma de cuatro mil pesos, no baje de ella, dando la orden que convenga para que se instruya al vecindario de Rancagua de la gracia que se le dispensa, para que intelijenciado de las beneficencias del Gobierno, le tribute mayor gratitud; previniendo a la Comision encargada de recibo de esta contribucion la variación acordada para que, con arreglo a ella, dé cuenta en su caso. —Dios guarde a V. E. —Santiago, setiembre 14 de 1819. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 340[editar]

Penetrado el Excmo. Senado del reclamo de V. i de lo que espone haber ejecutado la comision recomendada del rateo de los siete mil pesos con que esa provincia debe auxiliar la espedicion al Perú, acordó S.E. se pasara el informe al Excmo. Señor Supremo Director para que se sirviera aprobar la rebaja de los dos mil pesos en que ha convenido S.E., reduciendo la pension a los cinco mil pesos que tiene distribuidos la Comision.

Por aquel conducto se instruirá a V. de la resolucion i para su satisfaccion me ha ordenado se lo comunique por secretaría. —Dios guarde a V. —Santiago, Setiembre 14 de 1819. —Al Teniente Gobernador de la ciudad de Rancagua.


Núm. 341[editar]

Debiendo haber constancia en el archivo del Ilustre Ayuntamiento de los estranjeros que han obtenido carta de ciudadanía, ha dispuesto el Excmo. Senado se sirva US. instruirle con individualidad de los estranjeros que han alcanzado esa gracia, pasándole una lista individual i específica de todos ellos, bajo el concepto que urje con brevedad este conocimiento.

De orden de S.E. se lo aviso a US. para el debido efecto. —Dios guarde a US. —Santiago, Setiembre 14 de 1819. —Al Ilustre Cabildo de esta capital.