Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 29 de marzo de 1819

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 29 de marzo de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 54, ORDINARIA, EN 29 DE MARZO DE 1819
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO B. FONTECILLA


SUMARIO. —Lista de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se acuerdan varias providencias sobre la formacion de la lista de la contribucion mensual, i comunicar estos acuerdos a los funcionarios que se espresa. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José M. de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Excmo. Director Supremo acompaña una solicitud de don Guillermo Henderson i don Antonio Arcos, por la cual piden que, como armadores del buque Los Andes, se les exima de pagar derechos por las mercaderías que apresen al enemigo en corso i que internen en Chile. (Anexo núm. 518.)
  2. De otro oficio en que el mismo Supremo Majistrado, contestando a aquel en que el Senado con fecha 17 de los corrientes le comunicó el rechazo de la contribucion del medio diezmo, insiste en que se la mande establecer, porque la situacion del Erario es tal que con una entrada de solo un millon doscientos mil pesos hai que atender a un servicio que necesita tres millones quinientos mil. (Anexo núm. 519.)
  3. De una nota en que don Antonio Montt, presidente de la comision rateadora, espone que las listas que el Senado le ha pasado son mui deficientes; faltan en ellas muchos vecinos que pueden i deben contribuir, i el esponente no tiene tiempo para completarlas porque la tarea del rateo i sus negocios particulares lo absorben por completo. (Anexo núm. 520.)
  4. De una nota con que la Tesorerla Jeneral devuelve al Senado los documentos que se habian pasado al jefe de ella para la formacion del proyecto de lei sobre el fuero del Almirantazgo i pautas de presas, proyecto que dicho jefe, don Rafael Correa de Saa, acompaña. (Anexo núm. 521.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Contestar a don Antonio Montt que el Cabildo le pasará la lista de los ciudadanos no comprendidos en la jeneral, i la de los artesanos, i que ya se han impartido al Gobernador-Intendente instrucciones para que forme la de los vecinos del Alto del Puerto, i se ha oficiado al Gobernador Eclesiástico para que envíe la del clero. (Anexo núm. 522.)
  2. Dirijir a los funcionarios aludidos en el acuerdo anterior, esto es, al Gobernador del Obispado, al Gobernador-Intendente i al Cabildo de la Capital las respectivas comunicaciones, para que el acuerdo mismo se cumpla i se evacuen las dilijencias. (Anexos núms. 523, 524 i 525.)

ACTA[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, a veintinueve dias del mes de Marzo de mil ochocientos diezinueve, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se examinó lo instruido por don Antonio Montt como presidente de la comision encargada de la reforma de la lista de la mensual contribucion, i con presencia de las observaciones que hace para consultar el aumento, mandó se le dijera por secretaría que el Ilustre Cabildo le pasaria lista de los ciudadanos na comprendidos en la jeneral que se le remitió, para que, con este concepto, formalizara el reparto en que estaba entendiendo; i que por el mismo Cabildo se daria razon de los artesanos, mediante la prevencion que se le tenia hecha, para que ejecutara esta operacion con la intervencion de los maestros mayores de los gremios; i que, sin suspender la continuacion en la comision, quedara advertido haberse ordenado al Gobernador-Intendente que por el conducto de los alcaldes de barrio se formara una lista de los vecinos de la calle del Alto del Puerto; i que, atendiendo a que, con la prévia aprobacion del Eclesiástico, estaban sujetos a sufrir mensual pension las personas eclesiásticas, se habia pedido al señor Gobernador del Obispado la nómina de todo el clero, que, remitida, se le pasaría.

Mandó S.E. que, conforme a lo prevenido en el artículo precedente, se hicieran por secretaría las respectivas comunicaciones al señor Gobernador del Obispado, al Gobernador-Intendente i al Ilustre Cabildo de la capital, ejecutándose ésta por secretaría i previniéndose el pronto despacho. I quedando todo ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Villarreal, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 518[editar]

Excmo. Señor:

Dirijo a manos de V.E. la solicitud que hacen don Guillermo Henderson i don Antonio Arcos, para que V.E. se sirva resolver en ella lo que crea conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, 27 de Marzo de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 519[editar]

Excmo. Señor:

He leido con atencion las reflexiones que contiene el acuerdo de V.E. de 17 del corriente, hechas al arbitrio propuesto en mi comunicacion de 12 del mismo. Ellas, no hai duda, serian de la mayor consideracion, si las circunstancias en que nos hallamos fuesen de distinta naturaleza de la que son. Me esplicaré. Proclamada i jurada la independencia de este país i conseguidas las ventajas sobre el ejército del rei de España que su mandatario en el Perú hizo pasar para subyugarlo de nuevo; tomada tambien la mayor parte de la espedicion que venia de Cádiz a reforzarlo, es claro, o que hemos de llevar la empresa a su fin, aunque sea a costa de los mayores sacrificios, o que, si sucumbimos por falta de enerjía para hacer uso de los recursos de que son capaces los hombres que quieren ser libres, perdemos con la vida todos los bienes.

Sentada por principio esta verdad, examinemos lijeramente el estado de nuestras rentas, veamos los gastos precisos e indispensables que para ello las recargan, i el resultado nos hará conocer si son necesarios o no nuevos arbitrios.

Las entradas ordinarias del Estado se acercan a un millon doscientos mil pesos anuales, debiéndose agregar a ellos trescientos mil, mal pagados, de la mensualidad jeneral. El ejército gasta en sueldos seiscientos mil; la marina, cuatrocientos mil; la lista de sueldos civiles, sesenta mil; i la casa de maestranza, en salarios i efectos, mas de cincuenta mil. Se debe al ejército trescientos mil; a la marina pasan de cien mil; i a los particulares, por ganados pedidos en compra forzosa, la mayor parte de ellos; de modo que para cubrir los gastos i amortizar parte de la deuda, se nece sitan tres millones i quinientos mil pesos anuales, esto es, contando con los demas gastos.

Ahora bien, habiendo un déficit tan exorbitante ¿cómo cree V.E. que el Gobierno pueda cubrirlo sin nuevos i efectivos arbitrios? ¿Cómo pagar á sin ellos a la marina su deuda, que es necesario verificar cuando llegue la escuadra, para evitar una sublevacion o desercion jeneral? ¿Cómo pagará tambien el presupuesto del ejército por el mes presente, que llega a cincuenta mil pesos, cuando para todo ello la Tesorería no tiene un peso? Al Gobierno le es indiferente sea éste o aquel el arbitrio, con tal que éste llene el objeto.

Desengañémonos: el Pueblo que quiere ser libre tiene en sí recursos con que nunca cuentan los políticos de los Gabinetes. Los españoles comprobaron esta verdad, no perdonando sacrificio alguno para libertarse de los franceses i volver a su antigua esclavitud. ¿Por qué, pues, los chilenos no han de hacer iguales esfuerzos, siendo incomparablemente mas virtuosos i cuando para ellos, entre la libertad i la muerte, no hai un punto medio?

Si V.E., penetrado del estado de nuestra revolucion, les hace presentes (del modo que tenga a bien) las necesidades que nos cercan para conducirla al fin propuesto, no dudo se prestarán gustosos a sobrellevar los sac rificios que V.E. les imponga como necesarios. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, 27 de Marzo de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 520[editar]

Excmo. Señor:

He visto las listas que V.E. me ha pasado para que, segun ellas, haga el reparto i arregle la cuota que cada individuo debe dar. No sé si sea un olvido o tal vez una falta de conocimiento la que ha motivado no poner en ellas porcion de ciudadanos que pueden subvenir a tan justa erogacion. Se miran calles enteras i mui pocos artesanos, siendo éstos unos miembros que deben entrar en la asignacion, como que a una par gozan con todos de los beneficios i franquicias de la Patria. El remedio que encuentro para remediar este mal, es que V.E. nombre un comisionado para que, asociado con el maestro mayor de cada gremio, presente una lista de todos los artesanos con tienda abierta, dividiéndolos en tres clases, para que al respectivo se les pueda calcular un donativo que ni a ellos perjudique i en un tanto llene la suma de mi comision.

Esta dilijencia no la puedo yo evacuar. El negocio principal me quita el tiempo i no me da lugar ni aun para asistir mis intereses. El alcalde de barrio de la calle del Alto del Puerto para arriba puede presentar una lista de todas las casas que existen en una manzana, para que igualmente dentren en el reparto. En lo que toca a los eclesiásticos, yo no puedo entender i V.E. puede informar al señor Gobernador del Obispado para que, en persona o nombrando un comisionado, cumpla en esta parte con sus deberes. El Tribunal de Minería i Consulado ignoro si están exentos de tal contribucion; V E. puede instruirme de esto i de los medios que considere oportunos. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Marzo 27 de 1819. —Antonio Montt. —Excmo. Supremo Senado del Estado.


Núm. 521[editar]

Devuelvo a manos de US. los documentos que me ha pasado para la formacion del proyecto de lei sobre el fuero de Almirantazgo i pautas de presas, que, por comision del Excmo. Senado, he formado, i remito al presente por conducto de US. —Dios guarde a US. muchos años. —Tesorería Jeneral de Santiago, 27 de Marzo de 1819. —Rafael Correa de Saa. —Señor secretario del Supremo Senado.


Núm. 522[editar]

He pasado al Excmo. Senado las observaciones que hace Ud. en su nota de 27 de Marzo, i en su vista ha resuelto que el Ilustre Cabildo, donde se halla la lista de los ciudadanos que no están incluidos en la jeneral que se pasó a Ud., se la remita para que se agregue i tenga presente en el reparto que se está trabajando.

Sobre la contribucion que deben dar los gremiales, se ha decretado comisionando al mismo Cabildo para que, con intervencion de cada maestro mayor, se practique; sin que por esta operacion deba Ud. suspender el cumplimiento i lleno de su comision.

Al señor Gobernador-Intendente se ha oficiado igualmente para que haga pasar por medio del alcalde de barrio del Alto del Puerto una lista de aquellos vecinos, que se agregará a su tiempo, i que Ud. no esperará para cumplir con su comision.

La misma dilijencia se ha practicado con el señor Gobernador del Obispado por lo que respecta a eclesiásticos; con lo que quedan contestadas i satisfechas las advertencias de Ud., que de suprema órden comunico. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Marzo 30 de 1819. —A don Antonio Montt.


Núm. 523[editar]

Tratándose del arreglo de la mensual con tri bucion, se ha menester con urjencia una lista de todas las casas de la calle del Alto del Puerto hasta concluir con las que hai frente del Tajamar i terminan cerca del puente, hácia la parte del oriente i Tajamar arriba; i me ordena el Excmo. Senado le diga a US. que, haciendo comparecer a los alcaldes de barrio a quien correspanda, se sirva prevenirles que prontamente formen la lista que se desea, con la demostracion de las personas que habitan i ocupan esas casas; la que, evacuada, se pasará a la secretaría de mi cargo. Tengo la satisfaccion de comunicar a US. esta resolucion. —Dios guarde a US. —Santiago, Marzo 30 de 1819. —Al señor Intendente don José María Guzman.


Núm. 524[editar]

Para concluir con el arreglo de la lista del mensual que se está organizando, necesita el Excmo. Senado tener a la vista una razon prolija i circunstanciada de los artesanos que se hallan con tiendas públicas, i ha acordado encargar al celo de VV.SS. esta dilijencia, que podrá evacuarse haciendo comparecer a los maestros mayores de los gremios para que den las ideas exactas que se requieren para formar la nómina, que se servirá despachar con la posible brevedad.

De órden de S.E. comunico a VV.SS. esta determinacion. —Dios guarde a VV.SS. muchos años. —Santiago, Marzo 31 de 1819. —A los señores del Ilustre Cabildo.


Núm. 525[editar]

A ejemplo de lo que se observó en el tiempo del Gobierno español i bajo el concepto de la licencia que concedió el Iltmo. Señor Obispo para que el Cabildo secular pensionara a los eclesiásticos con la mensual contribucion señalada a todo vecino, se tomó esta providencia en el año de 1817; en la que fué comisionado el Ayuntamiento para formalizar el reparto mensual, prévio el consentimiento del venerable Dean i Cabildo i la espresa licencia del señor Gobernador del Obispado.

Hoi se necesita reformar la mensualidad, i para esto me ordena S.E. suplique a US. sr. sirva remitir una lista de todo el clero. La seguridad del Estado exije los mayores sacrificios, i solo con ellos podremos afianzar la tranquilidad de todo ciudadano. El clero es igualmente interesado en la felicidad del país i no duda el Excmo. Senado que llevará con placer cualquiera carga, si con ella se evitan peores males. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, Marzo 30 de 1819. —Al señor Gobernador del Obispado, don José Antonio Errázuriz.