Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1819/Sesión del Senado Conservador, en 2 de junio de 1819

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1819)
Sesión del Senado Conservador, en 2 de junio de 1819
SENADO CONSERVADOR
SESION 87, ORDINARIA, EN 2 DE JUNIO DE 1819[1]
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO B. FONTECILLA


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Apercibimiento a los miembros de la Comision Rateadora. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustín
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José María (secretario)

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Gobernador-Intendente de la capital esponc haber decretado la publicacion del bando que fija el plazo de seis dias para reclamar de las cuotas de la contribucion mensual. (Anexo número i. V. sesion del 28 de Mayo ultimo.) [2]
  2. De otro oficio con que el mismo majistrado acompaña una representacion del alcaide de la cárcel, por la cual éste espone que no le es posible vivir con cien pesos menos de sueldo según lo decretado por el Senado, i que en consecuencia, renuncia la alcaidía. (Anexos núms. 2 i 3. V. sesiones de 14. de Enero i 18 de Junio de 1819.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

Oficiar al Gobernador-Intendente de la capital, en ausencia del Supremo Director, encargándole que compela a don Diego Valenzuela i a don Francisco de B. Valdés a concurrir al Consulado con el objeto de que allí, presididos por don Antonio Montt, que los espera, informen acerca de los reclamos contra el rateo; i que en caso de inobediencia, les imponga una multa de quinientos pesos. (Anexo núm. V. sesiones del 27 de Mayo i 4 de Junio de 1819.)


===ACTA===

En la ciudad de Santiago de Chile, a dos dias del mes de Junio de mil ochocientos diezinueve años, estando el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, dispuso se dijera al señor Gobernador-Intendente que, no pudiendo lograrse la reunión de la Comision que prefijó la mensual contribución para que evacuara los informes que le estaban pedidos sobre los recursos entablados por algunos de los pensionados, i que no pudiendo disimularse una inobediencia que tocaba en la raya de escandalosa, era necesario que a los comisionados don Diego Valenzuela i don Francisco Borja Valdés se les obligara a concurrir a la casa del Consulado en donde se había preparado sala i estaba pronto el presidente de la Comision don Antonio Montt; advirtiéndoles que en el caso de no concurrir, se les exijiria irremisiblemente la multa de quinientos pesos. I quedando ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 1[editar]

Excmo. Señor:

Ahora mismo acabo de librar las órdenes convenientes para que sin pérdida de momentos se publique el bando que me previene V. E. en su honorable comunicacion de esta fecha a que contesto. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago i Mayo 28 de 1819. —Excmo. Señor. —- José María de Guzman. — Señores del Excmo. Senado.


Núm. 2[editar]

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V. E. la representacion del alcaide de la cárcel, Juan Sepúlveda, para que en vista de su relato se digne resolver lo que estime conveniente, en el concepto que, a mi entender, realizada la desmembracion de que hace mérito, se le ohliga a sacrificar a los reos que se hallan en la cárcel, como lo han hecho otros, o a aventurar su hombría de bien, cediendo al grave impulso de la necesidad i miseria, que las mas veces suele contrastar la virtud mas bien cimentada. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, 2 de Junio de 1819. —José María de Guzman. —Señores del Excmo. Senado.


Núm. 3[editar]

Señor Gobernador-Intendente:

El alcaide de esta cárcel, Juan Sepúlveda, con el mayor respeto parezco ante V. S., i digo: que se me ha hecho saber por el síndico-mayordomo de ciudad, habérseme hecho, por orden del Excmo. Senado, el escalfo de cien pesos del sueldo de trescientos cincuenta que gozo.

Esta asignacion, que justamente ha creido compatible el Ilustre Ayuntamiento al pesado trabajo que lleva el alcaide, ha subvenido escasamente al sosten de mi persona i familia, con mas tres auxiliares que tengo que pagar para el mejor desempeño de la Casa. Entre éstos se invierte la mayor parte de mi sueldo. Es de una absoluta necesidad el que se mantengan en la Casa, por ser moralmente imposible que se administre por uno solo; de dia en dia se redoblan las tarcas i me es preciso muchas veces quitar las horas al descanso para cumplir exactamente ron mi cargo. Si se me quitan los cien pesos, me veo en la estrechez de perecer para pagar a estos subalternos, o no tenerlos. Si lo primero, no permitirá V. S. se angustie el corazon de un hombre de bien que ha sabido exactamente desempeñar el cargo que se le ha conferido, sin la mas leve nota de su persona; i si lo segundo, quedará del todo abandonada la Casa por los motivos insinuados, a que se agrega el carecer, desde mi ingreso al empleo que obtengo, de las raciones alimenticias que siempre se les ha suministrado a los de mi clase No es posible, señor, permanecer, ni de ningún modo subsistir, con el escalfo de los mencionados cien pesos; por cuyo motivo renuncio del cargo que ejerzo i pido que la justificacion de V. S., con consideración a lo relacionado, se sirva admitírmela i nombrar otro que me subrogue. Por tanto, a V. S. suplico se sirva proveer como estime de justicia. —;Juan Sepúlveda.


Santiago, Junio 2 de 1819. —Elévese esta representación al Excmo. Senado para su superior resolucion, con la correspondiente nota de estilo. —Guzman.


Núm. 4[editar]

A pesar de que el Senado ha oficiado a la Comision que se encargó del arreglo de la lista del mensual para que diariamente se reúnan en una sala que se ha destinado con el objeto de que diariamente ocurran los que la forman, i lo son don Antonio Montt, don Diego Valenzuela i don Borja Valdés, solo Montt ha ocurrido, inútilmente, porque los demás se han escusado al pretesto de enfermedades. Esta escandalosa inobediencia exije tomar una providencia séria, que les haga en tender cuán desagradable es esa comportacion; i para evitar los perjuicios que recibe el erario por esta causa, ha acordado el Senado que V. S. hoi mismo les haga intimar la orden de reunión a Valenzuela i a Valdés, bajo la multa de quinientos pesos que irremisiblemente se les exijirán si el dia de mañana, 3 del que rije, no ocurren a la sala i punto que se les ha designado para despachar los muchos espedientes que hai en esta secretaría, i los memoriales que V. S. haya proveído i provea en el término de los seis dias que señala el bando publicado, advirtiéndoles que solo les servirá de escusa inconveniente justo, probado i calificado de un modo indudable. —Dios guarde a V. S. —Santiago, 2 de Junio de 1819. —Al señor Gobernador-Intendente.


  1. Las sesiones anteriores del año 1819, desde la 1.º a la 86 inclusive, se encuentran en el tomo II de esta publicacion. —(Nota del Recopilador.)
  2. En lo restante de esta Recopilacion, cada vez que se trate de alguna materia de que ya se ha tratado en los Cuerpos Lejisladores o de que se vuelve a tratar mas tarde, se harán, para facilitar la consulta, referencias a la sesion inmediatamente anterior i a la sesión inmediatamente posterior respectivas. Solo por excepcion se alterará esta regla. -(Nota del Recopilador).