Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1821/Sesión del Senado Conservador, en 3 de octubre de 1821

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1821)
Sesión del Senado Conservador, en 3 de octubre de 1821
SENADO CONSERVADOR
SESION 391, ORDINARIA, EN 3 DE OCTUBRE DE 1821
PRESIDENCIA DE DON JUAN AGUSTIN ALCALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Prorrogacion del Gobierno de don Joaquin Vicuña. —Razon de los pueblos de indios de Santiago. —Comunicacion de haberse sancionado varias cartas de ciudadanía. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José María (secretario)

Asiste también el señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. El secretario comunica haber recibido a don Domingo Alvarez de Acevedo el juramento de estilo e instaládolo en el ejercicio de sus funciones de escribiente. (Anexo núm. 460. V. sesion del 22 de Setiembre de 1821.)
  2. De una nota en que el censor de la ciudad de Coquimbo pide al Excmo. Senado que interceda ante el Excelentísimo Supremo Director, para que no acepte la renuncia que don Joaquin Vicuña ha renovado, del cargo de Gobernador-Intendente, o en caso de aceptársela, que nombre en su lugar algún sujeto probo i conciliador. (Anexo núm. 461. V. sesion del 10 de Junio de 1821.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Patrocinar ante el Supremo Director la representacion que el censor de la ciudad de Coquimbo hace para que no se acepte la renuncia de don Joaquin Vicuña, o, para que en caso de aceptársela, se nombre en su lugar algún sujeto probo i conciliador. (Anexos núms. 462 i 463.)
  2. Pedir al Gobernador-Intendente de la capital una razon de los pueblos de indios que en el distrito de Santiago existen, con espresion de las estensiones de terrenos que ocupan i los padres de familia que haya. (Anexo núm. 464. V. sesiones del 10 de Febrero de 1821 i del 18 de Octubre de 1822.)
  3. Comunicar al Supremo Director haberse sancionado las cartas de ciudadanía de don José García Cádiz, de don Francisco Brochero, de don Ildefonso Redondo, de don Andres Castro, de don José Bustamante, de don Bartolomé Aris Navarrete, de don Jorje Putney, de don Vicente Castro, de don José Rufino Perez i de don Antonio Manuel Peña. (Anexo núm. 465.)

ACTA[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Octubre de mil ochocientos veintiún años, reunido el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se leyó la recomendacion del censor de la ciudad de Coquimbo para que S.E. se interesara con el Supremo Director por la continuacion del Intendente, don Joaquin Vicuña, i para que, en el caso de ser inevitable su separacion, recayera el nombramiento en algún individuo de probidad; i mandó S.E. se remitiese al Supremo Gobierno para los efectos que pudiera tener lugar, conciliando la tranquilidad i el beneficio de aquellas provincias, previniendo que, por secretaría, se dijera al censor haberse dado el paso de la pedida recomendacion.

Ordenó S.E. que, por secretaría, se previniera al Gobernador-Intendente de esta capital que, tomando las providencias convenientes, diera una razon exacta de los pueblos de indios que existen en la provincia, con individualidad de los terrenos que ocupan i los padres de familia que, en cada uno de ellos, se conservan, para tomar útiles providencias en favor de esos naturales, recomendando se evacúe la dilijencia a la posible brevedad.

Determinó S.E. que, con relacion del mérito resultante de los espedientes sustanciados sobre varias cartas de ciudadanía, se dijera al Supremo Director haberse sancionado la de don José García Cádiz, de don Francisco Brochero, de don Ildefonso Redondo, la de don Andres Castro, la de don José Bustamante, la de don Bartolomé Aris Navarrete, la de don Jorje Putney, la de don Vicente Castro, la de don Rufino Perez i la de don Antonio Manuel Peña, para que dispusiera el Supremo Gobierno la publicacion en la Ministerial, para la satisfaccion de los interesados. I, evacuadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Villarreal, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 460[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, a tres dias del mes de Octubre de mil ochocientos veintiuno, compareció a esta secretaría de mi cargo don Domingo Alvarez de Acevedo, i, para dar cumplimiento a lo prevenido en el título que precede, prestó el juramento de estilo, protestando cumplir fielmente con el cargo de oficial de esta secretaría, i guardando el sijilo i reserva debidos a su mejor desempeño, firmando conmigo esta dilijencia i quedando tomada razon en el libro que corresponde. —Domingo Alvarez de Acevedo. —Villarreal, secretario.


Núm. 461[1][editar]

Cuando este vecindario estaba trasportado de júbilo i alegría por la ocupacion de la capital del Perú, vino (no sé por qué conducto) a acibarar sus gustos la fúnebre noticia de la remocion de nuestro benemérito Intendente don Joaquin Vicuña. Aseguro a US. que estos pacíficos vecinos, que no piensan mas que en cumplir con sus obligaciones, se dan unos a otros el pésame i se han insinuado con el Ilustre Cabildo a fin de que suplique a S.E., el Supremo Director del Estado, tenga la bondad de continuarlo en el mando de esta provincia; i no contentos con esto se me han abocado para que yo, por mi parte, trate de hacerlo por el conducto de US. con el Excmo. Senado, como censor de esta capital. Yo no dudo que este año ha hecho repetidas renuncias; pero es preciso se sacrifique de algún modo en beneficio de un pueblo que lo ama, ya que la Providencia le ha dado un tino i pulso tales, que seria difícil encontrarlo en las actuales circunstancias, por cuyos poderosos motivos suplico a US. se digne ponerlo en la consideracion del Supremo Poder Lejislativo, para que, como padre de los pueblos, los alivien en sus angustias que les causa el solo pensar se les quita a un gobernante que no habrá quizás habido otro igual en esta provincia por su método, probidad i jenial propio al carácter de estos habitantes.

Por mi parte, intereso a US., esperando tener el gusto se comunique, por mi conducto, alguna esperanza de la estabilidad de este amable señor. Este pueblo está íntimamente persuadido del carácter de US. i de lo mucho que ha hecho por beneficio de él i hé aquí la causa porque me han suplicado no pierda un momento en demostrar a US. este acontecimiento para que, haciéndolo US. presente el Excmo. Senado con su acostumbrada elocuencia, surta los efectos que deseamos, no solo para la quietud jeneral del vecindario sino también para la prosperidad de la provincia. —Dios guarde a US. muchos años. —Serena, Setiembre 18 de 1821. —Gregorio Cordo vez. —Señor Dr. don José María Villarreal, secretario del Excmo. Senado.


Santiago, Octubre 3 de 1821. —Pase al Excmo. Señor Supremo Director con la nota acordada. Alcalde. —Villarreal, secretario.


Núm. 462[editar]

Excmo. Señor:

Por la adjunta nota del censor de la ciudad de Coquimbo, se instruirá V.E. del interes con que se halla aquel pueblo por la continuacion del Intendente don Joaquin Vicuña, o que, en el caso de ser inevitable la aceptacion de su renuncia, se disponga que el nombramiento recaiga en algún individuo de probidad i que concibe los descontentos. El Senado, que no desea otra cosa que el bien del Estado, recomienda a V.E. esta solicitud para los efectos que pueda tener lugar, consultando la tranquilidad i sosiego de aquella provincia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Octubre 3 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 463[editar]

Excmo. Señor:

En el instante mismo que recibí la honorable nota de V.E., la pasé en consideracion del Excmo. Senado, interesándole por el consuelo de ese benemérito pueblo con la continuacion del digno jefe que le gobierna. Tuve la satisfaccion de oir de S.E. las espresiones mas satisfactorias del Ilustre Cabildo de Coquimbo, i del amor patrio que a Ud. anima en una solicitud que solo respira el interes público i la confianza con que el Supremo Gobierno debe descansar en la heroicidad de los que solo aspiran a la conservacion del órden i de la tranquilidad interior. Felizmente se halló presente el señor Ministro de Estado en el departamento de Gobierno i a mas de la recomendación oficial que se pasó al Excmo. Señor Supremo Director, se le habló bocalmente i creo no saldrá frustrada la insinuación. I lo aviso a Ud., de órden de S.E., en contestación de la que tuve el honor de recibir. —Dios guarde a Ud. muchos años. —Santiago, Octubre 4 de 1821. —Al señor Censor de la ciudad de Coquimbo don Gregorio Cordovez.


Núm. 464[editar]

Para objetos interesantes al Estado i para acordar medidas útiles en favor de los indios naturales, ha dispuesto el Excmo. Senado que, por el conducto de US., se dé una razon exacta de los pueblos que hai en el distrito de la capital, puntualizánoose el número de tierras que ocupan i los padres de familia que, de esos mismos indios, se mantienen en ellas, espidiendo las órdenes que estime convenientes para que por los jueces de comision o diputado de justicia de este mismo territorio, se instruya con exactitud cuanto desea saber S.E., sobre los dos anunciados particulares que van espresados; disponiendo que todo se ejecute a la posible brevedad. Tengo el honor de comunicar a US. esta determinación de órden de S.E. —Dios guarde a US. muchos años. —Santiago, Octubre 4 de 1821. —Al señor Gobernador-Intendente de la capital.


Núm. 465[editar]

Excmo. Señor:

Están sancionadas las cartas de ciudadanía de don José García Cádiz, natural de Carácas, por haber probado su decision por la causa de América i sus comprometimientos en honor de ella. La de don Francisco Brochero i la de don Ildefonso Redondo, europeos españoles, por haber acreditado su moderacion, su relijioso manejo i los servicios que han prestado en honor del país i de sus naturales. La del europeo don Andres Castro, por haber acreditado su moderación i por haber convencido que, avecindado en la ciudad de Valdivia, se ha manifestado decidido por la causa de América i por su emancipacion política. La del español don José Bustamante, por haber justificado que, permaneciendo en la jurisdicción de la Intendencia de Trujillo, dió a conocer que, persuadido de la justicia de la causa de América, deseaba con ansia la consolidacion de nuestra proclamada independencia. La de don Bartolomé Aris Navarrete, natural de España i avecindado en esta capital, por haber justificado que, observando la mejor conducta, no ha dado un solo motivo para que se critiquen sus operaciones, apreciando a los chilenos con singular cariño i ganando la estimacion de los mejores ciudadanos. La de don Jorje Putney, natural de Lóndres i avecindado en Valparaíso, por los servicios activos que ha prestado a favor de la causa de América. La de don Vicente Castro, porque detestando la dominacion española, confesando la justicia de la causa de América i haciendo ver su inclinacion a nuestro suelo, ofrece sus servicios por la consolidacion de nuestra recuperada libertad. La del español don Rufino Perez, porque, a mas de haber calificado su bueno i relijioso manejo con la antigua vecindad en el país, comprobó que, por no haber admitido el empleo de prior que le fué conferido en el tiempo del Gobierno español, hizo el lasto de quinientos pesos; i la de don Antonio Manuel Peña, natural de Francia, según el espediente que exhibió, hizo ver que, observando la mejor comportacion, no habia inferido perjuicio alguno a la causa del país, dando a conocer su decision por la libertad de América, con las voluntarias oblaciones que ejecutó en numerario, siendo la una de seiscientos pesos i la otra de doscientos pesos, para ayudar con ellas a la defensa de las armas de la patria i auxiliar al Erario en sus apuros. I, para la satisfaccion de los agraciados, se servirá V.E. prevenir se inserte esta relacion en la Ministerial. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Octubre 5 de 1821. Al Excmo. Señor Supremo Director.


  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Legislaturas, 1820-23, pájina 169 del archivo del Ministerio de la Guerra. (Nota del Recopilador.)