Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1821/Sesión del Senado Conservador, en 8 de marzo de 1821

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1821)
Sesión del Senado Conservador, en 8 de marzo de 1821
SENADO CONSERVADOR
SESION 326, ORDINARIA, EN 8 DE MARZO DE 1821
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PEREZ


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —Comunicacion del senado-consulto sobre juicios de menor cuantía. —Gastos de secretaría. —Clausura del teatro durante la cuaresma. —Acta. —Anexos.

Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José María de
Villarreal José María (secretario)

Asistieron también, citados por orden del Presidente, el superintendente de la Casa de Moneda, el contador i el tesorero.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Supremo Director devuelve informado por el Tribunal del Consulado i por el Ministerio fiscal el proyecto relativo al establecimiento de colonias suizas. (Anexo núm. 101. V . sesiones del 9 de Febrero i 9 de Marzo de 1821.)
  2. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado devuelve informado por el Tribunal del Consulado la solicitud de don Daniel Grinol en demanda de privilejio esclusivo para establecer en nuestras costas la navegacion a vapor. (Anexo núm. 102. V. sesiones del 9 de Febrero i 9 de Marzo de 1821.)
  3. De otro oficio en que el Supremo Director, a solicitud del jeneral Huemes, de Salta, propone al Excmo. Senado mandar a dicho jeneral algún auxilio de guerra con el fin de que sea distraída por aquel lado la atencion del Virrei de Lima mientras nuestro ejército le ataca de frente. (Anexo número 103. V. sesiones del 27 de Octubre de 1820 12 de Marzo de 1821.)
  4. De otro oficio con que el mismo Supremo Majistrado acompaña una planta de la tesorería de Valdivia, proyectada primeramente por el Ministro tesorero, i reformada por el Tribunal Mayor de Cuentas. (Anexo núm. 104. V. sesiones del 3 de Marzo de 1820 i 14 de Marzo de 1821.)
  5. De una citacion hecha por el secretario i por orden del Presidente al superintendente de la Casa de Moneda, al contador i al tesorero para que concurrieran a la sesion de hoi a las once de la mañana. (Anexo núm. 105.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Comunicar al Gobernador-Intendente de Coquinmbo, don Joaquín Vicuña, haberse dictado en la sesion anterior un reglamento sobre la administracion de justicia en los juicios de menor cuentía, i anunciarle que el Supremo Director se lo transcribirá para su cumplimiento. (Anexo núm. 106. V. sesion del 27 de Febrero de 1812.)
  2. Pedir cien pesos para gastos de secretaría i rendir cuenta de la inversion de los cien que se pidieron el 16 de Setiembre del año próximo pasado. (Anexo núm. 107.)
  3. Encargar al Supremo Director que haga clausurar el teatro durante las semanas de cuaresma. (Anexo núm. 108. V. sesiones del 3 de Noviembre de 1820 i 7 de Abril de 1824.)

ACTA[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, a ocho dias del mes de Marzo de mil ochocientos veintiuno, en la sesion ordinaria de este dia, mandó S. E. que, por secretaría, se citara al señor superintendente de la Casa de Moneda, con el contador i tesorero para las once del mismo, con el objeto de realizar la sesion para que fué convocado en dias anteriores, i no tuvo efecto por el quebranto de su salud.

Ordenó S. E. que, por secretaría, se avisara al Gobernador de Coquimbo haber resuelto S. E. el artículo que promovió sobre los recursos de apelacion, de lo que juzgaren los Tenientes-Gobernadores de aquella provincia, advirtiéndole se pondría en su noticia por el conducto del Supremo Director.

Mandó S. E. se hiciera presente al Supremo Director que, para gastos de secretaría, se necesitaban cien pesos por haberse consumido los que se entregaron en Setiembre de 1820, remitiéndose la lista i cuenta de esta inversion.

Mandó S. E . se manifestara al Supremo Director que, siendo el tiempo de cuaresma destinado a los ejercicios mas devotos de nuestra relijion, debia cerrarse el teatro, del modo que se observa en todas las naciones, para no retraer a los fieles de la contemplacion de estos dias de penitencia; teniendo presente que aun los actos sacramentales se habían mandado suspender por los Gobiernos, para evitar que con ellos se ridiculicen las ceremonias de la iglesia, que debe mirarse con la mayor circunspeccion. I, ejecutadas las comunicaciones, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Perez. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Villarreal, secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 101[editar]

Excmo. Señor:

Sustanciado el espediente sobre el establecimiento de colonias suizas en Chile, conforme a lo prevenido por V. E., en nota de 9 del que acaba, tengo la honra de devolverlo, a fin de que, en vista de lo actuado, se digne dictar en la materia la resolucion que estime mas conveniente a los intereses del país, la que se servirá participarme. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Febrero 28 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 102[editar]

Excmo. Señor:

Vuelve a V. E., con el informe del Consulado, el espediente de Daniel Grinol, sobre la solicitud de un privilejio para establecer en nuestros mares la navegación por buques de vapor. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, a 28 de Febrero de 1821. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno. —Excmo. Senado.


Núm. 103[editar]

Excmo. Señor: Habiéndose dirijido el jeneral Huemes desde Salta a este Gobierno, por medio de su representante, en solicitud de auxilios de guerra de que se halla desprovisto para armar su division en perseguimiento del enemigo de América, que marcha a reconcentrarse a Lima, no he podido ménos de congratularme por este acontecimiento que, a mas de ser ventajoso a las operaciones del ejército libertador del Perú, será también mui glorioso a esta naciente República. Reflexionemos.

Si la prosperidad nacional i el reconocimiento de nuestra independencia precisamente dependen de la mas pronta conclusion de la guerra, parece que estamos obligados a propender a su fin, en la imposibilidad de no darse otro medio, avivando las hostilidades de todos modos hasta precisar al enemigo, o a una vergonzosa fuga o a un eterno escarmiento. El jeneral Huemes, armando su division, debe obrar en combinacion con el del ejército libertador, ocupar los puntos que el enemigo al retirarse a Lima va desamparando, apoderarse de la guarnicion i armamento que deje éste en los pueblos que desgraciadamente ha ocupado, i continuar seguidamente sus marchas hasta acercarse a Lima, de modo que el Virrei, en la dificultad de atender a un tiempo a los distintos puntos por donde se le amaga, se verá probablemente obligado o a deponer las armas, o cuando nó, a presentar una accion cuyo resultado debe serle fatal en razon de hallarse entre dos fuegos; miéntras ámbos jenerales, obran simultáneamente, podemos asegurar que están libres de los reveses de las armas. La guerra por este arbitrio va precisamente a terminar mui pronto su duracion, i aun cuando para socorrer al citado jeneral fuese necesario hacer los mayores sacrificios, parece que se compensan ventajosamente con el menor tiempo que debe durar la campaña.

Por otra parte, cuando a Chile, despues de la dilatada guerra que ha sostenido i en medio de los crecidos costos de ese respetable ejército que, a esfuerzos de enerjía, quebranta hoi las cadenas del tirano, conservando en su interior una fuerza considerable, se le ve prodigando recursos en favor de la libertad a pueblos que, así por su distancia como por sus arbitrios i estraña dependencia, no debían pretenderlos de nosotros, no dudo que por solamente este hecho se llevará tras sí los votos aun de los hombres ménos agradecidos, trasmitiéndose su opinion i jenerosidad por todas las naciones del globo.

Partiendo, pues, de estos principios, soi de sentir que, por la gloria de Chile como por el mejor éxito de nuestro ejército libertador, conviene necesariamente auxiliar al referido Huemes, con algún número de fusiles i algunos otros pertrechos de guerra, en proporcion a nuestras circunstancias presentes.

Yo espero que V. E . se digne insinuarme el lugar que mereciese en su alta penetración este mi dictámen, para proceder en consecuencia. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial en Santiago, a 3 de Marzo de 1821. —Bernardo O'Higgins. —José Ignacio Zenteno. —Excmo. Senado de esta República.


Núm. 104[editar]

Excmo. Señor:

Con la debida consideracion, paso a la decision de V. E. la planta de la Tesorería de Valdivia que remitió por el conducto de su gobernador, el ministros tesorero, i sobre cuyo informe formó otra el Tribunal Mayor de Cuentas mas conforme a oficina, al buen servicio i a la seguridad de los ramos fiscales.

Las circunstancias de aquella plaza recien libertada, sus pocas tropas i ningún comercio solo pudieron reunir en un solo ministro tesorero todo el mecanismo i responsabilidad de una tesorería, aduana, correos i del ramo de tabacos que va a recaer por el estanco; mas, ya se toca la necesidad de darle la planta de ordenanza. Tres mil novecientos seis pesos cinco reales se gastaban en tiempo de la esclavitud; i el Tribunal de Cuentas manifiesta un ahorro de 306 pesos cinco reales, bien que deja al oficial primero, en quien por lo regular recae todo el peso con solo los quinientos pesos que disfrutaba cuando la abundancia hacia ménos costoso el alimento, i quita también cincuenta pesos de los gastos de oficina. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial, Marzo 6 de 1821. —Bernardo O'Higgins. —Dr. José Antonio Rodríguez. —Excmo. Senado.


Núm. 105[editar]

Por no haberse reunido el Excmo. Senado el dia de ayer, no tuve la satisfaccion de contestar a la honorable nota de US., la que comunicada al señor Presidente, me ha prevenido le manifieste que, si lo permite el estado de salud de US., se sirva asistir a la sala del despacho de S. E. a las once del dia de hoi con los señores contador i tesorero, para acordar con su dictámen un negocio interesante a la salud del Estado. Tengo el honor de avisarlo a US., de orden de S. E. —Dios guarde a US. —Santiago, Marzo 8 de 1821. —Al señor Superintendente de la Casa de Moneda.


Núm. 106[editar]

A la consulta de US., de veintidós del inmediato pasado Febrero, sobre el modo de sustanciar los recursos de apelacion de las resoluciones de los Tenientes Gobernadores i alcaldes de partidos de la provincia de su mando, oido el dictámen fiscal, hizo el Excmo. Senado varias declaraciones que, pasadas al Excmo. Señor Supremo Director, me ha prevenido S. E. se lo avise a US. para que espere la comunicacion del Supremo Gobierno. Tengo la satisfaccion de avisarlo a US. para su conocimiento. —Dios guarde a US.—Santiago, Marzo 8 de 1821. —Al señor Gobernador Intendente de Coquimbo.


Núm. 107[editar]

Excmo. Señor:

Desde el dieziseis de Setiembre de mil ocho cientos veinte, en que se entregaron cien pesos para gastos de secretaría, está hecha la inversion que resulta de la adjunta lista; i para el gasto posterior se servirá V. E. prevenir a los Ministros de la Tesorería Jeneral, entreguen cien pesos al secretario don José María Villarreal. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Marzo 8 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 108[editar]

Excmo. Señor:

El tiempo de cuaresma, destinado a los ejercicios mas devotos de nuestra relijion, se han cerrado siempre i en todas partes los teatros. Aquellas reuniones i diversiones no son compatibles con las conmemoraciones de la iglesia a que son llamados los fieles en estos dias de penitencia. Si alguna vez se han permitido i espuesto al público actos sacramentales como mas análogos a las circunstancias, se han visto precisados los Gobiernos a prohibirlos, como que se ridiculizaban en ellos unas ceremonias que deben mirarse con el mayor respeto i circunspeccion. Por esto el Senado es de opinion que ninguna comedia o acto, sea cual fuere, se represente durante la cuaresma, i que V. E. dé las órdenes convenientes a fin de que se suspenda el convite que se ha hecho. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Marzo 8 de 1821. —Al Excmo. Señor Supremo Director.