Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1825/Sesión de la Asamblea de Diputados de Santiago, en 12 de setiembre de 1825

De Wikisource, la biblioteca libre.
Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1825)
Sesión de la Asamblea de Diputados de Santiago, en 12 de setiembre de 1825
ASAMBLEA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO
SESION 7.ª, PREPARATORIA, EN 12 DE SETIEMBRE DE 1825
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Aprobacion del acta de la sesion precedente.—Nombramiento de redactor. —Minuta de la comunicacion de ciertos acuerdos al Supremo Director. —Reclutamientos indebidos. —Nombramiento de una comision. —Acta.

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Proveer en la presente sesion el puesto de redactor de sesiones, (V. sesiones del 6 i del 13.)
  2. Aprobar i remitir al Ejecutivo la minuta de la comunicacion de los acuerdos celebrados para instalar el Congreso e invitar a las provincias de Concepcion i Coquimbo a que se hagan representar en él. (Va inserta en el cuerpo de la sesion. V. sesiones del 10 i del 13.)
  3. Mandar que se ponga en libertad a los reclutas, aun a los vagos i criminales, que se recojieron el dia de ayer, salvo aquellos que quieran servir en el ejército, i nombrar una comision compuesta de los señores Elizondo, Ovalle don José Antonio, i Echeverría para que comunique al Gobierno esta resolucion i la de suspender los reclutamientos en todo el Estado. (V. sesion del 17 de Julio de 1826.)

ACTA[1][editar]

Se abrió con asistencia de los señores Albano, Bilbao, Cienfuegos, Eyzaguirre don Domingo, Egaña, Elizondo, Echeverría, Guzmán, Gandarillas, Infante, Lazo, Marín, Ovalle don José Antonio, Rodríguez, Rozas, Silva, Uribe i Zañartu.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente. El señor Infante indicó a la Sala se nombrase en el dia redactor para que estractase las sesiones o a mas tardar en el siguiente, i se acordó así.

Leyóse la nota dirijida al Ejecutivo para anunciarle el dia de la instalacion, acompañándole el ceremonial que habia acordado la Sala, i las comunicaciones dirijidas por el Congreso a Concepcion i Coquimbo, i fué aprobada; en virtud de lo que se remitió; pero el señor Infante pidió se salvase su voto i estampase en el acta a virtud de tener todo esto desaprobado.

El mismo señor Infante indicó a la Sala la medida escandalosa del dia anterior sobre las reclutas que se hicieron con varias partidas de la tropa; que los excesos cometidos i las violencias causadas en tantos individuos llamaba la atencion de la Sala para poner atajo a tantos males. Puesto en consideracion del Congreso, se discutió largamente este punto, i ántes de su decision los señores Zañartu i Egaña dijeron debia reservarse este asunto para tratarlo con preferencia despues de la instalacion del Congreso, sobre lo que hubo varios debates, i puesta la proposicion en votacion se resolvió por quince votos contra tres deber tratarse ántes de la instalacion. En seguida, i despues de haber sido declarado por bastante discutido, se preguntó si se anunciaba al Ejecutivo acerca de que se pusiese en libertad a los reclutados, a excepcion de los que quisiesen quedarse, como era el parecer de la Sala, o se nombraba una comision; i habiendo sacado ambas proposiciones igualdad de sufrajios, se procedió a segunda votacion, i entónces la mayoría se decidió por que se mandase la comision, i el señor Presidente nombró para ella los señores diputados don Diego Antonio Elizondo, don José Antonio OvalleJosé Antonio Ovalle i don Juan José Echeverría, quienes, instruidos de todo lo que se habia acordado, debian esponerlo al Ejecutivo, suspendiendo a mas hacer reclutas tanto en esta ciudad como en los pueblos de afuera. Entónces el señor Egaña espuso que no podia privarse de esta facultad al Director, i que asimismo los vagos i criminales no debian ser puestos en libertad; i discutido este nuevo punto, se trajo a votacion, i resultó la jeneralidad contra dos votos solamente, porque a todos debia ponérseles en libertad; con lo que marchó la comision, quedando el Congreso esperándola en su Sala. Vuelta ésta, espuso el allanamiento que prestó el Ejecutivo a las resoluciones que se le manifestaron, i que de aquéllos que quedase en la tropa, mandaria una lista al Congreso para, si éste tenia a bien echarlos tambien fuera, verificarlo; con lo que se concluyó la sesión, señalándose para la siguiente el nombramiento de redactor i arreglo de Secretaría. —Cienfuegos. —Silva, secretario.


Se leyó la minuta del oficio que dice así:

"Cumpliendo con las convocatorias directoriales para el Congreso jeneral, se halla reunida la mayoría de los representantes de la Nacion, citados legalmente los demas, i cumplido el término designado para su reunión. Por consiguiente, el Congreso Nacional está formalmente constituido. Pero la Sala de Representantes ha resuelto suspender por ahora el ejercicio de las funciones lejislativas nacionales, que no sean preparatorias o estremamente urjentísimas hasta invitar nuevamente a sus hermanos de Concepcion i Coquimbo, de cuyas fraternales disposiciones puede asegurarse con satisfactorios i recientes motivos. Entretanto se ocuparán de lo económico i municipal de la provincia de Santiago (cuya representacion se halla completa), procediendo así en las funciones provinciales, como en cualesquiera nacionales, de un modo provisorio i absolutamente sujeto a la reforma i deliberacion del Congreso Nacional si, como seguramente espera, se integra con la representacion de las provincias invitadas.

"Siendo tan necesario i urjente anunciar a la Europa, a los Estados vecinos i a nuestros hermanos, que la Nacion está constituida en Congreso, ha señalado la Sala para la solemnidad de su instalacion el dia 14 del presente mes, a cuyo efecto acompaña a V. E. la instruccion que ha sancionado del ceremonial relijioso i civil que debe decorar su inauguracion.

"La Sala de Representantes acompaña igualmente a V. E. copia del oficio invitatorio, remitido a las provincias, en donde mas detalladamente podrá reconocer V. E. sus intenciones, el carácter de sus funciones i sus conatos para conservar la unidad ejecutiva i lejislativa de la República, i el ejercicio legal de las atribuciones directoriales.

"Con este motivo, el Presidente ofrece a V. E. sus mas respetuosos sentimientos de consideracion i aprecio."

El señor Presidente. —¿Parece a UUSS. ese oficio conforme con las determinaciones de este Cuerpo?

El señor Infante. —Yo he salvado mi voto en cuanto al reglamento ceremonial, por creer inoportunas esas ceremonias, no estando reunido el Congreso, i por consiguiente, desapruebo todas las incidencias, entre las cuales se comprende ese oficio. No obstante, pregunto: ¿a nombre de quién se remite?

El señor Egaña. —A nombre del Presidente.

El señor Infante. —Bien; yo quiero hacer una observacion en honor del Cuerpo. Esa espresion que dice: "Yo ofrezco a V. E. mis respetuosos sentimientos," es poco decorosa en una lejislatura. ¿Hasta cuándo se quiere degradar la Representacion de los pueblos? Ménos humillante seria usarla fórmula antigua: "Dios guarde a V. E ., etc." Ya que no se quiere usar la que es propia de estos Cuerpos: tal, por ejemplo: Tendrálo entendido el Poder Ejecutivo, etc. [2]

Se mandó variar estas espresiones; i en seguida se propuso por el señor Egaña a la Sala que entrase en el arreglo de Secretaría i de taquígrafos.

El señor Infante. —Oportuno es hablar de Secretaría i taquigrafía; pero creo que otro asunto mas grave debe llamar con preferencia la atencion de la Sala.

Anoche, el pueblo de Santiago se ha visto en la mayor consternacion por los atentados de la tropa. Esta ha cometido los mayores abusos, ha escalado las paredes, se ha introducido a las casas, ha cometido toda clase de excesos para reclutar hasta los domésticos. Se me ofrecen dos observaciones que hacer sobre esto. Primera ¿cuál es el objeto de esta recluta? ¿Hai algun enemigo que nos amague? ¿Hai alguna espedicion que hacer? I si es así, ¿por qué no se avisa al Cuerpo Lejislativo?

¿Puede el Ejecutivo mandar hacer estas reclutas sin consultarlo ántes a esta Representacion? En una de las sesiones anteriores en que se habló en la Sala sobre si el Ejecutivo podria deliberar en los asuntos jenerales, se contestó que esto debia quedar paralizado hasta la reunion del Congreso. Yo pregunté entónces si podia espedicionarse a Chiloé; se me dijo que nó. Prescindo ahora de si sea o no conveniente esa espedicion; si ha de hacerse, el Poder Ejecutivo ha podido consultar a este Cuerpo. De otro modo, si a este pretesto se aumenta la fuerza armada ¿cómo podremos responder a nuestros comitentes del peligro en que ella nos pone? Si el Gobierno es árbitro para crear tropas de línea hasta el número que quiera ¿cuál es el garante de la seguridad pública? ¿Ocurriremos a las bondades personales del gobernante? El Cuerpo Lejislativo debia tomar providencias para que el Director entendiese que no está a su voluntad aumentar la fuerza armada sin consentimiento de la Lejislatura; i sobre todo esos individuos a quienes se les recluta ¿no son nuestros representados? no son habitantes de la provincia de Santiago? ¿I cómo toleramos que se les arrastre a los cuarteles, sufriendo las mayores vejaciones de la tropa? ¿Dónde está la seguridad individual? Podrá creerse que la hai cuando se escalan i se violan las casas de los ciudadanos? Señor, yo creo que los gobiernos mas absolutos no abusan con tanto descaro de su poder para hollar la opinion pública. Yo me he venido consternado a la Sala, habiendo sido sorprendido en mi tránsito, por el cuartel de San Agustin, con la espectacion de las escenas mas tristes. He visto las madres llorando por sus hijos, las esposas reclamando sus esposos. Si viésemos aprehender un ciudadano de los que se llaman de la nobleza i de distincion, entónces nos alarmaríamos, entónces diríamos que eran ataques a la seguridad pública. ¿I la clase miserable no merece tanta mas proteccion cuanto es mas desvalida?

Opino, pues, que la Sala debe entrar en la indagacion de este suceso para saber el objeto con que se aumenta el ejército, i con este conocimiento espedir las providencias convenientes. Señor, ¿hasta cuándo se verán impunes los que abusan del poder i atacan la seguridad individual?

El señor Zañartu. —Es para mí muí laudable el celo del señor diputado. Yo creo que el Gobierno no es libre para hacer tales reclutas. El pueblo que ve el espectáculo de hombres llevados a los cuarteles con violencia, se ha escandalizado.

Solo me ocurre que, para tornar esta materia en consideracion, aun no estamos constituidos, i yo opino que esas observaciones deben tener lugar con preferencia a los demas asuntos luego que se instale el Cuerpo.

El señor Echeverría. —Me parece que es uno de los asuntos que, con el mayor calor, debe discutir la Sala; i tan grave, que no debe esperarse su instalacion para tratarlo. Diariamente vemos que aun aquéllos que no están autorizados de jueces en la República, están autorizados para contener un abuso, i aun para aprehender infraganti; i seria mui estraño, cuando la Representacion Nacional está reunida, no tomase a su cargo el reprimir tales abusos, i fuese entónces cuando los individuos pudieran contar ménos con su seguridad. Todos, todos han estado siempre decididos por que se respeten las garantías.

Aun se ha dicho que no estamos constituidos para tratar de esta materia; pero, sin embargo, el mismo Poder Ejecutivo, a pesar que no estamos constituidos, ha tenido a bien hacer saber a la Sala algunos asuntos de importancia. ¿I seria estraño al Poder Ejecutivo que este Cuerpo, ántes de su instalacion, le haga ver los abusos que se han cometido? Acaso no habrá un medio que se oponga a tan violenta medida; ni habria uno que no se sintiese agraviado, si sus representantes no reclamasen este atentado.

Últimamente, jamas ha habido un cuerpo lejislativo que se convenga con el desórden de estas reclutas, porque se ataca directamente la seguridad de los ciudadanos, cuando los toma violentamente una fuerza a que no pueden resistir. Me parece que seríamos los mas execrables si no tomásemos medidas que contuviesen violencias tan grandes. No podremos ahora tomar medidas para arreglar los casos en que deban hacerse las reclutas i como deben ser; pero sí podremos hacer ver al Gobierno lo estraño que ha sido a este Cuerpo la recluta, i que se tome a un hombre, miéntras la Sala no se imponga de los motivos.

El señor Zañartu. —Yo he dicho que para mí el acto ha sido tan violento, que lo califico como el mas tirano; pero yo pregunto al señor preopinante: ese oficio ¿es de mediación o es una lei? Como lei, no puede ser, porque no estamos constituidos; por mediación, tal vez seria desairar a la Sala.

El señor Echeverría. —Si viéramos un atentado contra los primeros ciudadanos o contra los mas miserables, que despues no pudiera remediarse, no habria nada de estraño que reclamásemos; i cualquier hombre lo pudiera hacer; i así he dicho que uno sin ser juez, en el momento que ve un delito infraganti, la razon le dicta el contenerlo. ¿I se duda que la primera autoridad, por esa materialidad, por esa ceremonia de no estar instalada, pueda contener un atentado tan público? Mucho mas empeño debe tomar viendo a esta tercera clase, que casi no tiene recurso para reclamar, i que solamente de este Cuerpo espera su seguridad i libertad. La Representacion Nacional seria responsable a todas las clases del Estado, si ahora no tomase providencias; i seria buena disculpa que porque no se habia dicho la misa de gracias (Risa en la barra), i no se habia prestado el juramento, no nos habíamos creido autorizados para tomar parte e interes en este asunto.

El señor Zañartu. —Desharé una equivocacion. El señor preopinante dice que la instalacion se reduce a la misa de gracias; esto consiste en la posesion que se toma del empleo, porque un juez que no la ha tomado no puede actuar como juez.

El señor Lazo —Desde que los pueblos nos han elejido sus representantes, ya debemos sostener sus derechos, sea en el acto que sea, i yo protesto que si solo fuera representante de Santiago, como tal mandaría que se suspendiese esa recluta porque ¿qué se ha hecho? Se ha atacado la libertad de un país libre. ¿I cómo se tolera esto? Los excesos son inauditos; se han sacado los criados de las casas; ha habido heridos i muertos. Esto me han informado. ¿I qué dia se ha hecho ésto? No en dia que se pueden tomar los vagos; en un dia de fiesta, en que el hombre laborioso se entrega al descanso i se confunde con el vago.

Ya nosotros hemos tomado la posesion del empleo i seremos malos representantes si no ponemos un remedio a estos males; de consiguiente, estamos en el caso que se mande poner en libertad a todos los que hasta aquí se hayan tomado. Señor, ni aun en tiempo de la opresion de los españoles se veia esto, pues se ponia una bandera en la plaza para alistar de soldado al que se presentase; i ya que se hacian las reclutas ¿por qué no se esperó otro dia en que se conozca cuáles son verdaderamente vagos? Que ni aun esto debia hacerse sin autoridad de la Sala; pero hubiera sido ménos mal.

El señor Marín. —Protejer la seguridad individual, la libertad; protejer la porcion mas privilejiada, es decir, el pobre i desvalido, es una de las funciones mas augustas de un cuerpo soberano. Yo estoi en la intelijencia que los desórdenes han tocado los estreñios, que son mas allá de lo que ha espuesto el señor preopinante.

Hoi ha estado en casa el señor Barainca, i me ha asegurado que uno de sus sirvientes ha sido muerto, pues a mas de una feroz estocada que le dieron, la jente de a caballo pasó por sobre él. Las garantías personales no las forman las prendas i personas, cuanto mas que un déspota jamas reconoce clase ni persona en que verificar sus tiranías; i no por ser de oro las cadenas con que Aureliano ató a la princesa Cenobia, dejaron de ser cadenas.

Por otra parte, yo convengo en que el Cuerpo no está instalado; pero también es preciso convenir que, entretanto, el Poder Ejecutivo no puede tomar semejantes medidas sin consentimiento del Congreso o sea de la Asamblea Provincial; pues se trata de disponer de los sujetos de la provincia, a quienes nosotros representamos. ¿Qué importa que se le diga por ahora, que debiendo la Sala ocuparse de este negocio, i que no pudiendo él hacerlo sin permiso de la Sala, por ahora suspenda todas esas medidas, si puede continuar haciendo las mismas reclutas, o al ménos retener los que han sido prendidos? A don Estanislao Portales ayer le han sacado los criados de su misma casa; su yerno fué herido; i hoi mismo parece trataba de dirijir una representacion, no sé si al Gobierno o a este Cuerpo.

En consecuencia de lo dicho, me parece que no es importuno sino conveniente que se avise al Ejecutivo para que suspenda todo aumento de tropa?, espediciones, etc., etc.

El señor Eyzaguirre, don Domingo. —El Director Supremo ¿es árbitro de tomar esta medida por lei o nó? ¿La Constitucion que se dijo que se observase en lo planteado ¿se ha derogado en esta parte? Si no está derogada, parece que ha incidido; i por eso se le debe poner la nota que le corresponde.

El señor Elizondo. —Señor, no hai que dudar que la Constitucion ha estado planteada en órden a las garantías, porque jamas se puede creer que los ciudadanos perdiesen aquellas seguridades que se merecen; como tampoco tiene duda que el Supremo Director no puede hacer estas reclutas. La única dificultad que se ha puesto es no estar instalado el Cuerpo; la instalacion jamas la he creido como aquella colacion o posesion, de una cosa ni que imprime carácter. Yo creo que la instalacion de un cuerpo no es mas que poner en público sus funciones; i creo que desde el momento que se reune la Nacion tiene autoridad para todo. No se han hecho esas ceremonias solemnes; pero en el momento que está reunida i en un dia prefijado como el que se avisó, me parece que no tiene obstáculo para formar una lei; i mucho mas, como se ha dicho, infraganti, cualquiera tiene autoridad para contener un delito; i cómo no la tendrá el Congreso?

Así, opino i es mi dictámen que se oficie, o mas bien que se nombre una comision que haga ver al señor Director las extorsiones que ha sufrido el pueblo i las justísimas quejas que tiene; éste es mi dictámen.

El señor Infante. —He oido con placer la conformidad que ha habido en la Sala en cuanto a calificar de atentado el de la recluta; solo se ha puesto la dificultad de que el Congreso aun no está instalado. El diputado que la propone conoce el mal, cree necesario el remedio; pero dice que debe diferirse; de consiguiente, debemos esperar a que el mal se consume i que el remedio se ponga cuando aquél sea irreparable. Esto me parece una sutileza escolástica. La Nacion, se dice, está reunida aquí, supuesto que se ha declarado Representacion Nacional. I la Nacion ¿necesita de ceremonias para comenzar a funcionar, i mucho mas cuando la urjencia del caso lo exije? Señor, ¿hasta cuándo hemos de ver al soldado correr tras del ciudadano para conducirlo a los cuarteles? Esos soldados mismos estienden por su parte los abusos en que se les ocupa; como en este caso al que les da dos o cuatro reales le dan libertad, pero el pobre, el que no tiene qué darles, es conducido a la esclavitud i a los cuarteles. Yo creo que, procediendo con justicia, este Cuerpo debe resolutiva mente acordar que la autoridad que haya hecho la recluta, sea el Director o cualquiera otra, ponga en libertad inmediatamente a todos los individuos que se hayan tomado, a no ser los que voluntariamente quieran permanecer en los cuarteles. Yo no sé si cumpliríamos con nuestros deberes si dijéramos solamente que se suspendiese la recluta. ¿I cómo quedaban los que han sido violados?

Este Cuerpo indague por quién ha sido dada esta órden; descubramos quiénes han sido los que han irrogado esas violencias a los ciudadanos, i entónces no sé que pueda dejar impunes a los que han cometido esos daños.

El señor Marín. —Cuando he dicho que se suspendan las reclutas, quise decir algo mas; quise decir que, a los que se hubiese reclutado, se les pusiese en libertad. Los excesos de la tropa son manifiestos; desde alguna época acá se han cometido por ella atentados bastante escandalosos. Un vecino, cuya propiedad invadieron varios oficiales de Santo Domingo, en el solo hecho de advertirles lo que hacian, lo hirieron i lo tuvieron mas de quince dias preso; fueron inútiles los reclamos que hizo, i en satisfaccion del perjuicio que habia recibido, solo consiguió que se le pusiese en libertad. Una señorita de las principales debió haber sido violada en un cuartel si su robustez natural no la hubiese defendido; todo esto ha quedado sin satisfaccion. El año pasado un teniente mató a un jóven que queria casarse con una chica; a ésta le dió un vahido i, despues de acudirla, continuaron su camino el jóven i la madre; i por no haberle cedido la vereda sacó el sable i lo atravesó. Si estas cosas se miran con indiferencia, no sé que suceda.

La propuesta que hace el señor Elizondo sobre que se mande una comision por el Congreso, parece que podrá conciliario todo. Aun cuando la órden haya emanado del Director, yo no creo que haya sido con tanto rigor, cualesquiera que hayan sido las circunstancias.

El señor Rozas. —Todo sér que tiene una alma i sentidos, debe conmoverse a la vista de los espectáculos que ha reclamado el señor Infante, i que hemos presenciado todos la tarde de ayer. La Sala está penetrada que debe tomarse alguna medida pronta i eficaz para que no se repitan excesos que atacan la seguridad i la libertad de los ciudadanos.

Un señor diputado ha propuesto la duda de si podremos hacer esto ántes de constituirnos legalmente. Yo creo que lo estamos i que así lo hemos decidido, i que la misma autoridad suprema ha prestado su reconocimiento, oficiándonos en clase de un cuerpo constituido. Debemos hacerle presente cuán escandalosos nos han sido los excesos de ayer; en el modo, si es que esto debia practicarse, que es en lo que encuentro alguna dificultad, porque estoi persuadido que estos escándalos no son emanados de la autoridad suprema, sino de la licencia con que proceden las tropas, i de la impunidad escandalosa de estos mismos excesos en muchas ocasiones i aun mas de las que ha espuesto el señor preopinante.

Yo creo, pues, que si hubiésemos de oficiar al Poder Ejecutivo como corresponde, entraríamos en contestaciones que acaso serán sensibles por su trascendencia. El arbitrio que propone el señor Elizondo me parece mas sagaz, i que tambien proporcionará los fines que todos apetecemos.

El señor Egaña. —Yo estoi estremadamente conmovido por lo de ayer, pero reservo mi modo de pensar para otra ocasion en que nos hallemos. Por ahora, prescindo también sobre si estamos en estado de declarar que se suspenda o no se suspenda la recluta (que yo creo que ya no seguirá i se suspenderá); mas, lo que me contiene i lo que pido que observe la Sala, es que la presente cuestion es: si se han quebrado las garantías individuales, sin entrar a investigar el objeto de estas reclutas. Suponiendo, pues, que este negocio de reclutas es árduo, i por consiguiente, ha de ocuparnos muchos dias, la Sala podrá acordar que lo reservásemos para el primer asunto despues de la instalacion, i que por ahora se tomase alguna corta providencia para anunciar al señor Director que no continúe la recluta; aunque él tiene una facultad particular de reclutar, si solo se trata de integrar los cuerpos en el pié en que estaban, porque el Cuerpo Lejislativo todavia no ha señalado el número de la fuerza armada. Yo seria, pues, de opinion que por ahora no se hiciese una novedad; que se instale el Congreso i que sea el primer negocio que trate.

El señor Ovalle, don José Antonio. —Como Congreso, la Sala ha dirijido sus comunicaciones a las provincias, como Congreso se ha comunicado con el Director, i como tal lo ha reconocido el Gobierno. La Sala observa ahora una de las primeras leyes infrinjidas i la lei autoriza a cualquier hombre a proceder contra el infractor. Ya no es primera ocasion, señor, que se vé; el otro dia, para trabajar a Maipú, se tomaron quinientos hombres, que se tomaron a la arbitrariedad del soldado, i se hizo el comercio mas escandaloso de su libertad. Me han asegurado personas que han estado con los Ministros, que éstos nada saben. Esa lei i toda la Constitucion vijente autoriza a cualquiera a proceder contra los infractores: esta lei aparece ahora infrinjida en su parte mas sólida, ¿i la Sala espera para poner remedio a esta infraccion el instalarse solemnemente? ¿Por qué no lo ha esperado para comunicarse con las provincias? Tampoco opino por comision. A las Co misiones se contesta lo que se quiere; i por condescendientes o demasiado acalorados los que las componen, nada sacan; eso de que haya papeles i papeles; que los haya. Se verá quién tiene razon.

El señor Zañartu. —Yo he propuesto con el carácter de escrúpulo la cuestion, i los señores han calificado de sutileza una cosa que no han disuelto con razones bastante sólidas. Dicen los señores que nos hemos declarado Congreso, es decir dispuestos a instalarnos; nada de esto tiene una relacion con la cuestion presente, en que debe ir un acto imperante de parte del Congreso. He dicho que acaso nadie está tan conmovido como yo de los atentados cometidos ayer; por consiguiente, si la Sala quiere i decide lo contrario, con gusto me someteré a su resolucion i suscribiré.

El señor Infante. —Se ha dicho por uno de los señores preopinantes que debe prescindirse por ahora de la cuestion de si el Congreso ántes de instalarse puede ocuparse de este punto, o nó; i que, siendo dudoso, puede diferirse hasta la instalacion del Congreso. Señor, la Sala ha deliberado que haya luminarias, salvas etc. ántes de que se reunan los diputados de las provincias, i no ha diferido para entónces estas solemnidades; mas, para enjugar las lágrimas de la infeliz madre i la infeliz esposa ¡se quiere diferir!!

El Director (ha dicho, el mismo preopinante) tiene autoridad para hacer reclutas, i dice que para integrar los cuerpos han sido formadas arbitrariamente. ¿Hai, pues, alguna lei vijente que prescriba el reclutaje? I sobre todo, nosotros esperamos a que el Congreso se instale, i el Director, que sabe que dentro de dos dias se instala i que no ha sido para contener esa resolucion ¿continuará reclutando?

Me opongo a la indicacion que ha hecho un señor diputado sobre que vaya una comision. El Cuerpo Lejislativo jamas debe entenderse con el Ejecutivo por comisiones; es degradarse. Un diputado es parte de la Soberanía, i un gobernante es un oficial de la República. A mas de que esto se reducirá a palabras que se evaporarán en el gabinete. El Cuerpo nada debe tener reservado, todo debe ser público; i al efecto, la órden debe ser que todos se pongan en libertad, a excepcion de los que quieran voluntariamente quedar en los cuarteles. Si la seguridad individual ha sido atacada, ¿cómo se satisface a ella sino restituyendo a su libertad a todos los que se han aprisionado? A esto contraigo mi proposicion e igualmente a exijir que el Director diga quién ha sido el que ha dado esa órden.

No tomando otro señor la palabra, se votó la siguiente proposicion: ¿Se resuelve este asunto ántes de la instalacion del Congreso? Se acordó por la afirmativa. En seguida se puso en votacion la siguiente: El Congreso ¿se entiende sobre este asunto con el Director por oficio o por una comision? Primeramente salió empalada la votacion; pero repitiéndose, se acordó por el segundo miembro de la proposicion.

Se nombró para la comision a los señores Ovalle (don José Antonio), Echeverría i Elizondo.

Entrando en discusion qué cosas deberian esponerse por la comision al Gobierno, el señor Infante dijo:

Es un principio incontestable que el que ha sido despojado debe ser restituido. Es tan cierto este principio que si un ladrón ha sido despojado por otro de alguna cosa, a ese ladrón se le manda restituir. Se dice que los vagos i criminales pueden quedar en los cuarteles. ; Excelente jente para sostener la Patria! Uno de los señores ha dicho que no hai lei en el dia; pero aun cuando no la haya, ¿no hai un cuerpo lejislativo? ¿I cómo se autoriza esa práctica opresora, esa práctica inicua, que la circunstancia de no haber lei jamas podrá justificar? Mi opinion es que a todos se liberte, no, como se ha dicho, que se exceptúen los que son vagos, porque esto seria abrir las las puertas a la arbitrariedad.

El señor Egaña. —Yo no discuto ahora sobre la justicia o injusticia del hecho; discuto sí sobre lo que se funda. Nadie está despojado si no hai una lei que le asegure aquello; i mucho ménos cuando la seguridad i defensa del Estado lo exije, lei fundamental de la naturaleza; de consiguiente ni se le ha despojado de su libertad, porque todos están obligados a defender su Patria, cuando los llama el que está a cargo del Gobierno. Él ha llamado a esos, i de consiguiente, lo único que aquí hai es abuso en el modo, i ese abuso es el que se debe reformar. En los casos ordinarios las reclutas deben hacerse sobre hombres que no hagan gran falta doméstica; i sobre todo ¿qué es lo que vamos hacer? A impedir enteramente las reclutas, fundados en una sutileza, cuyo fundamento es el de no haber un reglamento de reclutas; pero ésta ha sido la práctica en Chile desde el principio de la revolucion; i en ninguna parte se hacen con mas moderacion que entre nosotros, pues es mucho mas duro en otros países, en donde los ciudadanos mas preciosos se sortean.

En Francia lo eran sin distincion, i únicamente se miraba a su edad. Todas las leyes de reclutas son durísimas en todos los países, i mui suaves en este país. Si se dijese al Director que no reclutase, no teniendo con que reemplazar los cuerpos, se concluiria la fuerza por las continuas deserciones que hacen; lo que debemos decir es que se ha faltado en el modo de hacerlas; pero no que absolutamente no se hagan.

El señor Infante. —No hai una lei (se ha asentado) que garantice la libertad del ciudadano.

El señor Egaña. —Nó, señor; eso no es lo que digo.

El señor Infante. —Pero ha dicho que no hai una lei que asegure al ciudadano que no será llevado a un cuartel. ¿Con que se puede reclutar libremente por el Poder Ejecutivo? El señor Egaña. —Tampoco, señor, es lo que he dicho.

El señor Infante. —Pero, señor; la proposicion de US. está fundada en esto: que si se impide al Poder Ejecutivo el tomar reclutas se acabará el ejército; ¿pero no será preciso i necesario que el Director Supremo pida a la Lejislatura que está presente una lei que le determine esa facultad?

La Sala acordó que la comision exijiese del Director Supremo que se pusiese en libertad a todos i se dirijió la comision. De vuelta, el señor Elizondo dijo:

Hemos estado con el Director; se le han espuesto los informes que tiene la Sala sobre el procedimiento en la recluta; se le ha espuesto tambien que quiere la Sala se ponga en libertad a todos. Dice que esto no ha estado de su parte; que está contristado de la falta de órden con que se ha hecho; que ántes que el Congreso le haya insinuado, ha dado órden para que salgan todos los hombres que son ocupados, i asegura en prueba de esto, que en el cuartel de San Pablo había mas de doscientos i solo han quedado siete; se le ha espuesto que la Sala quiere salgan todos; i ha contestado que él mismo irá en persona de cuartel en cuartel, i hará salir a todos, excepto a aquellos que conocidamente sean vagos, i cuyos nombres se remitirán en lista a la Sala, sometiéndose a su aprobacion.

El señor Echeverría. —Tambien ha dicho que si la Sala quiere que salgan éstos, tambien saldrán. La Sala quedó conforme.

En este estado, se levantó la sesion, quedando en la órden del dia este mismo asunto i el arreglo de Secretaría.


  1. El acta que sigue ha sido trascrita de un periódico titulado Logografía del proceso verbal de las sesiones del Congreso Nacional, de 1825. (Nota del Recopilador.)
  2. Hasta aquí solo redactó el taquígrafo, porque los senores continuaron esta materia en diálogos. (Nota del Recopilador.)