Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1825/Sesión del Congreso Nacional, en 20 y 21 de febrero de 1825

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1825)
Sesión del Congreso Nacional, en 20 y 21 de febrero de 1825
CONGRESO NACIONAL
SESION 53, EN 20 I 21 DE FEBRERO DE 1825
PRESIDENCIA DE DON BERNARDO DE Vera


SUMARIO. —Cuenta. —Incorporacion de don Fernando Urízar. —Prision de los diputados señores Argomedo i Fontecilla, —Incorporacion del señor Barros, diputado suplente por Osorno. —Número de vocales del tribunal que ha de juzgar a los diputados presos. —Fuero del señor Fontecilla. —Sesion permanente. —Mocion de varios diputados para que se disuelva el Congreso, se le subrogue por una comision lejislativa i se le concedan facultades estraordinarias al Gobierno. —Aviso al Supremo Director del nombramiento de una comision para juzgar al señor Argomedo. —Mocion del señor Albano para que el Congrego se disuelva en 15 dias despues de dictar ciertas leyes. —Rechazo de la indicacion del señor Campino. —Fijacion de la tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director comunica que, en la noche anterior, dos hombres intentaron asesinar a los diputados don Bernardo de Vera i don Joaquín Campino; que, segun las averiguaciones hechas, parecen como instigadores de este crímen don José Gregorio Argomedo, don Francisco B. Fontecilla i otros; que el primero, ademas, es el autor de los anónimos que han circulado en el país; que, para evitar una sedicion i el derramamiento consiguiente de sangre, se ha visto precisado a hacer aprehender a todos los complicados en este asunto, i que siendo el señor Argomedo diputado lo pone a disposicion del Congreso i pide se dicten medidas para asegurar el órden público. (Anexo núm. 421.)
  2. De un informe de la Comision de Policía Interior, sobre la mocion del señor Iñiguez, para dar dietas a los diputados. Los informantes proponen que se apruebe el proyecto i se asigne una dieta de cuatro pesos por dia a cada diputado. (Anexo número 422. V. sesion del 14 de Enero último.)
  3. De otro informe de la misma Comision, sobre una mocion del señor Calderon, para que se integre la Representacion Nacional con los diputados propietarios i no sean llamados los suplentes sino en los casos que indica. (Anexo núm. 423. V. sesion del 14 de Enero último.)
  4. De otro informe de la Comision de Objetos Relativos al Congreso, sobre la mocion del señor Infante, para declarar que los diputados no pueden aceptar empleos; propone la Comision que se modifique dicha mocion en términos que los diputados puedan aceptar empleos, separándose en el acto mismo del Congreso. (Anexo núm. 420. V. sesiones del 7 de Febrero i del 18 de Marzo de 1825 i del 8 de Julio de 1826.)
  5. De otro informe de la Comision de Policía Interior, sobre la mocion del señor Palazuelos, para que el Congreso se dedique esclusivamente a dictar una Constitucion i a organizar la hacienda. (Anexo núm. 425. V. sesiones del 31 de Enero de 1823 i del 3 de Agosto i del 27 de Octubre de 1826.)
  6. De una mocion que el señor Campino i otros hacen para que el Congreso se disuelva, nombre una comision en quien delegar el Poder Lejislativo i confiera facultades estraordinarias al Director Supremo. (Va inserta en el cuerpo del acta. V. sesiones del 3 de Enero de 1825 i del 18 bis de Julio de 1826.)
  7. De otra mocion que el señor Albano hace para que el Congreso se disuelva en 15 dias despues de dictar un reglamento electoral i un reglamento provisorio de los poderes públicos i fijar la fecha de la reunion del futuro Congreso. (Va inserta en el cuerpo del acta. V. los documentos relativos a la revolucion del 2 de Diciembre de 1811.)
  8. De unos poderes que acreditan a don Fernando Urízar en calidad de diputado propietario por Rere. (Anexos núms. 426 i 427. V. sesion del 17.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Nombrar una comision para que juzgue al diputado don José Gregorio Argomedo, sindicado de instigador de una tentativa de asesinato i otros delitos. (V. sesiones del 2 de Diciembre de 1824 i del 6 de Julio de 1828.)
  2. Que esta comision sea compuesta de cinco vocales.
  3. Nombrar para que la compongan a los señores diputados don José Antonio Ovalle, don Santiago Pérez i Salas, don José Tadeo Mancheño, don Pedro Palazuelos i Astaburuaga i don Cárlos Rodríguez. (V. sesion del 23.)
  4. Declarar que don Francisco Borja Fontecilla no goza del privilejio de ser juzgado por el Congreso.
  5. Declararse en sesion permanente hasta resolver las mociones que se han hecho con motivo del suceso que preocupa al Congreso. (V. sesion del 22.)
  6. Comunicar al Supremo Gobierno el nombramiento de una comision para juzgar al señor diputado Argomedo, a fin de que remita a ella los antecedentes. (Anexos números 428 i 429. V. sesion del 22.)
  7. Discutir artículo por artículo la mocion del señor Campino i otros.
  8. Rechazar el artículo 1.° de dicha mocion sobre suspension del Congreso, con lo cual se entienden rechazados los siguientes i subsistente el Congreso. (V. sesion de 5 de Mayo de 1825.)
  9. Dejar en tabla la eleccion de Presidente i Vice-Presidente i la discusion de los medios de seguridad pedidos por el Gobierno. (V. sesion del 22.)

ACTA[editar]

Se abrió con asistencia de los señores Albano, Baquedano, Bezanilla, Campino, Cáceres, Calderon, Cordovez, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Fernández, Gandarillas, González, Hurtado, Huici, Infante, Iñiguez, Lazo, Larrain, Luco, Merino, Montt, Muñoz, Mancheño, Ovalle don Vicente, Ovalle don José Antonio, Ocampo, Olmedo, Prieto, Palazuelos, Pérez, Pineda, Ruiz, Rodríguez, Torres i Vera.

Se personó a la Sala el señor don Fernando Urízar, diputado por Rere, se leyeron sus poderes, prestó juramento i tomó asiento.

El señor Presidente anunció a la Sala que la noche anterior dos diputados habian sido invadidos en su seguridad individual, i otros dos se hallaban presos; que un suceso tan estraordinario merecía la atencion del Congreso i por eso le habia convocado estraordinariamente.

Se principió la discusion sobre este particular i sobre si habia tenido el Ejecutivo autoridad para la prision de un diputado, i en esta situacion el Supremo Director anunció a la Sala por un edecan que, a las doce del dia, se personarían en ella sus Ministros a informar del suceso de la noche anterior. La Sala tomó un breve descanso i volvió a la sesion, cuando se le anunció la llegada de los Ministros. Introducidos a la Sala, le presentaron un oficio del Supremo Director, anunciando el hecho espuesto por el señor Presidente, sincerando el arresto del diputado Argomedo por la necesidad de sofocar la sedicion de que era uno de los autores este individuo, i pidiendo que el Congreso tome en consideracion los gravísimos peligros que circundan a la República, dictando providencias que ia pongan a cubierto de las desgracias que le amagan. Se tomó en consideracion i despues de una larga discusion i de las esplanaciones que hizo el Ministro del Interior acerca de los hechos referidos, se retiraron de la Sala.

Se llamó al señor Barros, diputado suplente por Osorno, para que se incorporara al Congreso i habiendo prestado el juramento de estilo, tomó asiento.

El señor Vera i el señor Campino se retiraron por delicadeza, dejando este último una mocion de que ahora se hará mérito; sin embargo el Congreso los hizo despues llamar. La Sala principió a tratar entónces acerca del nombramiento de la comision que debia sustanciar el proceso del doctor Argomedo, conforme al artículo 29 del reglamento, i despues de largas observaciones, se preguntó ¿cuál debería ser el número de la Comision? i se resolvió por mayoría absoluta que fuese el de cinco.

En seguida, se procedió a nombrar la comision i resultaron electos los señores don José Antonio Ovalle, don Santiago Pérez, don Tadeo Mancheño, don Pedro Palazuelos i don Cárlos Rodríguez.

Inmediatamente se propuso a la Sala la cuestion sobre si el señor Fontecilla gozaba del privilejio de ser juzgado por el Congreso o nó, i despues de varias observaciones, se acordó por mayoría la negativa.

Algunos diputados propusieron que el Congreso se declarase en sesion permanente para tratar sobre unos asuntos de tanta gravedad, i se decidió la afirmativa.

Entónces se trajo a consideracion la mocion del señor Campino, para tratar de ella, la que a la letra es como sigue:

«Considerando:

  1. Que hace mucho tiempo que la opinion de los hombres sensatos i parte mas juiciosa de la Nacion, se hallaban persuadidos de la imposibilidad en que estaba el actual Congreso de hacer nada útil por el espíritu de faccion de que, desde sus primeros dias, se vio animado i que por tanto el partido mas conveniente que parecían exijir las circunstancias era su disolucion por ahora;
  2. Que la fuerza de estos motivos ha debido aumentarse cuando hemos visto la repeticion de tentativas para trastornar el órden i quietud pública, cuyos intentos se decian apoyados por individuos del mismo cuerpo;
  3. Que, en tales circunstancias, el Congreso no puede conservar aquella opinion moral que era necesaria para que sus resoluciones fuesen recibidas por los pueblos con el aprecio, confianza i respetabilidad conveniente;
  4. Que el peligro en que se halla la tranquilidad pública hace igualmente necesario el vigor, enerjía i celeridad en las operaciones del Ejecutivo que, por las circunstancias, debe ser investido por un término de facultades estraordinarias, i que nada de esto podria lograrse con la existencia de un Cuerpo deliberante numeroso i en el estado en que las opiniones i ánimos de sus individuos se manifiestan.

Por tanto, ha acordado i decreta:

  1. El actual Congreso se disuelve;
  2. Dará un manifiesto a los pueblos de los motivos que le han obligado a tomar esta determinacion;
  3. Entretanto quedará una comision de seis o nueve individuos investida del Poder Lejislativo;
  4. Esta Comision será nombrada por el Congreso, elijiendo un número igual de naturales o vecinos de las tres Intendencias, Santiago, Concepcion i Coquimbo;
  5. Los diputados de esta Comision, electos por el Congreso, solo durarán hasta la eleccion que los mismos pueblos de dichas Intendencias hiciesen de otros sujetos que les subroguen, o que sean confirmados los electos ahora por el Congreso;
  6. Esta Comision resolverá cuando deba volver a reunirse el Congreso Nacional, debiendo ser uno de sus primeros trabajos una lei justa i sábia de elecciones;
  7. El Congreso autoriza estraordinariamente al Ejecutivo para que, por el término de un mes, pueda proceder sin necesidad de la rigurosa observancia de los trámites ordinarios de las leyes contra las personas que amagasen la tranquilidad pública, dando cuenta a la Comision Lejislativa, de los motivos por que fuese obligado a tomar tales determinaciones. —Santiago i Febrero 20 de 1825. Joaquín Campino. —Santiago Muñoz de Bezanilla. —Manuel José Gandarillas. —José Vicente Ovalle. —Gregorio Cordovez. —Francisco Fernández. —José Santiago Luco. —Manuel Merino. —Manuel Antonio González. —José María de Hurtado. —Isidro Pineda. —José Bernardo Cáceres. —Francisco Calderon. —José Manuel Barros. —José Gregorio Meneses.»

Puesta en discusion, despues de muchas observaciones i de haber estado la Sala reunida desde las nueve i media de la mañana, se levantó a las seis i media de la tarde para continuar a las ocho de la noche, lo que verificó hasta cerca de las once, acordando en esta sesion se oficiase al Supremo Director, dándole parte de la comision nombrada, para que pusiese al reo diputado a su disposicion, segun lo espone en su nota, lo que se practicó inmediatamente en cuanto a la remesa del oficio.


Al dia siguiente reunida la Sala, siguió la dis cusion, i el señor Albano propuso el proyecto de lei siguiente:

  1. El Congreso, en el perentorio plazo de quince dias contados desde la fecha anterior, terminará sus sesiones.
  2. En este período, emitirá precisamente las resoluciones siguientes:
  1. Fijará la reunion i dia de un futuro Congreso.
  2. Dará la forma de elecciones para su verificativo.
  3. Sancionará un reglamento provisorio, por cuyas bases se dirijirá el Ejecutivo hasta la reunion del nuevo Congreso indicado.
  4. Los diputados darán cuenta a sus pueblos comitentes de esta determinacion con insercion del reglamento que se acordase, i los fundamentos que fortifiquen esta resolucion. —21 de Febrero de 1825. Casimiro Albano Pereira.»

Se hicieron sobre ella algunas observaciones, hubo sus debates i quedó sin decidirse cosa alguna sobre el particular, i se continuó leyendo la mocion por haber decidido la Sala que, para discutir i votar con mas acierto, se leyesen sus artículos, cada uno en particular, i acerca del primero, despues de dilatadas i sólidas observaciones i declarado por bastante discutido, se decidió por veinticuatro votos contra dieziseis que no debia disolverse el Congreso, dándose con este primer artículo por el señor Campino, autor de la mocion i otros vatios señores, por rechazados los demas.

En este estado, se levantó la sesion, anunciándose para la siguiente la eleccion de Presidente i Vice, i medios que pide el Ejecutivo para la seguridad pública. —Bernardo de Vera.


La sesion se abrió con asistencia de los señores Albano, Baquedano, Bezanilla, Campino, Cáceres, Calderon, Cordovez, Eyzaguirre, Elizondo, Elizalde, Echeverría, Fernández, Gandarillas, González, Hurtado, Huici, Infante, Iñiguez, Lazo, Larrain, Luco, Merino, Montt, Muñoz, Mancheño, Ovalle, don Vicente, Ovalle, don José Antonio, Ocampo, Olmedo, Prieto, Palazuelos, Pérez, Pineda, Ruiz, Rodríguez. Torres i Vera.

El señor Presidente indicó al Congreso que seria conveniente recibir al señor don Fernando Urízar, diputado por Rere, para que la Sala tuviese mayor número de diputados, para cuyo efecto podrían leerse sus poderes, sin el requisito de que informe la Comision de este título. Convencida la Sala de esta esposicion, mandó leer los poderes, i encontrándolos conforme a las leyes del caso, fueron aprobados. Se llamó al señor Urízar que se hallaba en la barra i, prévio el juramento de estilo, se le incorporó.

El señor Presidente doctor Vera, dijo: los sucesos acaecidos en la noche precedente me han obligado a citar estraordinariamente a la Sala. Por una parte, presos dos diputados, por otra dos diputados invadidos en su seguridad personal, llaman altamente la atencion del Congreso. Estos incidentes presentan circunstancias en el concepto público, que deben ser de bastante consideracion, i que a mas son capaces de balancear la opinion del Congreso. El Supremo Director, sabiendo que la Sala se reunía en este dia para el asunto indicado, yo creia que hubiese participado a ésta los sucesos que han ocasionado la prision de dos de sus miembros; pero estoi cierto, que si no lo ha verificado hasta el presente, lo hará mui luego.

El reglamento interior, que no solo regla la economía del cuerpo sino tambien las relaciones esteriores de los diputados con las autoridades establecidas, dispone en el artículo 29 que los sumarios que se levanten contra los diputados deben formarse por una comision de su seno. Yo creo que el Gobierno para practicar el arresto de los diputados ha sido precisado por motivos mui poderosos. Las circunstancias eran apurantes, i la seguridad del país reclamaba medidas mui ejecutivas. La hora no era propia para recurrir al Congreso; i cuando el suceso referido traia tal vez consecuencias de una alta trascendencia, no podia dejarse en riesgo la seguridad de los que se suponen reos.

Sea de esto lo que fuere, el acontecimiento presenta resultados de mucha gravedad; i esto me ha impelido a reunir el Congreso estraordinariamente. Su prudencia i el deseo que le anima por la tranquilidad pública, le harán tomar las medidas que exijan las circunstancias para conservarla i cortar el desórden que principia a asomar.

El señor Campino. —El Congreso no puede discutir sobre el asunto que se le ha propuesto sin tener los datos necesarios. Suplico al señor Presidente que, con un edecan, pida al Gobierno los documentos que instruyan a la Sala de este suceso.

Entretanto, pongo a su consideracion la mocion que he entregado al señor secretario, rogándole mire con induljencia su estilo. Es un proyecto que ahora mismo acabo de escribir i que, por las circunstancias, se ha redactado mui de prisa. Varios señores representantes me han ofrecido suscribirla, i en especial la diputacion de Coquimbo a que pertenezco.

El señor Ovalle, don José Antonio. —Creo que la mocion de un diputado no puede enervar en ningun sentido el curso de las discusiones del Congreso. Sea la que fuere la que se presenta ahora por el preopinante, ella no debe discutirse hasta que no se cumpla con los trámites del reglamento. Muchas mociones aunque han sido suscritas por algunos diputados, no han sido admitidas a la discusion, hasta que les ha llegado el turno; i la presente debe seguir la misma suerte.

El señor Campino. —La sesion estraordinaria ha sido solicitada por mí a consecuencia de los acaecimientos de la noche anterior; i la mocion debe tratarse porque se versa sobre este mismo objeto. El señor Presidente. —He impuesto al Congreso de los motivos que me han obligado a citarlo estraordinariamente; la mocion del señor Campino, es relativa al objeto de la reunion, i como encargado por el reglamento de llevar el órden de la Sala, la creo en el caso de discutirse.

El señor Ovalle, don José Antonio. —El Presidente de la Sala, a pesar de sus atribuciones, no tiene mas regalías que cualquier otro diputado; i del mismo modo que ninguno de éstos es árbitro para invertir el órden, tampoco lo es el Presidente para preferir contra el mismo reglamento las mociones que se hagan en las sesiones estraordinarias a los objetos que las han motivado.

El señor Rodríguez. —Yo creo que la mocion del señor Campino es relativa al hecho que va a discutirse en la presente sesion, i que su discusion será útil i conducente al fin de la reunion actual.

El señor Presidente. —Yo he referido a la Sala lo que todos saben; he creido de mi deber verificar esta convocacion i reunion estraordinaria, cuando he visto presos dos diputados del Congreso por acusárseles de haber intentado asesinar a dos compañeros, con el solo designio de que, aclarados los hechos, el Congreso acuerde lo que creyere mas conveniente al caso.

El señor Rodríguez. —Parece que estamos en una discusion que solo sirve para exaltar pasiones i orijinar contestaciones acaloradas. Un diputado, si es malo, puede ser preso no solo por el Gobierno sino tambien por las demas autoridades, i aun por cualquier ciudadano, si se le encuentra infraganti.

El artículo que ha citado el señor Presidente, en mi juicio, no prohibe la prision de los diputados, i sí solo prescribe que el sumario se haga por una comision del seno del Congreso. El no habla de los delitos que se cometan por los diputados a horas intempestivas o en circunstancias estraordinarias; porque, en este caso, todo ciudadano puede poner en seguridad al delincuente, para que despues la comision entienda en la organizacion del sumario i el Congreso en el pronunciamiento de la causa. Si los diputados presos son inocentes, la Sala decretará su libertad: si criminales, hará lo que disponen las leyes. Asi es que, por ahora, opino que lo primero que se debe tratar es de la averiguacion de los motivos que han impelido al Gobierno a prender a dos diputados.

El Presidente. —Si es de la aprobacion del Congreso la mocion del señor Campino, ocupará nuestra atencion. Creo que ella nos proporciorá alguna instruccion en los incidentes referidos para entrar en la discusion de los datos que haya sobre este particular, que se pedirán al Gobierno.

El señor Rodríguez. —Póngase en discusion...

El Presidente. —US. no puede tener la palabra porque ya la ha tomado las dos veces que permite el reglamento.

El señor Rodríguez. —He hablado dos veces, pero en otra materia.

El Presidente. —Me parece que los documentos relativos a los acontecimientos que ocupan al Congreso son necesarios para facilitar la discusion; decida la Sala si se piden al Ejecutivo o nó.

El señor Echeverría , dirijiéndose al secretario. —Sírvase US. leer el artículo que se ha citado anteriormente sobre las causas criminales de los diputados.

El secretario leyó el artículo de esta referencia, i el señor Echeverría continuó. —Me parece que cualquier individuo elejiria mas bien ser sumariado mil ocasiones que preso una sola vez, porque no siempre el resultado de un sumario viene a ser la prision, por esto es que el sumario debe siempre preceder a ésta. La Sala, en este artículo, ha querido que, en las causas criminales de los diputados, no pueda entender autoridad alguna ni que se pueda formar el sumario, sino por una comision de su mismo seno; de consiguiente, a la prision de un representante, debe preceder la formacion i sustanciacion del sumario segun previene el reglamento; de otro modo cualquiera autoridad podria burlarse de la inviolabilidad de los representantes, si el artículo solo se hubiese establecido para la observancia de los trámites judiciales de la causa, i no para los que deben precederá la prision. Por esto opino que no debemos dar un solo paso ántes que la Sala decida si se piden al Ejecutivo los datos que han obrado para el arresto de los diputados, o si éstos permanecen presos hasta la formacion de su causa.

El señor Elizalde. —Si la discusion se contrae puramente a la cuestion, si se deben pedir o nó al Ejecutivo los datos del suceso que se ha espuesto a la Sala, creo que no hai motivo para tanto debate, porque es claro que sin antecedentes serán mui aventuradas nuestras opiniones.

El señor Eyzaguirre. —Pedir los datos al Poder Ejecutivo para averiguar los fundamentos que ha tenido para proceder a la prision de un diputado del Congreso, es decir, que no debe observarse el artículo que se ha citado del reglamento. Él dispone que cualquier procedimiento contra un diputado debe hacerse por el Congreso; i pedir al Gobierno que remita los datos indicados, es autorizarlo con infraccion del reglamento para que proceda contra los representantes. Los datos deberán siempre pedirse, pero el paso preliminar es que el Congreso reclame i se haga cargo del diputado preso para que se le forme el sumario; en este caso sí que servirán los antecedentes que quieren exijirse.

El señor Montt. —Yo creo que hai delitos que, si se cometen por los diputados, no hai necesidad que se decrete su prision por la Sala. Si un representante se presenta en la plaza, o sale por la calle con un puñal en la mano cometiendo atrocidades, cualquier juez, cualquier particular tiene derecho para prenderlo, conducirlo a una prision i dar inmediatamente parte al Congreso, a quien pertenece la formacion de su causa. Esto es lo que debe hacer al presente el Ejecutivo. Por todo esto, creo que ahora deben pedírsele los datos i prevenirle que los diputados quedan a disposicion del Congreso.

El señor Ocampo. —Secundando la opinion del señor Montt, en su última parte, juzgo que el paso preliminar que el Congreso debe dar, es la reclamacion de sus diputados. Ellos están presos e incomunicados i se les ha sorprendido sus correspondencias particulares. Se ha atentado a su inviolabilidad en el hecho de haberlos capturado, quebrantando las leyes de un modo que no podria hacerse con el último ciudadano. Para la prision de cualquier individuo, lo primero que debe practicarse es la formacion del sumario para ver si resulta o no criminal, i no habiéndose observado este requisito con los diputados que se han preso la noche anterior, debe restituírseles a la libertad que gozaban ántes de este acontecimiento.

Los representantes de la Nacion jamas pueden desentenderse de las formalidades que deben preceder a la prision de un diputado, principalmente en causas tan graves como las que se nos presenta. ¿Por qué se han de observar solamente las fórmulas de los juicios en las causas de poca entidad? Si las fórmulas no son necesarias en los negocios de gravedad, ¿con qué objeto se mandan observar por las leyes? ¿No seria mejor en este caso que se olvidasen para siempre como inútiles, i que quedasen los diputados espuestos a ser arrestados arbitrariamente por los jueces ordinarios? De aquí deduzco que, habiéndose quebrantado la ritualidad de los juicios en la prision de los diputados, debe ponérseles en soltura...

En esta situacion, un edecan del Supremo Director se personó a la Sala i dijo al señor Presidente que a las doce del dia se presentarían los Ministros de Estado a informar al Congreso sobre los acontecimientos de la noche precedente. El Presidente contestó que quedaba impuesta la Sala i que esperaba la venida de los Ministros.

El señor Ocampo continuó. —El órden judicial establecido por las leyes jamas debe quebrantarse en perjuicio de ningun ciudadano, i especialmente en daño de aquéllos que han obtenido las confianzas mas augustas de la Nacion. ¿Por qué el Gobierno o cualquiera otra autoridad, ha de infrinjirlo arrogándose el derecho que exclusivamente pertenece al Congreso para proceder contra sus miembros? Yo no encuentro el medio de cohonestar la prision de los diputados con los principios de la justicia, principalmente cuando, para el arresto de cualquier ciudadano, es preciso hacer constar primero el motivo por que va a entregársele al rigor de las leyes. ¿Por qué, pues, se ha quebrantado este principio tan sagrado en la persona de dos diputados?

El honor del Congreso i el de los diputados, que no tenemos datos para poner en problema, exijen un remedio a su prision; i la Sala, por ahora, debe pedir al Ejecutivo razon de su procedimiento, los datos de este negocio i las personas de sus diputados.

El señor Elizondo. —Señor, yo creo que hasta ahora no podemos decir si el Gobierno ha procedido bien o mal en el suceso que se nos ha relacionado, sin tener los datos suficientes para ello. Cuando el Gobierno dé la razon que ha ofrecido, entónces podrá el Congreso decidir sobre la legalidad o ilegalidad de sus procedimientos. Lo que está fuera de duda es que los diputados que se han capturado, son personas inviolables, i que, por la misma razon, sus causas o sumarias deben formarse por el mismo Congreso. Me parece que un diputado, por su inviolabilidad, no está exento de ser preso por las justicias ordinarias cuando comete un atentado criminal, principalmente en circunstancias que el Congreso no puede tomar por sí la medida de su prision; tal puede haber sucedido en el acontecimiento de la noche anterior; pero ya que el Congreso se ha reunido a tratar de este objeto, desde este mismo instante debe tomar a su cargo la causa de sus diputados; por lo que el Congreso está en el deber de reclamar al Gobierno sus personas, no su libertad, porque nadie quiere la impunidad de los delitos. Ellos serán libres si, ventilada la causa, resultaren inocentes. Soi de parecer que, no obstante que el Ejecutivo ha ofrecido dar razon de los motivos que le han impelido a la prision de dos representantes, el Congreso los reclame, bajo el supuesto que los datos que presente a la Sala, servirán para la formacion de la causa.

El señor Fernández. —Se ha asentado por el señor Presidente que el objeto que ha motivado esta reunion estraordinaria, ha sido la invasion de la seguridad individual de dos diputados; por lo que la prision de los dos que se indican, no debe ser [1]

El señor Campino. —En este negocio, en que desgraciadamente soi una de las partes, he vacilado sobre si deberia tomar o nó la palabra. Tal vez no podré hacerlo con la moderacion que exije la solemnidad del lugar i la respetable concurrencia en que me hallo, por el estado de afectacion en que debe encontrarse mi ánimo despues de anoche. He oido apurar todo el saber lejista de los miembros del Congreso para probar las formalidades que se necesitan en esta causa. Pero, señores, es mui cierto que todo el que tenga algun conocimiento práctico en materias de revolucion no dejará de conocer que esta tiene su jurisprudencia propia que, por la diferencia de circunstancias, difiere tambien en mucho de la jurisprudencia ordinaria; del mismo modo que la milicia tiene sus leyes propias que, por los mismos motivos, difieren de las leyes comunes. Cuando la Patria está en peligro es preciso echar un velo a la libertad misma, i no se suspenden las garantías con respecto a unos pocos, sino por defender las de toda la comunidad. La conspiracion es un crímen de distinta naturaleza de los otros; él se prepara en el misterio, i no es justo ni prudente esperar a que se descubra, cuando esté hecho un trastorno jeneral en el Estado i se hayan causado males irremediables. Por esto es preciso ocurrir a medidas preventivas. Esta doctrina tiene en su apoyo el ejemplo i la conducta de los gobiernos mas sábios i mas libres que, en tales casos, suspenden las garantías ordinarias, i que en el nuestro lo creemos tanto mas necesario, porque, descubierto el proyecto, los cómplices deben apurar todos los medios para acabar de trastornar un gobierno, con el que se creen ya comprometidos. Nadie de buena fe negará que nos hallamos en una crisis semejante. Estamos viendo circular de dias atras, un aluvion de anónimos i escritos incendiarios que han sido introducidos hasta el santuario mismo del Congreso, provocando a la sedicion. Hemos visto la profunda i criminal maniobra de esa circular con que se ha pretendido sorprender la buena fe de los pueblos para hacerlos verificar una revolucion a nombre del Congreso. Anoche, señores, se atenta contra las personas de dos diputados que fueron notados en la sesion última, por haber indicado la necesidad de tomar medidas rigorosas para sostener el órden i la tranquilidad pública. Se hallan presos, como autores o implicados en este atentado, otros dos señores diputados, cuya influencia e íntimas conexiones con otros del Congreso hacen sospechar que el contajio ha llegado hasta este mismo cuerpo, o que quizá de él mismo, validos de la inmunidad que les da su representacion, parten las chispas con que se procura poner el país en combustion. No debe olvidarse que era tambien otro señor diputado el sujeto que ordenaba la supuesta circular fuese elejido Director por los pueblos. I en tales circunstancias ¿habremos de esperar a que haya un gran número de testigos que comprueben los denuncios hechos? ¿Tendremos que atenernos a la táctica calmosa que se acostumbra en los tribunales para destruir a sediciosos que no pierden momento en desacreditar i arruinar el órden actual? ¿Podrá mas el supersticioso escrúpulo por un artículo del reglamento que la misma salud pública?

Desde el principio mismo se ha observado un empeño de trabar la marcha del Congreso para impedir el que haga algo útil, i desacreditar esta institucion. Parece que, habiendo sido el cargo que se hacia a la administracion anterior i el motivo por que se sublevaron los pueblos, el de haberles negado la libre eleccion i reunion de sus representantes, el empeño hoi de todos sus parciales es justificar, probando por el ejemplo de éste, que el país no está para Congresos, conforme a la cantinela que a todo momento oimos a estos señores. I seguramente que no tendremos Congreso capaz de hacer algo, si se entra a él mismo con la intencion de impedirle obrar i de desacreditarlo, o si se le convierte en una máquina para servir solo a maniobras de partido. Desde su formacion, vimos con dolor que no era la mejor intencion ni el patriotismo mas puro el que dirijia las elecciones. ¿Qué chileno de pundonor no ha visto con vergüenza ocupadas las sillas de los lejisladores de Chile por dos advenedizos?... (El señor Iñiguez reclamó el órden.)

Conozco la dificultad de poder hablar en asunto tan delicado sin excitar reconvenciones. Es preciso una especie de locura por la causa pública para atraerse enemistades ciertas, i esto sin la seguridad de que las revelaciones hayan de producir un resultado útil; me abstendré tambien porque tales revelaciones las creo innecesarias, cuando no hai uno que no conozca el estado del país, el empeño de los partidos i de las personas. Pero no puedo dejar de llamar la atencion del Congreso sobre la injusticia de los que conspiran contra la administracion actual. Examínese cuál ha sido su conducta desde un principio. El jeneral Freire, contra quien habian sido mandados asesinos a Concepcion, por haberse puesto al frente del movimiento jeneral de los pueblos, se presenta, sin embargo, aquí sin el menor espíritu de partido. El no solo no se venga, no proscribe, no castiga, sino que conserva en sus destinos a sus mas encarnizados i descubiertos enemigos; promueve a otros a empleos que no habian podido conseguir en la administracion misma de sus enemigos, i, aun diré mas, los llama a todos ellos a la participacion secreta de su amistad i del poder. ¿I cuál es, señores, la correspondencia? Libelos infames, negras calumnias, incesantes conspiraciones. Si la administracion actual tiene defectos, si ha incurrido en errores, si se ha hecho responsable de cargos ¿por qué no se le hacen por los medios legales que él mismo ha proporcionado al país el primero? ¿Por qué se apela a los anónimos cuando se halla establecida con la mayor amplitud i seguridad la libertad de imprenta? ¿Por qué se promueven sediciones i movimientos en los pueblos, cuando se hallan legalmente reunidos los representantes de éstos? Parece que lo que solo se pretende es restablecer el imperio de la arbitrariedad i de las venganzas: el sistema de los manejos oscuros i lucrativos. Por todas estas circunstancias, señores, he creído conveniente la disolucion del presente Congreso, conforme a la mocion que he presentado, en la que se ha procurado evitarlos inconvenientes que probamos, consultando al mismo tiempo la indispensable necesidad de alguna garantía o contrapeso al Ejecutivo, para lo que se establece una comision de seis o nueve individuos de la eleccion o aprobacion de los pueblos, quienes, ademas de sus provisorias funciones lejislativas, determinarán cuando crean conveniente la nueva reunion del Congreso. El actual, en las circunstancias a que ha llegado, no solo no lo creo capaz de poder trabajar útilmente, sino, lo que veo con mas dolor, él desacredita la institucion i hace triunfar a los absolutistas. Así mi amor i convencimiento de la necesidad e importancia de esta garantía es lo que me hace empeñarme por la suspension del presente; como se empeñan quizá por su conservacion los enemigos mas constantes de toda representacion popular; i esta es otra prueba de que no hai buena fe, sino solo un interes del momento i que no es seguramente en favor de la causa pública. Los Congresos, señores, por respetables que sean, se componen de hombres, i no están libres de contajiarse del espíritu de sedicion o anarquía, de lo que tenemos repetidísimos i mui recientes ejemplos. Por esto, una de las prerogativas principales de que goza el Ejecutivo en los gobiernos representativos que existen en Europa es la de disolver sus Cámaras en iguales circunstancias, convocando nuevas, que es lo que se llama apelar a la Nacion. En el caso presente, el arbitrio que nosotros proponemos es el que creemos mas análogo, conforme i conveniente a nuestro estado actual i particulares circunstancias.

Me hallo tan persuadido de que la continuacion del actual Congreso nos conduciria a una horrorosa anarquía, que yo, por mi parte, haré todo lo posible para que se disuelva, i en caso que no se consiga por la resistencia de la mayoría de los señores diputados, creería cumplir con mi conciencia i servir i consultar al bien de mi Patria, aconsejando al Ejecutivo que, en el último estremo, lo disolviese a bayonetazos, ántes que sufrir el escándalo i la vergüenza de ver renacer el furor de las pasiones, i vernos envueltos nuevamente en todos los horrores i males de una desorganizacion completa.

Concluyo, señores, pidiendo dos cosas: primera, que los Ministros del Gobierno espongan a la Sala todo lo que sepan acerca de los peligros en que se halla la Patria; segunda, que se lea la mocion que tengo hecha, añadiendo a los motivos que dejo espuesto en su apoyo, que, en mi concepto, nosotros daríamos, con la conservacion de este cuerpo, el ejemplo de querer apoyar la anarquía i el desórden. Yo de hecho me abstendré de venir mas, i creo que otros muchos señores harán lo mismo, i entónces su disolucion de este modo será mas vergonzosa. ;Cuánto mejor será que dentro de cuatro o mas meses vuelva a reunirse renovados ya sus miembros!

Pido, por último, que el Congreso se declare en sesion permanente hasta que resuelva sobre la presente mocion [2].


Contrayéndome a la reduccion del Congreso a una comision, me parece que el nombramiento de la comision debe recaer o en los individuos del partido que se denomina de oposicion, si lo hai, o en los mismos que se suponen adictos al Gobierno. Si lo primero, léjos de haber hecho un bien, vamos a sumerjir al país en males que al presente ni aun imajinamos, porque reconcentrándose la accion de oposicion, cuanto menor sea el número de los que la ejercen, viene a hacerse mas vigorosa i adquiere una fuerza capaz de paralizar la marcha del Ejecutivo, aun en los planes mas benéficos. Si lo segundo, se pone en peligro la libertad nacional, porque en el caso supuesto la Comision se identificaría con el Gobierno i vendría a hacerse éste un coloso de poder que reuniese moralmente la facultad de lejislar i ejecutar al mismo tiempo. ¿Qué podríamos esperar de una situacion tal, de un poder que, a las relaciones, fuerza, recursos i consideraciones, reuniese la ventaja de sancionar leyes sin comprometer su crédito personal? Nada útil i conveniente al país, i sí al contrario, todos los males que son consiguientes a la confusion de los poderes, en cuyo caso las sanas intenciones con que han propuesto esta medida algunos diputados, no serian suficientes para sustraernos de ellos.

Descendiendo al segundo ramo del proyecto en que se propone se autorice al Ejecutivo para que proceda sin las formalidades ordinarias de la justicia, contra los que perviertan el órden público, opino: que, cuantos ejemplos de esta clase se nos quieran presentar de los Estados Unidos de Norte América, de Inglaterra i demas pueblos civilizados de la Europa, nunca pueden contrapesar con los principios eternos e invariables de la razon i de la justicia, que proscriben medidas semejantes. Cuando los conocimientos humanos marchan con tanta rapidez, cuando en lo político casi es imposible sentar un principio invariable, de nada sirven los ejemplos, puesto que la civilizacion ha demostrado ya que, al hombre en sociedad, no puede arrancársele el derecho i garantía en que descansa su inocencia.

Las familias, dice el señor Constant, son una salvaguardia, i el abreviarlas es disminuir o destruir esta misma salvaguardia, i por consiguiente, una pena; i si la suponéis a un acusado ¿no es dar a entender que es criminal antes del juicio? I si su crimen está demostrado ¿para qué tribunales? I si no está probado ¿con qué derecho se le reduce a una clase particular i proscrita i se le priva en virtud de una simple sospecha del beneficio comun a todos los miembros del estado social?

Nada es posible añadir a la fuerza de este raciocinio; pero, sin embargo, pregunto, ¿qué se avanza autorizando al Ejecutivo para que proceda contra los sediciosos, sin arreglo a las fórmulas judiciales que prescriben las leyes? Solamente dar a los procedimientos legales el carácter odioso de un atropellamiento, tanto mas remarcable cuanto ejecutado por las autoridades mismas, que deben ser la guarda de los derechos individuales, sobre todo dar la triste idea de que, para cimentar el órden público, se principia por violar los pactos de la sociedad i por cimentar los principios mas destructivos.

El mismo Constant propone el siguiente dilema: «O las formas son necesarias o inútiles para el convencimiento: si son inútiles ¿a qué conservarlas en los procesos ordinarios? i si necesarias ¿cuál es la causa de suprimirlas en los procesos mas importantes? Cuando se trata de una falta lijera i el acusado no se halla amenazado en su vida ni en su honor, se instruye la causa de un modo mui solemne; pero, cuando se trata de un delito atroz i por consecuencia de la infamia i de la muerte, se acostumbra suprimir con solo una palabra todas las precauciones tutelares, se cierra el Código de las leyes i se abrevian las formalidades, como si se pensase que cuanto mas grave es una acusacion, es mucho mas supérfluo examinarla.

Las garantías que prestan las formas judiciales le son debidas en calidad de hombre, i en razon de los principios eternos que le dan un derecho inviolable a los medios de defensa i justificacion de su inocencia. No hai autoridad en el universo que pueda legalmente suprimirle estos medios porque hai unos actos que nada es capaz de sancionarlos, porque tambien hai ciertas cosas, sobre las cuales el Lejislativo no tiene derecho alguno a dar leyes.»

Por todos estos principios, opino que el Congreso no debe disolverse ni hacerse el nombramiento de la Comision que indica el proyecto; que tampoco se le autorice al Ejecutivo para que pueda proceder contra los que se supongan criminales, sin guardar las fórmulas establecidas por las leyes, i que se le indique que, estando encargado de la seguridad pública i teniendo en su poder las consideraciones i la fuerza pública, posee todos los medios de sofocar la conmocion de que ha dado parte al Congreso, quien coadyuvará al mismo objeto con las providencias que estuvieren a sus alcances.

Siendo las seis i media de la tarde, el señor Presidente suspendió la sesion, citando a la Sala para las ocho de la noche a continuarla.


A las ocho i media se reunió nuevamente el Congreso, presidido por el señor Vera, i con asistencia del señor Campino, por haber cesado ya el motivo de su retiro de la Sala en el momento de haberse nombrado la Comision que se ha referido anteriormente.

El señor Presidente. —Anunció a la Sala que continuaba la discusion sobre la mocion del señor Campino.

El señor Albano. —Pidió se leyese de nuevo la nota del Director.

El Secretario lo verificó.

El señor Campino. —Quizá será conveniente para suscitar la discusion, repetir la lectura de la mocion que se ha presentado esta mañana.

El Secretario le dió lectura.

Yo emitiré mi opinion en el mismo órden en que se ha dividido la cuestion. La disolucion i reduccion del Congreso, en las actuales circunstancias, es inoportuna, i léjos de acarrearnos las ventajas que laudablemente se han propuesto los diputados suscribientes a la mocion, va a ser el jérmen de las mayores desgracias. Un cuerpo numeroso como el Congreso, tiene en su apoyo la opinion de los pueblos, en el hecho mismo que los individuos que lo componen han obtenido sus sufrajios. De esto resulta que la suma de consideraciones que se les tiene, siempre es mui superior a la que se merecen los cuerpos mui pequeños. Esta verdad la hemos visto comprobada en Chile muchas veces. El Senado, disuelto por el acta de 19 de julio, nos presenta una leccion bastante triste de lo que se puede esperar de esta clase de corporaciones. Su disolucion provino en gran parte de su corto número, porque siempre será cierto que la opinion de estos cuerpos sea igual a la suma de respetos que se deba a sus individuos. Si se adopta el proyecto de sustituir el Congreso por una comision, sin duda le sucederá lo mismo que al Senado, i ¿entónces qué habremos avanzado? A esto se agrega que los pueblos jamas podrán recibir bien que sus diputados subdeleguen los poderes que directamente les han confiado los pueblos para que hagan su felicidad.

Se ha indicado como una razon para la disolucion del actual Congreso que hasta el presente no ha dado una sola lei, i que una faccion de su mismo seno, con cuestiones impertinentes i otros arbitrios, ha paralizado su marcha. Yo quisiera que, cuando se trata de los intereses de la Nacion, se prescindiese de las consideraciones que se prestan mútuamente los miembros de un mismo cuerpo, i se dijese con franqueza i enerjía: Tal representante, con esta mocion, retardó los trabajos del Congreso; otro, con esta disertacion o esposicion impertinente, embarazó tal medida: de este modo el Congreso conocería los miembros corrompidos i podria castigarlos con todo el rigor de las leyes. Pero, señor, yo creo que todos los diputados, en las discusiones, jamas han tenido otra mira que el bien de la Nacion, i que las cuestiones que se han suscitado en las discusiones, léjos de ser una falta en los representantes solo deben reputarse como efecto de su celo por el Interes jeneral.

Yo no sé cómo se pretende probar que el Congreso no ha hecho hasta el dia cosa alguna de utilidad pública. El reglamento interior, que se ha conceptuado como la obra ínfima de esta clase de cuerpos, ha difundido muchas luces en su organizacion, porque se han discutido i analizado muchos principios de la ciencia política que han ilustrado al pueblo i a los mismos representantes, ¿i podremos decir que el tiempo que se ha empleado en este trabajo ha sido enteramente perdido, i que ha traido el descrédito del Congreso? Yo jamas seré de esta opinion ni podre convenir en que, por un plan premeditado, se hayan paralizado las sesiones del Congreso con las cuestiones e incidentes que te ofrecieron en la discusión del reglamento interior.

El señor Campino. —Poco mas creo que se ocurra añadir a los motivos espuestos en la mocion; i ademas seria peligroso entrar en pormenores que comprobasen la justicia de estos motivos. Baste decir que los diputados que la promueven solo aspiran al bien i decoro del país, que ciertamente quedará a salvo si ella obiiene la aprobacion del Congreso; i si no, ellos tambien están resueltos a, de hecho, no concurrir mas; así la disolucion del Congreso está decidida de todos modos, i al solicitarse su sancion por medio de la mocion hecha, solo ha querido buscarse el medio mas decoroso i legal de verificarlo... Oigo ponderar a algunos señores diputados los trabajos del Congreso en estos tres meses; pero yo insistiré siempre en pedir que se me muestre el índice o inventario de las resoluciones tomadas por el Congreso, en este considerable período, que sean de una utilidad jeneral i de una beneficencia práctica conocida. No puedo concebir cómo haya uno que, en las circunstancias a que ha llegado el Congreso, espere de buena fe que todavia pueda hacerse algo útil. ¿Quién puede desconocer el espíritu de desunion que reina en este cuerpo, producido ménos por la diferencia de opiniones que por el encono de los ánimos i los intereses de personas i de partidos? ¿I cuál será el medio, no digo ya de unirlo, pero siquiera el de ponerlo en aquella disposicion necesaria para una marcha conveniente? ¿Habia de dónde suplir la falta de opinion que, perdida ya de antemano por todos estos motivos, debe ser ahora mucho mas, despues de lo que se ha atentado contra uno de sus individuos i la causa formada a otros? Señores, yo no sé, un temor me obliga a callar sobre esto. Temo, en efecto, en un asunto tan delicado, deslizarme a cada palabra e incurrir en agravios de personas; pero cada cual sabe i conoce mui bien lo que la decencia i el peligro o temor de las reconvenciones debe impedirme publicar. Por esto solo me refiero a los motivos dados en la mocion.

El señor Vera. —Sin entrar, por ahora, en el cuadro que presenta la marcha del Congreso, cuya retardacion sirve de pretesto a los que pretenden su disolucion; sin echar la vista por tantas mociones que gravitan sin resolverse sobre las comisiones, i cuando no hemos podido pronunciar la lei de garantías, de que me honro haber sido el proponente; yo pienso que, aunque ella estuviera sancionada, deberíamos contraernos a dos solos objetos en la crisis del dia, a saber: una estraordinaria autorizacion del Poder Ejecutivo i una suspension temporal de las sesiones del Lejislativo. Por ámbos es mi dictámen.

Se nos anuncia la Patria en peligro. Tener pendiente de las fórmulas a la autoridad que debe responder de la tranquilidad pública, seria eximirle de esa misma responsabilidad i quedar en mayor riesgo. Si este es efectivo, no proveer de remedios momentáneos al que los necesita, seria dejar armada la guerra de la seguridad contra la seguridad, es decir que, por sostener la seguridad individual, se deje comprometida la del comun. No se salva a los pueblos con papeles, i la lei de garantías no serviría en estas circunstancias, sino para deplorar la impotencia misma de las leyes. Acordémonos de la resolucion que han tomado en igual conflicto las lejislaturas de las naciones mas libres i cultas, i hagamos un paréntesis de los ejercicios a la nuestra. Yo veo demasiado exaltadas las pasiones. Continuar animándolas seria poner en desconcepto la Representacion Nacional, al paso que ya balanceará su crédito con la prision de uno de sus diputados i el ataque a dos de ellos en su seguridad individual, al paso que la suspension de sesiones por un corto tiempo dará lugar a la calma, pudiendo entretanto quedar una comision que despache lo urjente i vele sobre las del Congreso para que tengan evacuadas todas las mociones de que se hallan encargadas.

He aquí un arbitrio, que, a mi parecer, lo conciba todo.

Discurso de un señor diputado contra la mocion hecha para clausurar el Congreso

Aunque con espresiones de gran volúmen se ha pretendido figurar que los sucesos del 17, en la noche, son el resultado de un jérmen de revolucion i de anarquía comunicado a todos los pueblos del Estado; aunque se pretende igualmente inferir del modo mas orijinal, que para restablecer el órden es preciso que el Congreso decrete su disolucion, yo me veo obligado a confesar que no concibo el argumento de tales esposiciones, i mucho ménos esa necesidad tan espantosa que compele al Congreso a sancionar el abandono de la Nacion entera. Sin alterar ni reducir lo espuesto ayer por el señor Ministro del Interior, insistiré en sostener la inexistencia de un motivo que justifique una resolucion tan antipolítica. Si en San Fernando hai desórdenes, como se nos dice, la fuerza pública ¿es tan débil que no podrá contenerlos? Se ha querido asesinar a los señores diputados; se cree que esto ha sido una conspiracion fraguada en el seno del Congreso mismo. Pero, admitiendo aun esta suposicion, dos o tres diputados delincuentes ¿son bastante mérito para que todo el cuerpo representativo de la Nacion traicione la confianza de los pueblos, suscriba del modo mas solemne su propia degradacion?

Quiero que nos creamos en el caso de hacer atencion a esta medida. Prescindo de todos los obstáculos que nos ofrecen los hechos para calificarla de útil i necesaria; nosotros no podríamos creernos jamas bastantemente autorizados para deliberar sobre ella, sin consultar a los pueblos. Los poderes, en que nos han detallado las facultades que han querido cometernos, nos dicen que la voluntad de nuestros comitentes, es que, reunidos, formemos el Código de sus derechos. Por esto creo que el artículo del proyecto en discusion es insostenible, es ofensivo del decoro del Congreso, i por lo que a mí respecta, yo me daré la muerte ántes que consentir en su sancion. Si vicios inherentes a la lejislacion del país i a las costumbres hacen imajinar que la disolucion del Congreso pondría fin a los males públicos, en el fondo nada es ménos capaz de producido este remedio. Queremos evitarnos la nota infame de haber traicionado a la Patria; digamos a los pueblos: La Nacion peligra, el Congreso no puede salvarla, i esperemos sus órdenes entretanto... [3] ... que los que hemos manifestado con unos sentimientos ménos acalorados que los que hemos manifestado en la discusion, pues se sabe que los ánimos de todos están exaltados.

En una palabra, de todo cuanto se ha producido en la discusion, nada me ha hecho mas fuerza como el no tener todavía una lei de garantías; pero se deben distinguir los tiempos: las garantías son útilísimas cuando la Patria está en paz; pero, cuando la Patria está en peligro, no hai nada seguro; a mas de que ¿quién ha visto las garantías? ¿Qué son las garantías? ¿Conservan el derecho individual? I ¿cómo se conserva el derecho individual cuando está en peligro el jeneral? Perezcan mil individuos i sálvese el país; perezca yo mismo, perezca el Congreso i sálvese la Patria.

Vuelvo al reglamento. Una cosa es disolver al Congreso, otra resolverlo a un menor número. No habrá uno que dude que el debate en estos cuerpos es útil, pero nó cuando se orijina solo de un prurito de oponerse a todo. Ese pueblo que me oye es un buen testigo, ¡cuántas veces le he oido censurar el tiempo perdido! Públicamente se ha dicho que el Congreso no hace nada; redúzcase éste a ciertas personas; él entónces hará algo por que marchará unido. Decir que se conserve esta pluralidad en desórden, es decir, apúrese la cadena, es decir que marchemos precipitándonos al desórden. El Congreso debe cortar este mal, si verdaderamente esta ocupado del bien público. Yo no encuentro ni, de todos los remedios que se han propuesto, he oido otro mejor como resolver el Congreso a menor número i hasta ahora no se ha indicado otro que pueda remediar los males que nos rodean; i cuando se nos presenta uno ¿por qué no lo adoptamos? Peor es que nuestros limítrofes i que las naciones que nos están observando nos vean ahora disolvernos del modo mas escandaloso. ¿No es echar un borron al país? Ya se ha asentado de facto que, si no se consigue de derecho se hace de hecho. Yo no he firmado la mocion, pero hago presente que la firmo i la suscribo; no es hombre de bien quien se separe de este parecer. No me arredran sentimientos ni respetos i sí el mayor descrédito del Congreso.

El señor Presidente. —He oido repetidas veces al señor preopinante que, en sus primeras razones, dice que, dentro del Congreso, hai individuos que entorpecen la marcha de la Sala. Yo creo que debe decir quiénes son para que sean castigados, i que seria mejor que el Gobierno separase de aquí aquel o aquellos individuos, que no dar el escándalo de disolver el Congreso; yo en todo me sujeto a la opinion del señor Rodríguez. Nada me importa que yo o cualquier individuo sea castigado, si nos creen sospechosos, con tal que quede a salvo el honor nacional.

El señor Rodríguez. —Como me exalto al hablar sobre esta materia, se me ha ido una razon: creo que el señor Presidente dijo que no habia garantías; este es un equívoco, porque la Constitucion se ha declarado subsistente en lo planteado, i esián planteadas garantías i el reglamento de justicia. Así también creo que en la actualidad no estamos en estado de desorganizacion, como se ha dicho.

El señor Albano. —Por conveniente i por opinion, amigo de los cuerpos representativos, siempre he opinado por sus juntas, a lo ménos por esas juntas periódicas, i a pesar de esto opinaré siempre que éste sea el precioso fruto de los trabajos de los pueblos. Desde las sesiones preliminares, opiné que se pusiese esto como preliminar v. gr.: Chile, se reunirá en Congreso a tanto de tal mes. Vuelvo a mi principio anterior. El Congreso, en la actualidad, seria conveniente que trate de resolverse en un menor número. Yo prescindo de las amenazas de los diputados que han firmado o que han suscrito la mocion; yo prescindo de todos i cada uno de los que están en esta Sala; se ha propuesto, desde el momento de admitir su cargo, sacrificar su reposo en obsequio del bien jeneral, pero no es preciso llevar esto hasta el punto de sacrificarse inútilmente. Cuando es inútil un Congreso, cuando es inútil a los pueblos, ya no debe existir. Un Congreso no solo no debe hacer el mal sino también debe hacer el bien, i toda vez que no lo haga, debe disolverse. La hacienda pública reducida a nulidad, el crédito de la Nacion perdido, todos los ramos en desorganizacion, i el Congreso nada de esto remedia; muchas veces ha habido diputados que, llenos de celo por el bien público, han propuesto medidas útiles i les han salido a unos que es órden del dia, a otros se ha exijido una mocion por escrito, a otros que sigan el órden de las fechas. Yo hasta aquí no he presentado una mocion por escrito, i he tenido varias; pero he temido que tengan el mismo resultado que las demas i porque debian precisamente dilatarse a un término que pasaría de cuatro meses.

Yo querría, desde luego, opinar por la sustitucion o renovacion del Congreso, porque toda vez que el Congreso fuese compatible con su opinion, yo seria el primero que opinase por su existencia. Estaría al arbitrio del Congreso. (El señor Rodríguez le interrumpió para deshacer un equívoco). Era necesario que se dictase una lei que resolviese esta renovacion, que no le interrumpiese de nuevo.

La mocion no me parece la mas exacta. Quizá tendría que añadir algunos artículos que he indicado en la sesion anterior (que no se han redactado por el gran cansancio del taquígrafo); pero, en lo que estoi convencido, es que no puede el Congreso continuar su existencia sin perder el poco crédito que puede tener, es necesario conocer, pues, que su descrédito ha ido creciendo por grados hasta el momento de presentarse una mocion para reducir su número. Lo cierto es que era preciso que asegurasen los que pretenden la existencia del Congreso, que asegurasen de un modo claro que el Congreso puede continuar sin perder su opinion. Ella ha sido atacada en los papeles públicos; las autoridades se hallan minadas; por todos lados se ha tratado de desacreditar al Gobierno con hechos los mas ridículos. El Gobierno no solo consiste en el Ejecutivo, consiste tambien en el Lejislativo, i estos dos poderes se hallan minados de un modo estraño. Yo veo tambien un vacío inmenso en este pensamiento i el órden natural de las cosas, es decir, en la idea que se autorice al Gobierno quedando existente el Congreso.

El señor Infante. —Se ha asentado en la Sala que es indudable que en el Congreso hai hombres que tengan complicidad tal vez con los crímenes de que hoi se trata. Este aserto compromete la opinion de los diputados. Yo tengo derecho a exijir que se declare quiénes son. Si hai diputados que efectivamente tengan algun crímen, a esos diputados deberá removerse de la Sala i prevenirse a los pueblos que nombren a otros; ese es el modo. Pero una proposicion así tan jeneral ofende a todos nosotros. Yo estoi en el firme concepto de que no los hai; al ménos no conozco ninguno.

Pero, contrayéndome al caso que se discute, yo veo asentar dos proposiciones que me parecen falsas. La primera, que el Congreso ha venido en descrédito; i la segunda, que está en choque con el Ejecutivo. La primera proposicion se ha fundado en que, por espacio de tres meses, no se ha hecho nada; pero yo veo que se ha trabajado en el primer mes el reglamento interior que no es obra de un momento i desde entónces hasta la fecha se ha ocupado en asuntos de la mayor importancia. Hai bastantes diputados que han visto esas mociones de que se habla; ellos dirán si son de la mayor utilidad pública. Quisiera que se leyesen, i se veria que todas son de la mayor importancia.

¿Choque con el Ejecutivo? Yo no sé en qué consiste. Es verdad que en el Congreso se ha hecho mocion para que se declare si los Ministros deben tener iniciativa en el Congreso o nó; ¿esto es chocar con el Ejecutivo, cuando vemos que todos los publicistas i las constituciones mas célebres les niegan esta facultad?

Se dice que no se puede obrar con prontitud. Esto lo producirán los debates; pero ¿que se quiere quitar a los diputados la libertad de opinar? ¿I estas son las reflexiones que se hacen para que se quite el Congreso o para que se reduzca a una comision de 8 o 9 individuos que, en el misterioso silencio de un gabinete, trate de los asuntos mas interesantes de la Nacion? Yo creo que el pueblo mas se interesará en que una multitud de individuos trate públicamente los negocios de interes comun que no un pequeño número o una comision de ocho individuos. Se dice que la resolucion no es disolucion; pero, esa resolucion o llámasele como se quiera, ¿para qué es? para quitar las garantías. ¿I no se podrán quitar existiendo el Congreso? ¿Porqué se quiere, pues, que se reduzca a esa comision de tan pocos individuos? Yo creo que nadie podrá negarme que la felicidad de un país consiste principalmente en qué estén bien equilibrados los poderes. I bien, ¿estaría bien equilibrado un poder Ejecutivo por 6 o 9 individuos? Una larga esperiencia nos ha hecho conocer lo poco que pueden estos cuerpos de tan pocos individuos contra el Poder Ejecutivo. ¿No hemos tenido Senados, i todos han sido destruidos fácilmente por el Gobierno? El año de 18 se hizo uno i el de 22, con un solo decreto, se mandó quitar; el año pasado se quitó otro; en fin, ¿cuándo ha sido respetado un Senado por el Gobierno? El derecho de lejislar nos lo han trasmitido los pueblos; pero no para que subrogásemos esa facultad a ningun otro individuo ni cuerpo. No hai un ejemplo que un Congreso las haya trasferido a un cierto número de individuos. Pero el objeto de la mocion es la tranquilidad de los pueblos i evitar esas sediciones que diariamente se hacen. ¿I a qué conduce esta comision? Nunca ha sido mas necesario que ahora el Congreso, cuando está tratando de arreglar el importante ramo de Hacienda, el de justicia i todos los demas, porque el país está enteramente desorganizado. Yo creo, señor, que Chile está en los momentos mas críticos al resolver este negocio, porque, efectivamente, desde el momento en que se quite el Congreso, yo preveo que trae fatales consecuencias. Se dice que dentro de dos meses haya otro Congreso, i este no será lo mismo que el actual; si se trata solo de que los cuerpos lejislativos sean de pocos individuos, la Constitucion del Norte América previene que su número no pueda bajar de ciento ni pasar de 400. A mas de esto, señor, yo veo que la mocion es mui degrádame. Nada útil se puede hacer por el espíritu de partido; ¿qué dirán los pueblos cuando vean que en eso se funda la disolucion del Congreso?

Si la mayoría de la Sala insiste contra la mocíon, i aunque no sea la mayoría, yo jamas me separaré (porque no quiero quedar comprometido) hasta que junto con estos individuos nos reunamos, i no saldremos de aquí hasta haber dado un manifiesto de los motivos que han ocasionado la disolucion de este cuerpo.

El señor Campino. —Cuando los diputados, que han suscrito la mocion, han protestado de palabra no concurrir mas al Congreso, no lo han hecho por amenaza sino por una imposición de sus deberes. Ellos creen que el Congreso no puede en las circunstancias hacer nada. Repiten esto de nuevo i que no pueden servir a su país ni a la República sino separándose.

Será mui justo que los señores que no convienen den un manifiesto; los que se retiren harán otro. Los pueblos harán justicia, i creo que esto está juzgado de antemano. Sin embargo, han faltado 506 diputados para ver si la Sala en su pletitud resuelve esto.

El señor Presidente. —Me parece, señores, que la indicacion que me han hecho privadamente varios de los diputados que la de discusion se difiera para la sesion de mañana, es mui justa. Nada sacará el Poder Ejecutivo con que trasnochemos, yo creo que la prudencia i la circunspeccion exijen que la mocion se resuelva en otra sesion. Ella es bastante grave, se han producido razones bastante fuertes por ámbos respectos. Yo habia propuesto ántes que la Sala decidiera si quiere molestarse en seguir discutiendo la mocion o si difiere su discusion hasta el dia siguiente. Faltan tambien diputados que se hallan en el campo i que mañana estarán aquí, segun la citacion que se les ha hecho, porque se ha pedido Sala plena; en fin la Sala decidirá.

El señor Rodríguez. —El señor Presidente no estuvo aquí esta tarde; por eso no sabrá que la Sala declaró que estaba en sesion permanente, i habiendo ya sancionado la Sala una cosa, no debe decidirse deshaciéndola despues. Yo creo que ella halló bastantes motivos para esto. El calor que ha habido entre los señores diputados ha sido por la justicia i la salvacion del país i es preciso tener un corazon de fiera para no socorrer al Ejecutivo, cuando nos dice que el país está en peligro, aunque sea a costa de cualquier sacrificio. Así, pido que continúe la sesion hasta que se acuerden i se den al Poder Ejecutivo los medios que ha pedido.

El señor Presidente. —Yo no he presidido la sesión de esta tarde, pero, segun el oficio que se va a remitir al Gobierno, en contestacion a su nota de esta mañana, me parece que ya la materia no es tan urjente que la sesion continúe hasta horas irregulares; pueda ser que su lectura determine a la Sala a diferir la sesion para mañana.

Se leyó el oficio.

El señor Rodríguez. —No quiero meterme a disputar si se entiende por sesion permanente el continuar tratando un asunto hasta que se resuelva sobre él; pero me parece mui justo que estuviésemos aquí todo el tiempo necesario hasta sancionar alguna cosa.

Por lo que respecta al oficio, no se satisface al Gobierno en lo principal que él pide i es, que le dé medios para restablecer el órden, i es lo que no se contesta, porque todavía la Sala no lo ha acordado. El mismo Gobierno creería que miramos con desprecio lo que nos ha indicado; así no hai un motivo para que se acabe o se suspenda la discusion, principalmente cuando ya está al votarse i concluirse.

El señor Campino. —Cuando he pedido la asistencia de los señores que faltan, no ha sido por la mortificacion que suframos, sino que, como la mocion que está en discusion afecta todos los pueblos de la República de un modo tan particular, parecía conveniente que todos tuviesen parte en su decision. Creia tambien que se evitaría toda disputa de urjencia en el asunto, prorrogando su discusion hasta mañana en que se concluyan las tres discusiones. Esto evitaría una cuestion que necesariamente se ofrecería ántes de su discusion, si e»to era tan urjente que no necesitase de las tres discusiones.

El señor Rodríguez. —Toda decision de la Sala afecta al interes jeneral de todos los pueblos, i si para cualquiera decision de la Sala no es necesaria la concurrencia de todos los diputados, tampoco para ésta es precisa la asistencia de todos.

El señor Presidente. —Propuso en votacion esta proposicion: «¿Se prorroga a la sesion de mañana la discusion de esta materia o continúa la sesion hasta que se decida?» Se aprobó la primera parte de la proposicion i se suspendió la sesion permanente a las once i media de la noche.

Dia 21[editar]

A las once de la mañana se volvió a reunir la Sala para continuar en la sesion permanente con asistencia de 38 señores.

El señor Presidente. —Señores, continúa la discusion sobre la mocion pendiente del señor Campino.

El señor Campino. —Parece, señor, que, despues de dos discusiones que se han tenido, estamos en el caso, para su rechazo o admision, que se discuta artículo por artículo.

El señor Presidente. —Si parece a la Sala, se leerá artículo por artículo i se resolverá así. El señor Lazo. —Parece que, despues de tantas i tan grandes reflexiones que se han hecho sobre esta materia, ya no habria mas que hablar; sin embargo, yo encuentro varias observaciones:

  1. Que es perjudicial al Ejecutivo la disolucion del Congreso;
  2. Que es perjudicial al Congreso i a los diputados. Haré manifestacion de los fundamentos que encuentro. Es perjudicial al Ejecutivo porque, no existiendo el Congreso, no puede obrar con el mismo crédito que si lo autorizase el Congreso i de acuerdo con éste trabajase en la felicidad del país i en cortar todos los males que puedan ocurrir.

Es perjudicial al honor del Congreso porque, despues de acabar de poner preso a uno de sus diputados, si se disolviese ¿qué se creería? O que el Congreso pirado por prision de su diputado se ha retirado, o que el Gobierno ha pretendido la ruina de este cuerpo; de aquí el desconcepto en los pueblos, de aquí la division i el desórden. Seria, pues, mui perjudicial al Gobierno i al Congreso su disolucion. ¿Qué gloria le seria retirarse sin haber dado una lei de garantías? ¿Qué gloria retirarse i dejar abandonado a uno de sus miembros, despues de haber puesto una lei en su reglamento que hubiese una comision que juzgase a sus diputados? ¿Cómo podria justificar esta conducta? Estas observaciones me parece que son otros tantos obstáculos para la disolucion del Congreso.

El señor González. —Si el Poder Ejecutivo pudiera o quisiera disolver el Congreso, tendría lugar la objecion que se acaba de hacer; pero el Congreso mismo es el que se disuelve por medio de una lei. ¿Qué parte tiene el Poder Ejecutivo en la mocion que se discute ni en su disolucion? Nada. Es opuesto a las leyes que tiene sancionadas; pero éste puede derogarlas por medio de otra lei.

Se dice que no seria una gloria para el Congreso el reti rarse sin haber dado una lei de garantías; ¿i qué gloria es para el Congreso despues de no haber hecho nada en tres meses? Yo no sé qué responder a mi pueblo si me preguntase qué he hecho en tres meses, i pues no es gloria que exista en esta inaccion, ménos mal será que se disuelva.

El señor Calderon. — Cuando oigo hablar a algun señor preopinante de que es traicionar a la Patria, no el que se disuelva el Congreso, sino el que se resuelva a menor número,como propone la mocion, digo que es traicionara la Patria el pensar que el Congreso continúe. La razon es porque es imposible que haga algo. Nos hemos constituido a formar un reglamento en que nos hemos ocupado un mes; cuando casualmente nos reunimos en la Sala, se reduce a discusiones que son interminables i dejamos esperando a los pueblos el bien que nunca les haremos. Nadie duda que, en el seno mismo del Congreso, existen quienes pretenden estorbar las decisiones del Congreso; creo, pues, que es traicionar a la Patria insistir en que dure mas tiempo este cuerpo; i cualquiera que diga lo contrario está mui errado.

Esa comision que debe quedar en lugar del Congreso, creo que debe componerse de hombres que, de comun acuerdo, examinen sus trabajos a la felicidad del país. Ya que se ha espuesto como un obstáculo a la disolucion del Congreso el no haber dado todavía una lei de garantías, esa Constitucion del Congreso anterior que nos ha traido tantos males en medio de cosas impracticables en el país, nos presenta unas garantías que son bastantes para asegurar a los pueblos su seguridad. De consiguiente, soi de opinion que la comision sustituya al Congreso.

El señor Cáceres. —Cuando ocupo, señor, este lugar, jamas he creido sacar un partido de lo que hago o lo que hacen otros señores. He suscrito la mocion i la volveré a suscribir. Cuando otros señores, que tienen mas luces, a quienes la naturaleza ha dotado de un talento superior al mío, la han suscrito, creí de mi deber suscribirla. Jamas me ha animado otra cosa que el interes jeneral. Si siempre he sido de opinion que el Congreso solo debe limitarse a formar la hacienda, establecer las garantías i las bases de una Constitucion, cuando en el Congreso pasado lo propuse, tuve la satisfaccion que este pensamiento fuese apoyado por muchos señores que tienen i se merecen todas las consideraciones de la Nacion. Cuando he suscrito la mocion, que es objeto de esta discusion, no he creido traicionar a la parte de la Nacion de donde soi representante. No soi un traidor; tampoco creo que lo será el que opine lo contrario.

Pero, contrayéndome principalmente al punto en discusion, diré que el estado actual del Congreso me impulsa fuertemente a pensaren su disolucion del modo que se presenta en el proyecto; el motivo que me mueve a esto, es el descrédito del Congreso. Tengo documentos en mi poder por los que se prueba que la provincia de Concepcion detesta mas al Congreso que al mas feroz tirano i tiene bastantes motivos para esto. La provincia de Concepcion ha sido víctima de un Congreso maniático que, con el velo de interes público, no ha hecho mas que degradar al país i hacerlo marchar a la retaguardia de las demas secciones de la América. Yo veo que las provincias del Rio de la Plata se presentan mas adelante que el Estado de Chile; esa provincia de Salta, que ha sido sacrificada por el enemigo, ya por la mala versacion de nuestras armas, se presenta con su sala de representantes, que habia dictado ya sábias instituciones i se reune a la Nacion. La Asamblea Nacional de Buenos Aires, el primer paso que ha dado, es jurar solemnemente no adoptar otro Gobierno que el popular representativo. ¿Ha hecho otro tanto Chile? En el Congreso hai hombres que tienen un empeño decidido en estorbar su marcha i desacreditarlo. La respetabilidad del Congreso, señor, perdida, no debe existir el Congreso Nacional; esto seria hacer ridículo, por eso es que siempre seré de parecer que el Congreso o la Asamblea Nacional se retire, dejando en su lugar una comision que reuna todos los poderes, o que los pueblos elijan otros nuevos diputados pero con la condicion que éstos sean naturales de la misma provincia que representan. No poseo la oratoria, si no haria ver la necesidad de esta condicion. Repito que es de necesidad la disolucion del Congreso; ésta será la única tabla que podrá salvarnos del naufrajio a que estamos espuestos.

Concluiré, señor, que nunca he querido ni he creido traicionar los intereses del país, que me ha elejido representante al suscribir la mocion.

El señor Montt. —Jamas he traicionado a la Patria; pienso no hacerlo en mi vida; i sin embargo, no suscribo esa mocion. Ya ayer manifesté que uno de los pueblos libres de América, en sus mayores convulsiones, habia retenido su Congreso: nuestra hermana Buenos Aires nos presenta en la reunion de su Congreso el fin de su anarquía i el principio de su felicidad. Examínese, pues, si en las actuales circunstancias conviene o nó el Congreso; proponer la cuestion de si es conveniente o nó en tiempos tranquilos, seria traicionar los deseos de los pueblos. Resta saber si en este tiempo en que, se dice, el país está tan movido, conviene suspender el Congreso. Ya se ha hecho ver, por algunos señores preopinantes, que no son tantos los peligros; uno de ellos asegura, con su existencia, que son falsos los movimientos que se anuncian en San Fernando; el pueblo de Santiago lo vió tranquilo, i no hai datos positivos de que en algun otro pueblo haya desórdenes ni anarquía.

Entrando en la cuestion de si en los tiempos calamitosos seria conveniente que el Congreso levantase sus sesiones, diré que nó, porque entónces conviene que el Congreso, de acuerdo con el Ejecutivo, forme la felicidad de la Nacion. Señor, si hai facciones en el Congreso i fuera de él, vengan aquí esos facciosos, Montt, el primero, i sean castigados con todo el rigor de las leyes. ¿Por qué están los hombres de bien revueltos con los malvados? Dígase quiénes son i salgan inmediatamente del Congreso.

Señor, que no se ha hecho nada en la Sala en tres meses; yo creo que se ha hecho bastante. El obrero ¿no se cree que ha hecho nada porque no ha concluido la obra? Creo que nó; porque aunque no haya llegado a su fin una obra, no por eso se deja de haber trabajado en preparar los primeros elementos, en combinarlos, etc. La Constitucion no la creo otra cosa que el edificio de una gran casa; i porque no se ha empezado a poner los adobes i otras materias ¿se ha dicho que no se ha hecho nada? Nó, señor; éstos los ha hecho el Congreso, i son sus trabajos en preparar los elementos de la Constitucion.

El señor Albano. —En vano he esperado satisfacer mi conciencia i apoyar mi dictámen en razones conocidas o en una evidencia manifiesta. Yo he manifestado mi opinion ántes por la reunion del Congreso i por la existencia de estos cuerpos. Ellos serian un oríjen de felicidades para el país; por consiguiente, la admision de la mocion encuentra muchos obstáculos. Mas deseable seria que se encontrase una seguridad, una prueba en los que apoyan la mocion; pero, en vano me he fatigado.

Los Congresos son útiles; pero, cuando ya no son ni hacen el bien, ya no sirve su existencia: son lo mismo que las relijiones, que se pueden estinguir cuando se creen perjudiciales, como los jesuítas que, en la bula de su espulsion, no se ve otro motivo que ya no eran edificantes. No creo que los señores que opinan contra la mocion sean capaces de traicionar a la Patria; pero el Congreso no puede apoyar su existencia de un tiempo indeterminado. En todas partes se han marcado las sesiones del Congreso a un cierto i determinado tiempo. Aquí no se ha determinado tiempo; parece que las circunstancias lo apuran, porque las asonadas de revoluciones se suceden unas a otras. Sí me hubieran puesto en la circular, de Director, seria una burla; pero comprometen los anónimos la reputacion de un hombre honrado, que siempre ha merecido la reputacion de los pueblos. Lo cierto es que toda vez que ha aparecido este suceso, se supone entre ellos una autoridad como la de la fábula. En los papeles públicos se ha burlado al Congreso; en su mismo bufete se han leído anónimos en que se atacaba al Poder Ejecutivo i al mismo Congreso. La esperiencia me ha enseñado que al fin i al cabo ha entrado en una lucha odiosa con el Ejecutivo i ha dejado de existir por las razones que dan los políticos, que son muchos sus individuos i el Gobierno es uno, i en la accion i reaccion termina el cuerpo mayor, siguiendo un órden inverso al natural.

Sin embargo de todo esto, yo no me convengo enteramente con la mocion porque no allana todos los obstáculos i dificultades que se oponen a su aprobacion; por esto presento el siguiente proyecto de lei. (Despues de haber leido el proyecto, cuyo principal objeto es que el Congreso termine sus trabajos en el término perentorio de 15 dias continuó): Yo creo que, con este medio se conciliarán las dos opiniones, la una que rebate la mocion i la otra que está por su sancion o por la duracion del Congreso a un tiempo determinado. A esto me hace fuerza la falta de táctica; por ser mui nuevos en esto somos disculpables; pero lo cierto es que esta falta de táctica prorrogará las discusiones del Congreso tanto que hará fastidiar a los diputados. Yo los considero llenos del amor público para concurrir a las sesiones; sin embargo se ha visto que ha sido necesario una lei penal (a la que me opuse) para obligarlos a que concurran.

Querría, pues, que la Sala pesase estas consideraciones que en mi concepto podrían remediar los males que se han indicado, a ver si por este medio, dilatándose el Congreso por el término que he indicado i trabajando en sesiones continuas, pudiese acabar el Congreso en los 15 dias. Nada tiene de estraño, ¿qué mas se le puede dar que tres meses, que son los que ha empleado hasta aquí para organizar al Estado de Chile? Por lo demas, queremos comparar con las naciones grandes, como la Francia, Inglaterra i otros países; no puede ser, somos mui pequeños. ¿Cuál es la poblacion del pueblo de Chile? Nadie le da mas de ochocientas mil almas; ¿i para arreglar los intereses de ochocientas mil almas queremos demorarnos mas de tres meses?

Yo creo que esto no traería desagrado a los pueblos porque la costumbre que ya tienen de que todos sus Congresos no hagan nada i siempre salgan mal, haria en ellos un placer al ver que este cuerpo ha hecho algo. Si queda un cuerpo intermediario seria necesario sueldos como en el Senado, i el mal estado de nuestra hacienda no lo permite.

De aquí es que soi de opinion que se oficie al Ejecutivo, acompañándole el proyecto que he leido. Dejaré sobre la mesa el proyecto; concluyendo, lo entrego al secretario.

El señor Elizondo. —Discutiéndose el primer artículo de la mocion que se reduce a la disolucion del Congreso, hemos oido dos indicaciones que, en mi concepto, son mas útiles i mas honrosas al pueblo que la mocion. La una del señor Rodríguez, que por parte se renovase el Congreso; la otra del señor Albano, que el Congreso fije un término para sus sesiones. He dicho que éstas me parecen mas honrosas al pueblo i al Congreso porque la mocion pone en un contraste nuestro honor, estableciendo que el Congreso es perjudicial a los intereses de la Nacion. ¿Cuáles son los perjuicios que de su existencia han resultado? ¿Acaso el Congreso ha enervado las operaciones del Gobierno? ¿Acaso el señor Director se ha quejado alguna vez de perjuicios que haya causado el Congreso? Por el contrario, siempre le ha manifestado sus profundos respetos. ¿No le ha auxiliado el Congreso al Ejecutivo cuando le ha manifestado sus necesidades? ¿Ha manifestado hasta ahora algun pueblo desagrado por el Congreso? ¿No hemos visto, por el contrario, que los pueblos tienen una confianza en la Representacion Nacional i que concurren a sus debates?

Otra razon que se aduce para la disolucion del Congreso es que nada ha hecho hasta aquí; pero esto no lo dice el Ejecutivo, no lo dicen los pueblos; tampoco es su voluntad que se disuelva. Con que, el Congreso no va a ser disuelto por el Ejecutivo; al contrario, el Director se ha manifestado por su existencia, obedeciendo siempre gustoso. El Congreso se va ha disolver solo, ¿qué cosa mas deshonrosa? Yo hablo sin agraviar a nadie; pero entiendo que será un crímen contribuir a su disolucion; no seria decente, no seria de juicio. Este, o yo lo he perdido, o lo comprendo. Con que un hombre que ha sido mandado por su pueblo para que contribuya a formar sus leyes en el Congreso, ¿qué respondería si se retirase sin haber hecho nada?

Si en el Congreso hai embarazo ¿por qué no toma arbitrios para cortarlo? Si por neglijencia, nada ha hecho, sustituya a esa neglijencia la celeridad. ¡Pero los que han venido a desempeñar las confianzas de los pueblos retirarse diciendo que nada han hecho! Este seria un crímen.

Se dice que nada se ha hecho porque dentro del Congreso hai quien estorbe las decisiones del Congreso. ¿I no está al alcance del Congreso purificarse? Si tiene un dedo enfermo, cortárselo. Averigüese quién de los señores diputados tiene crímen, i castíguesele. Pero la medida que se propone no remedia el mal sino que mata al enfermo, no es un sistema curativo sino mortal.

Se dice que es necesario en el Ejecutivo una facultad estraordinaria por los peligros que amagan. Ya hemos visto que ellos no son de una calidad que exijan la disolucion del Congreso; pero cualesquiera que éstos fuesen ¿es posible que cuando la Patria está en peligro i cuando el Gobierno está consultando al Congreso sobre los medios de cortarlos nos separemos? Consultando todas las historias, desde Roma, jamas ha habido ejemplar que el cuerpo lejislativo se separe aun cuando se hayan presentado los mayores riesgos. Señor, yo me produzco de buena fe, no tengo interes ninguno en la existencia del Congreso; solo quiero que no nos agravemos.

El señor Rodríguez. —Cuando la Sala ha oido producir con tanto método i fuerza a tres de los señores diputados, al señor Palazuelos, al señor Montt i al señor Elizondo, en contra de la medida de disolucion del Congreso, cuando ellos, fundados en principios filosóficos, han opinado contra la mocion que se está discutiendo, a mí me debería dar vergüenza el indicar algo. Sin embargo, por no dejar medio alguno, trataré de rebatir errores de algunos señores, permitiéndome decir ántes que me he complacido en oir a los señores para saber que no la ignorancia de los diputados (como se dice) es un motivo para la disolucion del Congreso. Habremos entre nosotros 25 o 26 diputados que toman la palabra i con madurez; ¿cuál diputado se podrá decir que es un hombre rudo? Ciertamente no lo encuentro.

Se dice que porque el tiempo se ha perdido no se deberá hacer nada. Esto me parece mas una cosa como aquella caricatura que nos atribuyen a los chilenos, de huesos; o de aquellos comerciantes que habiendo sido habilitados i pierden algo tratan mas luego de arruinarse jugando lo que les queda. Este es el lenguaje de los apoyantes de la mocion.

Se nos cita a otros pueblos como por una especie de comparacion. Yo me veo en la necesidad de hablar de un pueblo, a quien le merezco mucha hospitalidad, aunque su Gobierno me ha perse guido; hablo de Buenos Aires a quien se cita como el modelo del órden i del liberalismo. ¿No fué Buenos Aires el que quizo traicionar a toda la América, queriendo poner en su seno una corona? ¿no es la que intrigó hasta con el Gobierno del Brasil para conseguir sus proyectos? ¿Qué Gobierno mas árbitro que el del principio de don Martin Rodríguez? Cuando en esa Junta de Representantes, en que se llamó al cura Agüero, se presentó una mocion del Ejecutivo, i porque se dijo que no se obedecía quiso acabar con la Junta de Representantes; entónces vino el señor Rivadavia i dijo: «Si el gobierno quiere destruir la Junta o la Sala de Representantes él será destruido primero. Eran 12 los diputados; se aumentaron a 30 o 40. Este es el caso que hemos de buscar; no degrademos al país; nosotros no tenemos carácter i de esto depende todo; queremos seguir ejemplos de otras naciones i sus modales, i jamas conservamos unos mismos. Tienen tambien los porteños su carácter nacional, tienen una gran virtud, hasta en el modo de plantarse tienen su aire particular. I nosotros ¿por qué no tenernos nada de esto? Porque privamos de decir: Yo estoi al modo de Francia, yo estoi a la inglesa.

He oido a un señor representante que este pueblo no necesita mas que 8 dias para organizarse i el señor diputado debe olvidar que este cuerpo tiene unos volúmenes mui gordos que correjir en el ramo judicial i en todos los demas, ¿i nosotros nos retiramos cuando nada hemos hecho, cuando las mociones de mas importancia están para decidirse i cuando en ellas consiste la reforma del país?

Ese señor diputado que ha dicho que se haga un reglamento, debe advertir que es imposible que en un pequeño reglamento se organice un país que en ninguno de sus ramos tiene el menor órden.

Dicen tambien que, reduciendo el Congreso a ese corto número de diputados, se hará mucho; que adelantará el país; pero, señor, si hemos visto que los señores diputados, yo el primero, nos eximimos en trabajar siendo tantos, ¿qué harán los pocos? ¿Cuál es esa lei de garantías que se ha presentado a la Sala? Si estando en la vergüenza de mirar por sí, el Congreso marcha con tanta lentitud ¿qué hará la comision? ¿De qué sirve, sobre todo, la libertad si hemos de estar sujetos al capricho de un solo hombré? ¿De qué sirve esta libertad que nos ha costado tanta sangre? Yo procedo de buena fe; yo no soi traidor; pero es un cierto modo de traicionar a la Patria; al ménos yo lo creo una traicion infernal. Yo no convendré jamas con esa conducta; es peor todavia que si se dijese «Disuélvase la sociedad; cada uno defiéndase como pueda i haga su dilijencia.» No es así, señor. Se me hace una violencia; se me pone preso; reclamo a la Comision, i dice. «Yo no tengo la culpa, el Poder Ejecutivo es quien la tiene.» Voi al Poder Ejecutivo i, me dice que la Comision tiene la culpa, i al fin, cansado i despechado ya, tendría que ahorcarme. ¿Qué haremos, señores, para oponernos a esta medida tan irracional? Pero yo suplico a los señores, que tomen la palabra, a los señores Elizondo, Montt, Eyzaguirre, Infante i Palazuelos que no dejen de hacer lo posible para oponerse a ella. Pido tambien a los señores que han suscrito la mocion que si se han convencido en su interior de lo contrario, francamente lo digan, porque no hai mayor gloria que vencerse. Yo lo creo así, señor, i sé que el pueblo de Santiago es el mas interesado en su Congreso i que correrá la misma suerte que Santiago. (Palmoteo en la barra i vivas al Congreso i a Rodríguez.)

El señor Presidente suspendió la sesion para descansar, a la una i cuarto; despues de media hora volvió a continuar la sesion.

El señor Barros. —Parece, señor, que el asunto es demasiado importante i lo dicen las discusiones. Yo me glorío de haber oido tan bellos sentimientos por una i otra parte, pero creo que desde el principio hemos vacilado en una equivocacion. Yo oigo combatir que es inútil la disolucion del Congreso. Es una verdad, pero desde el principio he asentado que mi opinion no es su disolucion sino su reduccion a un menor número. Queda un cuerpo que continúa ejerciendo las mismas facultades del Congreso. ¿Que reducirlo a un menor número es disolverlo? Si se arguye que esos cuerpos numerosos han sido siempre útiles, el Congreso anterior nos presenta lo contrario, es así que no debemos traer estos ejemplos. Despues que él estableció un órden ¿quién lo deshizo? ¿El Poder Ejecutivo? El pueblo sin duda lo deshizo. En fin, yo no quiero traer a la memoria recuerdos tan tristes. He espuesto que el reducirse a menor número lo creia conveniente, porque siempre creí que el Congreso elijiera unos sujetos capaces de desempeñarnos. Los mismos patriotas quieren que haya Congreso: pero esos mismos patriotas quieren un Congreso virtuoso, un Congreso que los salve. Si este Congreso ha de ser así, que exista. Juramos todos los miembros que de aquí no hemos de sacar ejemplo ninguno. Fuera esas piltrafas; todo Congreso donde se espera empleo, jamas puede hacer nada útil. Yo quisiera tener a los pueblos en esta opinion. Señor, desnudémonos de todo, vengamos solo a hacer el bien jeneral; entónces el pueblo sabrá que es un Congreso desinteresado; pero cuando veo que se pretende la duracion del Congreso i se teme como siempre que los que han llevado lazos han salido empleados, casi se puede presumir que lo mismo sucederá ahora. Pido, pues, que se ponga en discusion esta proposicion. Señor, juremos no tener empleo ninguno en tres años, i entónces seré el primero que suscriba a la duracion del Congreso; pero pensar, señor, que es buena la duracion de un cuerpo en que no se ha visto el menor asomo de desinteres, el menor asomo del bien jeneral, pensar que sea buena su existencia, es un absurdo. Desnudémonos de todo interes, i entónces haremos la felicidad de los pueblos; pero, miéntras que los pueblos sospechen que los diputados tienen miras particulares, nada haremos. Una de las objeciones que se ponen para reducir el Congreso a menor número es el descrédito. El modo que propongo, él puede recuperar su opinion i vuelve a tener crédito. Todas las demas razones creo que se refluyen en ésta. Si el Congreso hace lo que digo, tendrá opinion, pero miéntras no queramos renunciar a todo interes particular, el Congreso será aborrecible i detestable a los pueblos.

El señor Infante. —Se ha dicho por un señor diputado que la provincia de Concepcion aborrece al Congreso i lo mira como un tirano. Yo me persuado que el señor diputado, para sentar esta proposicion, pueda tener por datos algunas cartas particulares que haya recibido de aquella provincia, mas no que el pueblo reunido haya manifestado su dictámen. Necesitamos tambien a mas del dictamen de Concepcion examinar el de todas las demas provincias. La provincia de Concepcion, se ha dicho, ha quedado hostigada con los males que le causó el anterior Congreso. Yo lo creo; pero es preciso que entremos en reflexiones mas exactas i con mas circunspeccion para conocer la utilidad de estos cuerpos. Tres Congresos ha tenido Chile; en el primero era tal la ignorancia de sus miembros que ni siquiera abrió sus puertas para las sesiones públicas; el segundo permitió al pueblo asistir a sus discusiones, lo que probaba que ya no habia esa ignorancia ni estupidez i que ya se habia adelantado mucho. Se dice que se compuso de maniáticos i aristócratas. Este, que es el tercero, no creo que se componga todo de individuos de esa clase; hai en él bastantes hombres libres i ya se nota mucho mas adelanto que en el Congreso anterior.

Esta era la marcha que debia tener la revolucion. Nuestra educacion fué por una nacion bárbara, i esta reflexion se debe tener presente al observar el estado de ilustracion del país. No declamemos, pues, contra los Congresos; ellos se deben sostener, ellos son los únicos que pueden adelantar el país.

Uno de los señores ha dicho que no se ha fijado un término a este Congreso. Yo creo que se ha hablado equivocadamente; quisiera que ese señor me dijiera: tal Congreso Constituyente de tal nacion se fijó tiempo. El Congreso viene a reformar los ramos de la administracion pública; no es posible que lo haga en dos o tres meses, esto necesita de mucho tiempo. Así, creo perjudicial la proposicion de ese señor.

Otro señor ha dicho que no se trata aquí de la disolucion del Congreso, sino de su reduccion a menor número. Para hacer ver lo contrario pido que se lea el artículo en discusion.

(El secretario leyó el primer artículo de la mocion, que dice: «Queda disuelto el Congreso».)

Señor, si el autor de la mocion dice: «E1 Congreso se disuelva», i no lo podemos entender de otro modo, una corporacion de cincuenta i tantos individuos se va a retirar i a dejar en su lugar una comision de 8 o 9; ¿i por esto se dirá que queda reducido el Congreso? Estas son las observaciones que he oido en la sesion de hoi. Algunas otras se han hecho, pero han sido rebatidas sábiamente por muchos señores. Noto sí que los señores no se han hecho cargo de las que se pusieren ayer; así se me permitirá que las renueve, no solo para contestarlas i que las contesten los otros señores, sino tambien para mirar por el decoro del Congreso.

Se ha dicho que el Congreso no ha hecho nada en tres meses. Ya se ha visto que el primer mes se ha pasado en el reglamento, cosa que no es tan fácil como se cree, i que quizá en su discusion se han ilustrado muchos señores; despues se han presentado otras materias gravísimas que el Congreso necesita mucho tiempo para discutirlas.

Tal es la mocion remitida por el Ministerio sobre contribucion directa; esto ha sido necesario, para discutirse, de seis a ocho sesiones, i por su gravedad todavía no se ha podido resolver. ¿Cómo se dice que el Congreso ha perdido inúlmente el tiempo? Si entran estas mociones en discusion, ¿qué hemos de hacer? ¿Por qué se nos imputa que nosotros mismos desacreditamos el Congreso? Yo he deseado probar con hechos comprobados con los mismos acuerdos de actas del Congreso que no se ha perdido el tiempo inútilmente, sino que ha empleado todas sus sesiones en discutir mociones de la mayor importancia.

Un señor ha dicho que el Congreso ha estado en un continuo choque con el Ejecutivo; ¿cuál ha sido ese choque? Desígneseme un solo hecho en que haya habido choque i este será un comprobante, i no se diga vagamente que el Congreso ha tenido disensiones con el Ejecutivo. Todos los miembros de este cuerpo deben resentirse de esta espresion; se cree que ha sido choque con el Ejecutivo una mocion de que yo he sido el autor i ahora he oido con gusto a uno de los señores que la aprueba i suscribe.

Me complazco en que un individuo de sus luces apruebe esa mocion.

Tambien se ha dicho que este cuerpo compuesto de pocos individuos no puede formar el equilibrio del Ejecutivo i Lejislativo, i no se ha atendido ni satisfecho esta dificultad por los señores que aprueban la mocion que se discute. Para esto recorramos el ejemplo de nuestro Senado. En el año 11 hubo uno que en todo estuvo sujeto al Poder Ejecutivo. El del año 18 fué lo mismo i se disolvió por un mero decreto del Poder Ejecutivo. En el año 23 hubo otro Senado; ese Senado enérjico que sostuvo los derechos de los pueblos, ese Senado que sostuvo i promovió cuanto pudo concurrir a la felicidad pública, ese Senado tuvo contra sí al Ministerio. Se sabe que fué preciso poner el veto del Senado, ¿i qué hizo el Ministerio? Anticipó la reunion del Congreso para que ese Senado se disolviese. Hemos visto el último Senado que fué disuelto por un movimiento del pueblo de Santiago. Yo bien confieso que ha sido útil su destruccion, porque siempre he creido que el Poder Lejislativo no puede estar en manos de seis u ocho individuos; pero al paso que nosotros hemos improbado ante una Constitucion en que se ponia todo el Poder Lejislativo en mano de ocho individuos; ahora se dice disuélvase el Congreso i quede una comision de seis individuos. Señor, yo creo que procedemos mui ignorantes en estas materias.

Se dice que es necesario conceder al Poder Ejecutivo esa facultad de poder obrar contra los sediciosos, que será materia que se deberá tratar con la mayor circunspeccion. Yo no hallo motivo por esta parte para que se disuelva el Congreso, porque el Ejecutivo no necesita facultades para otra cosa que para acabar con los sediciosos, éstas las puede obtener con la existencia del Congreso; ¿por qué queremos que las materias de Hacienda queden a cargo de nueve individuos que en el silencio misterioso de una sala pueden hacer a su antojo lo que quieran? Ábrase cualquier autor político, el Constant lo dice: cuando se ttata de una lei es necesario que se reunan muchos individuos, porque de ese parecer de tantos resulta el acierto; ¿i nosotros nos desentendemos de esto, i no queremos seguir el consejo i la opinion de todos los sabios?

Se dice que esta Comision reunirá otro Congreso. ¡Ah señor! Pueda ser que no se reuna un Congreso como este, pues, como dijo un señor, ahora no hai ningun individuo, entre mas de 40 que somos, que se someta a la opinion de otro; lo que prueba la libertad en todos sus miembros. Será, pues, mui difícil que se reuna un Congreso en que la libertad de opinar se observe tanto como en éste. Cuando no hubiésemos hecho otra cosa, habríamos logrado que ese pueblo se instruyera.

Yo continúo, señor, opinando contra el artículo que se ha discutido, sin perjuicio de que el Congreso entre a acordar las facultades que deben dársele al Ejecutivo para acabar la anarquía; pero yo quiero, señor, dos cosas: que se destruya la anarquía i se precava el despotismo. La anarquía puede consumirse existiendo el Congreso i el despotismo tendrá su oríjen con el principio de esa Comision. Yo he dicho que, en los dos años que lleva la presente administracion, ha obrado justamente reuniendo en dos veces la Representacion Nacional.

El señor Gandarillas. —Despues que en los movimientos de Junio en que ya fué precisa la disolucion del Senado, fuese por la opinion del pueblo de Santiago o por el choque con el Ejecutivo que siempre tuvo este cuerpo, i que se anunció al pueblo la reunion del Congreso, los hombres sensatos creyeron que en esta reunion se hiciesen las bases de la felicidad del país. Esta esperanza se fundaba en que despues de la esperiencia de tantos trabajos se hiciese lugar a la justicia de las leyes. ¿Qué es lo que se hizo en la primera vez? Se observó una junta de hombres que en el primer mes se ocupó en un reglamento de policía interior faltando en todas sus discusiones a la educacion i a la urbanidad, concluye el reglamento, se siguen mociones atentatorias, ¿cuál es la conducta de los diputados? Entre ellos, unos, al hacer una mocion, insultan al Gobierno de despotismo; los otros insultan a los demas diputados, porque sus opiniones no son apoyadas, faltan a la urbanidad hasta el estremo de quitarles el habla. La barra se burla i los estranjeros se rien. Las intenciones de muchos son poner embarazos al Congreso, i yo lo he oido que quieren estorbar las deliberaciones; tambien han querido destruir los derechos mas sagrados del ciudadano atacando la libertad de imprenta. Otros diputados han manifestado demasiado en las deliberaciones, el deseo que tienen de obtener varios empleos. Es imposible, señor, que un hombre con vergüenza permanezca mas tiempo aquí sentado.

Se dice que el Congreso no se disuelva miéntras no haya dado una lei de garantías; pero se engañan. Las garantías de los pueblos no consisten en que estén escritas en un papel, sino en la virtud del jefe que manda. Jefe sin moral, jefe sin la opinion pública, jefe sin sistema en su administracion, nadie lo contiene.

Se quiere aducir que estos cuerpos obran mejor miéntras mas individuos tengan i para esto se cita a Maquiavelo; yo cito a Marmontel que dice: en un cuerpo de muchos individuos son muchos los vicios; mucho mas en un cuerpo como éste en que se brindan aplausos en la barra con el mayor desórden, que, quién sabe si son por manos ensangrentadas en el mismo que se elojia; en un cuerpo en que no se respeta la urbanidad; un cuerpo que hasta aquí no ha hecho nada útil; en un cuerpo en que se lleva por sistema la oposicion; en un cuerpo desacreditado hasta lo último; en un cuerpo cuyos miembros con... (Se llamó al órden por los señores Campino, Infante, Iñiguez. En toda la Sala gran conmocion i murmullo en la barra.

El señor Rodríguez. —Diga lo que quiera cualquier diputado, que nosotros sabremos defendernos i contestar. Que siga el señor que tiene la palabra.

El señor Presidente, tocando la campanilla, dijo. —Los señores de la barra se harán a sí mismos el honor de guardar aquella moderacion que se debe a sus representantes, para que hablen con toda la libertad que necesitan. Nosotros la guardamos con nosotros mismos, i si no la guardamos o algun señor no la guardase, se le volverá a su órden. Yo creo que un pueblo debe oir los de bates de sus representantes sin manifestar el menor signo de aprobacion o desagrado; esto nos prueba la libertad de opinar, i el pueblo que se halla presente gustará de que el Congreso use de toda la libertad. Siga US. (dirijiéndose al señor Gandarillas).

El señor Gandarillas. —Continuaré por complacer a US. (despues de haberse escusado.) Señores, advertiré ántes, yo no ataco vicios de los diputados ni los conozco, ataco vicios jenerales i defectos de que no me creo exento. Yo lo que diré, que diputados que merecen buena reputacion i buena fe han contribuido indirectamente a la anarquía.

Una de las razones que se dan para que exista este cuerpo tan numeroso, es para que guarde el equilibrio con el Poder Ejecutivo, i para esto, digo que no se necesita un cuerpo para sostener las leyes; si no hai buena fe en el gobernante nada será la resistencia que ponga el cuerpo deliberativo a las miras de un déspota, así es que ésta no es una razon para que siga sus trabajos el Congreso.

Aduciré que suscribo a la mocion que se discute.

Yo habria suscrito de mui buena gana el proyecto presentado por el señor Albano; pero me parece que el término de 15 dias que se propone es sancionar que sufrirá los mismos entorpecimientos que las materias que hai pendientes; esta es otra razon que me ha convenido a opinar por el proyecto, ese curso tan lento que siguen las mociones que se presentan. Repito, señores, que no hai mala fe en los diputados para estorbar las deliberaciones sino nuestra ignorancia, i porque somos demasiado teóricos, es causa del embarazo que se nota en las decisiones del Congreso.

He oido aducir, por ejemplo, de que la Honorable Cámara de Representantes de Buenos Aires, sin embargo de haber dictado proscripciones i destierros el Gobierno, se sostuvo; pero hai mucha diferencia de pueblo a pueblo, de circunstancia a circunstancia; aquella se juntó sobre cadáveres i ruinas, i de sus desgracias sacó el órden. Este, reunido en medio de la libertad, parece un bajel abandonado al arbitrio de las olas; pero me exalto demasiado.

Añadiré a la mocion que los que pretenden la anarquía, son sus miras volver al Gobierno a don Bernardo O'Higgins, ese hombre que costó tanto para revocarlo, sin embargo que fué por un consentimiento unánime de los pueblos; para eso se trabaja i se desacredita la actual administracion. Ojalá que el Congreso delante de la barra...

El señor Rodríguez. —Antes de entrar a contestar sobre lo que han hablado los anteriores señores, suplico encarecidamente al benemérito pueblo de Chile que guarde toda la moderacion posible i el mas profundo silencio, porque en ninguna circunstancia debe manifestar mas circunspeccion que en ésta. En esta virtud, tomo la palabra; si por algun accidente no corresponde el resultado a mis deberes, abandono el asiento i no hablo mas.

Estoi en el caso que soi el primer autor en esta Sala, segun se me ha indicado; será porque mi pecho ancho me ha permitido levantar la voz mas que otros señores. He tenido el dolor de volver a oir a los señores Campino i Gandarillas, que insisten en su misma opinion. Si ellos han hablado por medio de esa táctica capitulera, i han creido hacerme vacilar, recomendándome la perfidia de un mandatario, sépanse esos señores (poniéndose de pie), que mi ilustre padre i mis dos hermanos, aquí, bajo mis plantas, me dicen que el modo de vengarlos es salvando los derechos del país, esta es la venganza que exije la felicidad de los pueblos. Con poca política, a este último señor diputado, he oido en los descansos decirme que estaba como Morante en la comedia i le dije que podia ir a lucir a la comedia de París, i se lo vuelvo a repetir. El ha hecho, en buena razon, uno de aquellos sermones que predican nuestros relijiosos en la plaza, despues que han ajusticiado a un reo; habria estado mui bueno como para el entierro del Congreso. Aquí se han espuesto delitos que jamas los he permitido, i tanto que, llevando cada diputado uno, no alcanzará su número a cargar tanto delito como se ha indicado. Yo creo que cada uno de los señores diputados, cuando hayan delinquido, habrá sido en un delito, i así es que sobran; pero, no creo tan vil a ningun diputado, lo digo a gritos, i ojalá tuviera una voz que me dejara oir en todo el mundo.

Cuando aun está humeando la sangre de mi familia, esos dignos amigos que me dió la naturaleza, creo que ahora empieza mi vida política i debo hablar con claridad. El pueblo está presente i dirá si esos aplausos los merecía o nó. Digo que empieza la época de mi vida, porque nunca he estado en situacion de servir al país; diré lo que respecta a mí, para que el pueblo decida sobre mi conducta i para poner en salvo mi honor. En 1814 entré en una revolucion; no lo niego, pero me arrepiento, aunque nunca entendí del destierro de nadie sino es una vez i eso en favor del mismo. El actual Presidente de la Sala era secretario entónces i dirá si alguna persona recibió mal de mí i si todas las personas aflijidas que iban a casa, alguna vez salieron desconsoladas; despues creí que la nave del Estado iba a naufragar... He dicho que he amado la libertad, poco he estudiado, nada he leido, pero me habré guiado siempre por el sentido comun. Siempre he sido idólatra de la libertad i jamas me sometí al despotismo, sea por sentimientos o porque nací en una clase que, aunque no era rica, no era mendicante. Mi padre, como un empleado, nunca careció de recursos para educarnos. He entretenido bastante a la Sala i al pueblo en asuntos mios, pero mas bien ha sido en obsequio del pueblo que me ha nombrado su representante i que me ha hecho sufrir en estos dias bastantes amarguras.

El digno señor diputado Infante, por sus principios populares, ha hablado en contra de la mocion con el carácter propio de un hombre que ama la libertad de su país. Pero tambien Homero se duerme. Ha dicho que el Ejecutivo ha de ser autorizado; nada de eso, señor; basta con las leyes que tenemos. Al Poder Ejecutivo lo que se le debe decir es que, conforme a las leyes, castigue a los perturbadores del órden.

Por lo que hace a la apuntacion del señor Barros, que los diputados no puedan admitir empleos, de que ha merecido aprobacion; pero en las circunstancias es importuna. Son otras las medidas que exijen las circunstancias del dia.

Vuelvo otra vez a mi persona, porque en este último dia es preciso hablarlo todo. Jamas he aspirado a nada, jamas he pedido empleo ninguno. En la revolucion de 19 de Junio, se me nombró de diputado (porque este pueblo ha querido jugar con mi persona); creo que todos me tratan con llaneza, públicamente me dicen «Cárlos Rodríguez, Carlitos»; todo está bueno, pero se debe advertir que no he pedido empleo ninguno. Añadiré una cosa que no he dicho. Estando de diputado, por conducto de un amigo, me mandó decir el Ministro del Interior que me daría el juzgado de letras de Valparaíso. Nada me sobra; este destino lo pude haber admitido en otras ocasiones; pero, en las circunstancias en que me hallaba, no creí que me fuese honroso el admitir un empleo; entónces me fui a donde el Ministro i le dije que, estando de diputado, no podia recibir el empleo que me obsequiaba. Esto lo digo para satisfaccion del señor Barros, a cuya opinion ahora me opongo. Si se dice que no se den empleos ningunos a los diputados; se hace un agravio a la parte del Congreso que quiere que éste subsista; me esplicaré. Se dice que en el Congreso hai dos facciones, una que tiende al Ejecutivo i otra a la existencia del Lejislativo. Tal vez el oprobio vendría mas bien sobre el Congreso mismo si se conservaba en esa medida. La mocion del señor Infante, sobre esto mismo, está pendiente i se discutirá a su tiempo.

Volveré a mí. Suplico a todo hombre que me haya oido una mentira una sola vez, que no me crea nunca. Yo voi a hablar la verdad. Cuando tuvimos la desgracia de emigrar en 1814, el señor don José de San Martin, que entónces era gobernador de Mendoza, con este motivo, hallándome yo enfermo, me ofreció su amistad; i en virtud de que mi padre, no teniendo nada de sobra, me dió. Yo sé que hai aquí varios amigos a quienes les dije que don José de San Martin tenia mi corazon doblado. Este señor, en medio de su política grosera, me dijo que le informase de los sujetos que habian tenido empleos en Chile; yo francamente le dije quienes eran; entónces se descolgó a decirme que le hiciese una notita de sus aptitudes. Me quiso envolver i me libré del naufrajio. Le dije que nunca calificaria las aptitudes de mis paisanos. Despues me dijo que le proporcionase algun arbitrio (otro conflicto). Hallándome haciendo un papel mui ínfimo en Mendoza, le dije que el único arbitrio que encontraba, era que todos los chilenos que estaban allí emigrados, jurásemos no tener empleo ninguno en 5 o 6 años. En eso, dijo que estaba el pueblo sano de Mendoza (como dicen los aristócratas, el pueblo sano, la parte sana del pueblo ¿i cuál es la parte enferma, cuál es la parte loca?)

Se dice tambien que he traido mal a colacion la comparacion del gran pueblo de Buenos Aires. Yo no le cité sino para rebatir al señor Cáceres que dijo que nos viésemos i nos comparásemos a la inmortal Buenos Aires; dice el señor diputado que esa Junta fué despues de haber corrido sangre; diré tambien que creo que se engaña el señor diputado, porque ya existia esa junta, cuando entró a quitar al señor Rodríguez i se amparó del convento de San Juan, i tuvo esa entereza; pero como esas voces huecas de que perece el país, que la anarquía asoma, no se atienden i se desprecian, continúan en insultar i apostrofar el honor de los hombres. Perezcan hoi luchando con la víbora que los oprime. Es preciso hablar con franqueza, es preciso dar importancia a ese pueblo que nos escucha. Si me acuerdo de algo mas, diré, si se me permite.

El señor Albano. —Mi corazon se consterna cada vez mas i mas cuando contemplo que las pasiones por grados se exaltan. No es este el modo de encontrar la verdad. Ella se oculta cada vez mas, siempre que solo atendemos a nuestras pasiones. He dicho i es constantemente aprobado por la esperiencia, que la exaltacion en los cuerpos lejislativos es mui perjudicial. Así deseo que los representantes, que ahora los ocupa su calor, examinen si hai un arbitrio para que el Congreso continúe o deje de existir. Yo me avanzo a dar un proyecto comprendido en cuatro artículos; considérese que el Congreso no puede ser eterno i debe tener un tiempo fijo, i supuesto que ha pasado un período suficiente para arreglar los intereses de Chile, i no se ha hecho, es preciso ya fijárselo.

No me parece bien el proyecto emitido por un señor diputado, en que trataba de renovar el Congreso, como se ha acostumbrado en otras partes. Esto traería sus inconvenientes (se le llamó a la cuestion); yo he emitido unas proposiciones con las que modifico la mocion. Todavía no se ha consultado a la Sala si se trata del primer artículo del proyecto solamente. (El Presidente dijo que ya habia consultado a la Sala sobre el particular i que ella habia acordado así.)

Estaba diciendo que la renovacion por terceras partes traería el inconveniente de que se renovase la Sala por sí misma, pues los diputados tienen in flujo i yo, que soi diputado, podria hacer salir de diputado a aquel que yo quisiera. Prescindo de todas esas piruetas, señor. ¿Sabe qué es lo que quieren los pueblos? Que los gobierne cualquiera con tal que no les cueste mucho. Yo, a lo ménos, creo que no se necesita mucho para constituir el país; para esto no creo necesaria esa medida aunque para esto mismo se hayan reunido Congresos desde 811 i nunca ha podido conseguirse. ¿Qué embarazo hai para esto? ¿qué dificultad hai para que en cuatro meses haga el Congreso su trabajo? Evitaría esto, que el diputado en la Sala negase la cualidad del Congreso; pero, sin embargo la Sala se ha declarado tal o nosotros nos hemos lisonjeado de poder hacerlo todo. Si es así, es preciso que cada diputado vaya arreglando sus cosas i se vaya sin divagar en otros asuntos mas allá de lo que quieren los pueblos. Decir que, en esta parte, se cree imposible hacer todo en el tiempo que indico en las proposiciones, es un equívoco. Yo, que soi el menor de todos en luces, me atrevo a presentar en 24 horas un reglamento que atase las manos al Ejecutivo para hacer el mal i solo le dejase libertad para hacer el bien; ¿qué calidades debian tener los diputados para fijar el término del futuro Congreso? ¿Qué embarazo hai para que el Congreso concluya sus sesiones en el término que he indicado? A no ser que quiera sostenerse. Unos quieren que el Congrego se disuelva; otros que nó, porque todavía no ha hecho la Constitucion ¿I quién ha dicho que los pueblos de América necesitan todavía de Constituciones sino de unas bases? Así es que debe fijárseles un término para que pueda de este modo ir siguiendo el curso de la revolucion. Yo estoi cierto que las secciones limítrofes deben tener una influencia inmediata sobre los destinos de Chile.

Por esto soi de opinion que la Sala se instruya de las proposiciones i modificaciones que he propuesto, para ver si son adoptables i ver si de algun modo podemos cortar esta discusion acalorada. Yo seré el primero, cuando se trate de elecciones, siempre en opinar que los eclesiáticos no entren en los cuerpos lejislativos; ellos son ánjeles de paz i deben desentenderse enteramente de las cosas políticas; yo no debia estar aquí por ser eclesiástico, pero, ya que mi destino me ha puesto en este lugar, debo tomar parte en los asuntos que me han encargado los pueblos i porque creo que mas bien puede cortarse esta discusion, que no continuar en contestaciones i debates que se han de agravar en el curso de la discusion.

El señor Ovalle don J.A. —Despues de discursos tan maestros, tan eruditos i tan llenos de convencimientos, parece que no hai nada que discutir; pero, al ver una mocion puesta en discusion por tres veces, que en la vez primera ha sido rechazada, lo mismo la segunda, i que la tercera ha visto una discusion tan árdua, quisiera preguntar a la Sala ¿qué motivos habria para admitir una mocion que por dos veces ha sido rechazada? No diviso otro motivo sino la muerte que, se pretende, se iba a dar a los señores Campino i Vera. Se asienta que hai un fómes de la revolucion en la misma Sala. Se dice que hai un fómes de bajezas e intrigas. Yo lo que creo es que hai un fómes de dependencia i de servilismo, una dependencia vergonzosa que se pretende. Creo que, en los discursos de los individuos que apoyan la mocion, he visto denigrada la conducta de todo diputado i de todo el pueblo de Chile; es una impostura ridicula, una impostura indecente; i como tiene el país periodistas vendidos, periodistas bajos i serviles, esa clase de hombres son los que deben salir de la Sala; cuando veo hombres que pretenden la disolucion del Congreso para poner en ejecucion sus miras depravadas ¿qué he de esperar de la Sala? Miradas las circunstancias; solo... (¡A la cuestión! por el Presidente). Por eso creo, señor, que ni a discusion deberá admitirse el proyecto, despues de habernos ocupado dos dias enteros. El tiende a la disolucion del Congreso, en circunstancias que, los que han apoyado la mocion, debian advertir que mejor es no existir que ser tan viles.

El señor Campino. —Yo habia pensado fundar largamente los motivos que me han movido a presentar la mocion; pero ya se ha hablado bastante i solo hago presente a los señores que van a votar que tengan presente la discusion de hoi.

El señor Infante. —He observado, desde la instalacion del Congreso, que ha habido moderacion en los diputados i que si alguno ha querido insultar a otro, ha habido otro mui moderado. He visto que un señor (i yo respeto sus luces), ha dicho, al llamar al órden a un diputado, que se le deje seguir i despues se le contestará. Yo creo que esto debe producir muchos males. El deber del Presidente es volver al órden a los diputados; digo esto porque se ha dicho que las personalidades que se han aducido deben influir sobre la votacion; pero, observando esta regla, en lo sucesivo no habrá desórden. Yo quisiera decir mucho porque a mí se me ha insultado mucho por un diputado, porque todo lo que dijo de esa ignorancia, presentar mociones descabelladas, ha sido por mí. Si soi ignorante, él será sabio, si son descabelladas las mociones, él tendrá mas acierto en las que presente, él tendrá sabiduría; pero yo no hago caso de todo esto, solo pido que se guarde órden en lo sucesivo.

El señor Calderon. —Creo, señor, que el mayor descrédito del Congreso es el que los mismos miembros le damos. La razon: tenemos tres dias en la semana sesion, a las diez, pocas veces nos reunimos, i por la órden del dia debe ser la sesion a las diez, pero a las doce todavia no se junta la Sala. Pido, pues, que si el Congreso ha de continuar así, hallo mui justo que se disuelva. (Se le llamó a la cuestion.) No quiero hablar mas. Declarado el asunto suficientemente discutido, se votó el primer artículo del proyecto por medio de la proposicion siguiente: ¿Se disuelve o nó el Congreso? Hecho el escrutinio resultaron por la afirmativa dieziseis sufrajios i por la negativa veinticuatro: quedó acordado que no se disuelva. Al instante que se anunció el acuerdo de la Sala, se oyó un gran palmoteo en la Sala i vivas al Congreso.

El Presidente citó para el dia siguiente a sesion estraordinaria para eleccion de Presidente i Vice Presidente, i para tratar de los medios que pide el Ejecutivo para cortar la anarquía.

Se suspendió la sesion a las tres i media de la tarde.


ANEXOS[editar]

Núm. 421[editar]

Penetrado del mas justo horror, elevo al conocimiento del Congreso un suceso que, por su enormidad, ha escandalizado al pueblo de Santiago, i que es capaz de manchar la historia de nuestra revolucion. Dos hombres, anoche, han tratado de asesinar a los diputados don Bernardo Vera i don Joaquín Campino, i en los medios de ejecutar esta bárbara empresa han sido sorprendidos por los serenos i algun vecindario. Aseguradas sus personas i entregados al juez de letras don Santiago Echévers, ha resultado que el diputado don José Gregorio Argomedo era uno de los autores de este proyecto i de los anónimos que han circulado en el país con otras indecencias que horrorizan, i que no es del caso esponer al público por ahora.

El suceso de anoche, que tiene al pueblo consternado, la remision de circulares a nombre del Congreso enviadas a los pueblos, convocando a la anarquía, los pasquines i anónimos tendentes a este fin, i algunos otros proyectos de sangre, tienen a la República en un estado crítico i peligroso, que debe tomar en consideracion prefetentemente el Congreso Nacional.

El Gobierno, sin traicionar el alto encargo que le ha confiado la Nacion para que vele sobre su tranquilidad, no ha podido ménos de disponer anoche el arresto del diputado don José Gregorio Argomedo, por haber resultado uno de los autores en la sumaria formada. Ha sido impelido a este paso por la imperiosa necesidad de sofocar una sedicion, que habria inundado al país en sangre, si oportunamente no se hubiese contenido; i como este individuo goza de garantías tan respetables, el Gobierno lo pone a disposicion del Congreso.

El Gobierno ruega al Congreso tome en consideracion los gravísimos peligros que circundan a la República, i que puede ser envuelta de un momento a otro en males interminables. El Gobierno espera de la Representacion Nacional providencias que, en esta crisis peligrosa, pongan a los pueblos a cubierto de tantas desgracias como les amagan.

Con este motivo, el Director Supremo ofrece a la Representacion Nacional sus sentimientos de distinguida consideracion. —Santiago, Febrero 20 de 1825. —Ramon Freire. —F.A. Pinto. —Al Congreso Nacional.


Núm. 422[editar]

La igualdad, primera base de la justicia, la práctica de todas las naciones i la recompensa que es un derecho equivalente al de la propiedad de los servicios, abogan por la mocion, en cuya consecuencia podrá dictarse el siguiente decreto:

El Congreso declara las dietas de cuatro pesos diarios a sus diputados. —Santiago i Febrero 19 de 1825. B. de Vera. —S. Lazo. —Francisco Fernández. —Dr. Gabriel Ocampo. —Al Congreso.


Núm. 423[editar]

La proposicion es evidente por sí misma, i debe pasar, en concepto de la Comision, salvo en el caso de la lei interior. —Santiago, 19 de Febrero de 1825. B. de Vera. —S. Lazo. —Francisco Fernández. —Dr. Gabriel Ocampo. —Al Congreso.


Núm. 424[editar]

La Comision no encuentra un principio que prive a los representantes de la elejibilidad, reduciéndoles a peor condicion que cualquier ciudadano. Así cree conciliarse este derecho con la remocion de todo obstáculo a la libertad, modificando la mocion en los términos siguientes:

  1. Todo diputado puede aceptar el empleo que le confiera el Poder Ejecutivo, con tal que en el momento se separe del Congreso.
  2. No se comprenden en el artículo anterior los agraciados hasta el dia. Ninguna lei tiene el efecto retroactivo. —Santiago, 19 de Febrero de 1825. B. de Vera. —S. Lazo. —Francisco Fernández. —Dr. Gabriel Ocampo.

Núm. 425[editar]

Felizmente el Congreso está ocupado en los objetos de la mocion; i la jeneralidad del artículo 5.º no permite adoptarse. —Santiago, 19 de Febrero de 1825. B. de Vera. —S. Lazo. —Francisco Fernández. —Dr. Gabriel Ocampo.


Núm. 426[editar]

Este vecindario que aun conserva la memoria de los servicios que US. prestó en otros tiempos en su beneficio, i atendiendo el mérito i virtudes cívicas que le caracterizan, ha tenido a bien elejirlo para su diputado en el Soberano Congreso Nacional, persuadido de que tendrá a bien admitir los poderes que le confiere, i tenemos el honor de incluirle en copia, esperando los mejores resultados en beneficio jeneral de la Nacion, del buen desempeño de US. en este interesante encargo.

Dios guarde a US. muchos años. —Sala Capitular de San Luis Gonzaga i Febrero 1.° de 1825. —Pedro José Castel. —José María Gallardo. —Juan Terán de los Rios. —J. Mercedes Concha. —Tomás Figueroa. — Señor diputado electo don Fernando de Urízar.


Núm. 427[editar]

En la villa de San Luis Gonzaga, cabecera del partido de Rere, en treinta i un dias del mes de Enero de mil ochocientos veinticinco años, habiéndose elejido a pluralidad de votos para representante diputado por este partido que le corresponde, segun su curso anunciado en la convocatoria de cinco de Mayo del año pasado de ochocientos veintitrés, que sea uno de los que componen la Representacion Nacional en el presente Congreso a don Fernando de Urízar i por suplente al presbítero doctor don Felipe Francisco Acuña. Los señores que componen la mesa de elecciones dan, como damos, todo nuestro poder cumplido, bastante, el que de derecho se requiere i es necesario, jeneral i sin ninguna limitacion, para que, con arreglo a lo prevenido en el artículo 8.° del supremo decreto de veintiocho de Agosto pasado, den cumplimiento ai acta suspensiva del Senado, e igualmente traten sobre cuanto sea conducente al bien jeneral de la Nacion, de quien reciben el carácter dando por válidos i obligándonos a cumplir todos los acuerdos, resoluciones, decisiones i demas funciones que le corresponden en aquel Soberano Cuerpo a dicho señor diputado, i en su defecto, su suplente; en testimonio de lo cual lo firmaron dichos señores conmigo, el presente secretario de Cabildo, en este papel comun por falta del sellado; de que doi fe. —Pedro José Castel. —José María Gallardo. —Juan Terán de los Rios. —José María de la Concha. —Tomás Figueroa. —José Ceferino Robles, secretario de Cabildo.

Es copia del orijinal que queda en el archivo de esta Municipalidad, a que en lo necesario me refiero. —Rere, Febrero 1.° de 1825. —José Ceferino Robles, secretario.


Núm. 428[editar]

El Congreso, en sesion de este dia, ha tomado en consideracion la nota de V.E. relativa al acontecimiento de haberse capturado en la noche anterior la persona del diputado don José Gregorio Argomedo, por suponérsele autor del asesinato premeditado contra los de igual clase, don Bernardo Vera i don Joaquín Campino, i en consecuencia de lo que dispone el articulo 29 del reglamento interior, ha nombrado la Comision que debe entender en la formacion del sumario i sustanciacion del proceso. Ella es compuesta de los señores don José Tadeo Mancheño, don José Antonio Ovalle i Vivar, don Santiago Pérez, don Pedro Palazuelos i don Cárlos Rodríguez. En cuya virtud, el Congreso espera de V.E., segun lo promete en su nota indicada, pondrá al diputado preso a su disposicion con todos los antecedentes que sean conducentes a la organizacion del sumario. La Sala, deseosa de coadyuvar los esfuerzos de V.E. para la sofocacion de la revolucion, que le indica en su citada, trata hasta actualmente con el mayor empeño que puede inspirar el amor al órden, de las medidas que deben adoptarse con suceso para conseguir un designio tan loable, descansando en el entretanto en su celo público pora la conservacion de la tranquilidad jeneral.

Con este motivo, el Congreso saluda al Director con su mas alta consideracion i aprecio. —Sala del Congreso, Febrero 20 de 1825. —Al Excmo. Supremo Director.


Núm. 429[editar]

Conforme al artículo 69 del reglamento interior del Congreso, me ha encargado la Comision designada por la Sala para sustanciacion del proceso que debe seguirse al diputado don José Gregorio Argomedo, se pida a US. se le remitan todos los antecedentes que hagan a la organizacion de la causa.

Lo que tengo el honor de comunicarlo a US. para que tenga efecto esta disposicion, reiterándole, con este motivo, mi distinguida consideracion i aprecio. —Secretaría del Congreso, Febrero 22 de 1825. —Al señor Ministro del Interior.


  1. Aquí termina la parte de la sesion del 20 de Febrero publicada en el periódico titulado Redaccion de las Actas i Diarios del Congreso. Las partes que siguen estaban inéditas en el volúmen XLIX del archivo del Senado, salvo el discurso de don Joaquín Campino que ha sido trascrito en la Biblioteca Nacional del tomo XIV titulado Papeles Sueltos, años 1818-1831. Lo incluimos en esta parte del acta porque de su contesto se infiere que con él empezó la discusion relativa a la disolucion del Congreso; discusion que continúa en las partes siguientes de la sesion. (Nota del Recopilador.)
  2. Las partes que siguen correspondientes a la sesion permanente del 20 i el 21 de Febrero, las hemos colocado en el órden que nos ha sujerido una atenta lectura de ellas. Lo que sigue no forma parte, naturalmente, del discurso del señor Campino. (Nota del Recopilador.)
  3. Falta la parte intermedia entre lo que precede i lo que sigue. La continuacion parece ser parte de un dicurso del señor Rodríguez. (Nota del Recopilador.)