Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1826/Sesión del Congreso Nacional, en 9 de setiembre de 1826

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1826)
Sesión del Congreso Nacional, en 9 de setiembre de 1826
CONGRESO NACIONAL
SESION 63, EN 9 DE SETIEMBRE DE 1826
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL INFANTE


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobación de las actas de las dos sesiones precedentes. —Reclamación del señor racionero don José de Espinosa. —Discusión de la renuncia del Excmo. Presidente de la República i sesión permanente. —Admisión de dicha renuncia. —Discusión sobre si se debe elejir o nó un nuevo Vice-Presidente de la República. —Fijación de la tabla. —Acta—Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

De un oficio con que S. E. el Presidente de la República acompaña un espediente seguido por don José de Espinosa, curarector de la Catedral, en demanda de que se le confiera la propiedad del cargo de racionero que ejerce interinamente. (Anexos núms. 65, 66, 67 i 68. V. sesiones del 11 de Mayo de 1825 i del 29 de Octubre de 1829.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision Eclesiástica sobre la solicitud del racionero don José de Espinosa. (V. sesiones del 15 de Setiembre i del 16 de Diciembre de 1826.)
  2. Despues de una larga discusión sobre la renuncia del Presidente de la República, declararse en sesión permanente i suspenderla por tres horas para proseguirla a las 6 P.M. (V. sesión del 7 bis.)
  3. Admitir la renuncia que don Manuel Blanco Encalada hace del mando supremo i llamar a reemplazarle al Vice-Presidente electo. (Anexos núms. 69 i 70. V. sesiones del 12 de Setiembre de 1826 i del 25 de Enero de 1827.)
  4. Resolver en otra sesión si se nombra o nó un nuevo Vice-Presidente de la República por haberse encargado el actual de la Presidencia. ( V. sesión del 27 de Noviembre de 1826.)
  5. Dejar en tabla la enajenación de los bienes regulares (V. sesiones del 6, del 7 i del 11) i el proyecto de premio a los pacificadores de Chiloé. (V. sesiones del 6 i del 16.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Albano, Aguirre, Arce don Estanislao, Bauza, Benavente, Bustos, Balbontín, Benavides, Cruz, Campos, Donoso, Eyzaguirre, Fariñas, Fernández, Huerta, Hernández, Infante, Irarrázaval, Lazo, Lavín, Luco, López, Marcoleta, Mena, Montt don Lorenzo, Meneses, Molina, Novoa, Olivos, Ojeda, Prats, Pérez, Silva, Sieria, Tapia, Torres i Vicuña.

Se leyeron las actas de las sesiones anteriores del 7 por la mañana i a la noche, que fueron aprobadas.

Se dió cuenta de una nota del Poder Ejecutivo en que acompaña un espediente presentado por el señor racionero Espinosa, el que se mandó a la Comision Eclesiástica.

A continuación se procedió a discutir la dimisión del Presidente de la República, i como no se hubiese arribado a resolución alguna, siendo pasada la hora del reglamento, se declaró la Sala en sesión permanente, suspendiéndose por tres horas la sesión, ínterin se llamaba a los señores diputados que no habían concurrido.

A las seis de la tarde continuó la discusión con los mismos señores i a mas los señores Arce, don Casiano, i Muñoz Bezanilla.

Declarado el asunto bastantemente discutido, determinó la Sala que se resolviese por votacion secreta, en la que sufragaron públicamente por la no admisión los señores Benavides, Eyzaguirre, López, Bustos, Arce don Estanislao, Arce don Casiano, Huerta, Montt i Olivos. Otros tres señores votaron en público por la afirmativa, quedando, por fin, resuelto que se admitía la renuncia del señor Presidente, i en su consecuencia, que procediese a encargarse del Poder Ejecutivo Nacional el Vice-Presidente de la República.

En seguida se hizo la indicación por algunos señores de si debería procederse a la elección de un Vice-Presidente de la República por haber ascendido el actual, lo que quedó para determinarse en otra sesión, levantándose la presente a las nueve i media de la noche; i para la orden del dia siguiente se señaló el asunto pendiente sobre la forma de enajenar los bienes que fueren de los regulares i el premio a los pacificadores de Chiloé.

Nota —Los señores que votaron públicamente por la admisión de la renuncia del Presidente fueron Fernández, Fariñas i Sierra. —José Miguel Infante, Presidente. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 65[editar]

La anterior administración agració a los curas rectores de ésta santa iglesia Catedral, don José de Espinosa i don Pedro N. Larraguibel, al primero con el título de racionero con medio sueldo, i al segundo con el de racionero honorario también con medio sueldo, declarando para ámbos opcion a las vacantes del coro; pero todo con la calidad de inteiino hasta la sanción de la Lejislatura. Por esta razón ha ocurrido al Gobierno el racionero Espinosa, presentando el espediente de la materia i pidiendo se eleve al Soberano Congreso para el fin indicado.

En su virtud, el Presidente tiene la honra de verificarlo, i de protestar, con este motivo, los sentimientos de su particular consideración. —Santiago, Setiembre 6 de 1826. —Manuel Blanco Encalada. —Ventura Blanco Encalada. —Al Soberano Congreso Nacional.


Núm. 66[editar]

Excmo. Señor:

Los curas de la Catedral don José de Espinosa i don Pedro Nolasco Larraguibel, ante V. E. decimos: que el primero, según se acredita del espediente que en debida forma presentamos, ha servido en la carrera de párroco cincuenta i un años, i el segundo veintinueve, obteniendo al fin de tan penosas fatigas el curato de esta santa iglesia, que no nos suministra ni aun módicamente el alimento. Este motivo nos impulsó a representar al Congreso Nacional, i tramitar el espediente que también presentamos. La Comision de Hacienda de este Cuerpo Lejislativo dictaminó (según se espresa en el informe) que los curas de las iglesias catedrales fuesen racioneros natos, i aun nos hizo la justicia de confesar méritos i antigüedad; el Congreso tomó en consideración el asunto, i aunque tuvimos la satisfacción de oir unánimemente a los diputados en la discusión, convenir en el parecer de la Comision, i aun recordar del mismo modo nuestros servicios, quedó sin resolución porque se disolvió al dia siguiente en el que se trató el asunto.

Nuestros constantes servicios, las muchas vacantes que hai en el coro, i mas sobre todo, la justificación de V. E., nos alientan a ocurrir al Gobierno con los justificativos que apoyan la solicitud del premio que parece merecen nuestra edad i dilatada carrera.

El Gobierno de V. E . ha sido marcado por la equidad, i a ella deben los ciudadados del Estado aquel reposo i protección de sus derechos que ántes desconocíamos, i esta misma hará recordar a V. E. que los coros son el premio de aquellos párrocos antiguos, cuyos servicios a la iglesia han sido intachables.

Nosotros no desconfiamos un punto en que V. E., en vista de los documentos presentados, se servirá atender esta solicitud, bien sea como dictaminó la Comision de Hacienda, del Congreso, o como V. E. lo estime justo. Por lo que

A V. E. suplicamos se sirva proveer conforme pedimos, que es gracia que con justicia imploramos, etc. —José de Espinosa. —Pedro Nolasco Larraguibel.


Núm. 67[editar]

Excmo. Señor:

Don José de Espinosa, canónigo racionero de esta iglesia Catedral, ante V. E. espongo: que el Supremo Gobierno se sirvió, con fecha de 4 de junio del año de 1825, conferirme la ración, quedando sirviendo de cura por las razones que en dicho decreto se espresan, i con opcion a las vacantes que hubiese en el coro, entendiéndose en calidad de interino hasta la aptobacion del Congreso.

Es llegado, Señor, el caso de hallarse reunida la Representación Nacional, i que V. E. pase el espediente de la materia para la aprobación de esta determinación; i a cuyo efecto presento orijinal.

Por tanto,

A V. E. suplico se sirva así proveerlo como es justicia, etc. —José de Espinosa.

Santiago, Setiembre 6 de 1826. —Elévese al Soberano Congreso. —(Hai una rúbrica.)Blanco.


Núm. 68[editar]

Cerciorado el Supremo Gobierno de que no es posible que subsistan los curas rectores del Sagrario de esta iglesia Catedral, por falla de emolumentos, como lo han representado al Congreso; teniendo presente que la Representación Nacional tomó este asunto especialmente en consideración, i que, aunque dispuesta a proveer el remedio conveniente a estas necesidades, como consta del espediente que se ha traido a la vista, nada resolvió al fin por haberse suspendido sus sesiones; conociendo, por otra parte que, según la lei de Indias, deben ser preferidos los curas rectores en las vacantes dei coro; i deseando, finalmente, dar el correspondiente realce al mérito de los eclesiásticos distinguidos en el servicio de la iglesia, ha acordado i decreta:

  1. Los actuales curas rectores don José Espinosa, por su mérito i antigüedad en cincuenta i un años que ha desempeñado el ministerio parroquial, i don Pedro Nolasco Larraguibel, por el que ha contraído en veintinueve años de servicio en el mismo ministerio, serán premiados i colocados, el primero de racionero, con medio sueldo, i el segundo de racionero honorario, también con medio sueldo, sin perjuicio de los derechos parroquiales, i ámbos con opcion a las vacantes, entendiéndose en calidad de interinos hasta la aprobación del Congreso.
  2. Uno i otro continuarán sirviendo como hasta aquí el curato de esta iglesia Catedral, por cuanto el nuevo beneficio es simple i no curado.
  3. En lo sucesivo, los curas rectores de esta iglesia serán racioneros natos, gozando solamente el medio sueldo que se les ha designado, siempre que esta resolución sea de la aprobación del próximo Congreso.

Tómese razón donde corresponda. —Santiago, Junio 4 de 1825. —Freire. —Vicuña .

Se tomó razón en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago, a 8 de Junio de 1825, a fojas 35 vuelta, del libro de Decretos, número 25. —Correa de Saa.

Se tornó razón a fojas 233 del libro de títulos número 5, en 9 de Junio de 1825. —Várgas.


Núm. 69[editar]

El Congreso Nacional ha tomado en consideración, en sesión de hoi, la nota de S. E., de 7 del actual, en que hace dimisión de la Presidencia de la República. Ha acordado admitirla por las razones que V. E. espone i que proceda a encargarse del mando el Vice-Presidente de la República, para lo que al efecto impartirá las órdenes de reconocimiento i demás necesarias.

El Presidente de la Sala tiene el honor de ponerlo en noticia de V. E., ofreciéndole, con este motivo, las distinciones de su consideración. —Sala del Congreso, Setiembre 9 de 1826. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.


Núm. 70[editar]

El Congreso Nacional, habiendo admitido, en sesión de hoi, la dimisión que ha hecho del cargo el Excmo. Señor Presidente de la República, ha resuelto que V. E. pase a encargarse del mando supremo de la Nación.

El Presidente de la Sala se complace en comunicarlo a V. E., ofreciéndole las consideraciones de su alto aprecio. —Sala del Congreso, Setiembre 9 de 1826. —Al Señor Vice Presidente de la República.


Núm. 71[editar]

Cuando el Congreso Nacional formó la Comision que tuvo la satisfacción que UUSS. complaciesen, no les restinjió absolutamente para negó- ciar el empréstito que tiene por objeto; en consecuencia, pueden UUSS. ofrecer en garantías las rentas mas efectivas i lo que consideren mas precioso empeñar, con solo la calidad de dar cuenta, como lo espresa el artículo 2.º

El Secretario que suscribe tiene el honor de comunicarlo al señor Vice-Presidente de la República i demás señores que componen la Comision especial para levantar el empréstito, ofreciéndoles, con este motivo, su particular aprecio i distinción. —Secretaría del Congreso, Setiembre 9 de 1826. —A los señores que componen la Comision especial para levantar el empréstito.


Núm. 72[editar]

La Comision Militar necesita tener a la vista el decreto supremo de asignación de sueldos para las clases de jenerales i de la contraorden para su ejecución. Estas resoluciones, que se comunicaron al Ejército, parece que fueron en Octubre de 824.

El Secretario que suscribe tiene el honor de comunicarlo al Comandante Jeneral de Armas para que se sirva remitir una copia certificada de ellas, complaciéndose en saludarle con las consideraciones de su distinguido aprecio. —Secretaría del Congreso, Setiembre 9 de 1826. —Al Comandante Jeneral de Armas.