Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión de la Comisión Nacional, en 9 de agosto de 1827

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión de la Comisión Nacional, en 9 de agosto de 1827
COMISION NACIONAL
SESION 1.ª, EN 9 DE AGOSTO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO ANTONIO PÉREZ


SUMARIO. —Asistencia. -Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Oficio relativo a los sueldos de secretaría. —Reconsideracion del proyecto relativo a la graduacion de los jenerales. —Aumento de las fuerzas de artillería i caballería. —Correspondencia entre los grados del ejército i los de la marina. —Ministro Plenipotenciario de Chile en Norte América. —Fijacion de la tabla. -Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E. el Vice-Presidente de la República comunica haber nombrado a don Joaquon Campino para Ministro Plenipotenciario de Chile ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América, i pide la aprobacion de este nombramiento. (Anexo núm. 52. V. sesion del 8 de Noviembre de 1826.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber mandado tomar razon de los sueldos asignados a los empleados de la secretaría. (Anexo núm. 53. V. sesion de 26 de Julio último.)
  3. De otro oficio en que el mismo Majistrado objeta la redaccion del artículo 6.º del proyecto relativo a la graduacion de los jenerales. (Anexo núm. 54. V. sesion de 30 de Julio último.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Archivar el oficio del Gobierno relativo a los sueldos de secretaría. (V. sesion del 6 de Setiembre de 1827.)
  2. Suprimir el artículo 6.º relativo a la graduacion de los jenerales. (Anexo núm.55.)
  3. Declarar, en cuanto al aumento de las fuerzas de artillería i de las de caballería, que siempre que no se estralimite el número total de las del ejército fijadas por el Congreso, el Gobierno está facultado para distribuirlas entre las tres armas como lo juzgue conveniente. (Anexo núm. 56. V. sesiones del 20 de Setiembre de 1826 i 2 i 6 de Agosto de 1827.)
  4. Aprobar, en la forma que en el acta consta, el proyecto que establece la correspondencia entre los grados superiores del ejército i los de la marina. (Anexo núm. 57. V. sesion del 6.)
  5. Aprobar el nombramiento de don Joaquin Campillo para Ministro Plenipotenciario de Chile en Estados Unidos. (Anexo núm. 58.)
  6. Dejar en tabla el reglamento de sueldos militares i demas asuntos que ocurran.

ACTA[editar]

Se abrió con los señores: Albano, Benavente, Calderon, Fariñas, Novoa i Pérez.

Se leyó i aprobó el acta de 6 del corriente.

Se dió cuenta de dos comunicaciones del Vice-Presidente de la República: la primera en que avisa haber nombrado al señor don Joaquin Campino para Ministro Plenipotenciario, cerca del Gobierno de Estados Unidos en la América del Norte, pidiendo la aprobacion del nombramiento; la segunda en que espone haberse tomado razon de la nota referente a los sueldos asignados al Secretario i oficiales de la secretaría, que se mandó archivar.

Despues de esto entró a la Sala el señor Ministro de la Guerra que estaba emplazado para asistir a la sesion.

Se leyó la nota del Poder Ejecutivo, fecha 1.º de Agosto, en que hace observaciones a la redaccion que se dió al artículo 6.º del proyecto sobre la clasificacion i número de los jenerales de ejército, i despues de discutido suficientemente, se acordó que se suprimiese dicho artículo i que únicamente se publicasen los cinco primeros que contenia el decreto.

En seguida se contrajo la Sala a discutir la nota fecha 29 de Julio, en que manifiesta el Vice-Presidente de la República la necesidad en que se ha visto de aumentar dos compañías en el cuerpo de artillería, con un jefe de la clase de teniente coronel i un ayudante, i tambien que habia creido conveniente la creacion de una compañía de a caballo para formar el Escuadron de Coraceros, pidiendo a la Comision que aprobase estas disposiciones; i se resolvió que habiendo el Congreso acordado la fuerza de que debia constar el ejército i no su distribucion, estaba en las atribuciones del Poder Ejecutivo la asignacion de las diferentes armas, con tal de que dicha fuerza efectiva i permanente no exceda los límites de aquella determinacion.

Entró a continuacion la Sala a considerar por la tercera vez el proyecto de decreto relativo a uniformar la clase de oficiales jenerales de marina i, a establecer una perfecta correspondencia entre éstos í los del ejército; i declarado suficientemente discutido, fué sancionado en estos términos:

Artículo primero. El empleo de Vice-ALmirante corresponderá en el ejército al de Jeneral de Division, i el de Contra-Almirante al de Brigada.

Art. 2.º El actual Vice-Almirante gozará de las prerrogativas, honores i tratamientos que la Ordenanza señala al grado de Teniente Jeneral: pero vacante aquel empleo, se observará lo prevenido en el artículo 1.º

Art. 3.º Todas las demas graduaciones señaladas a la marina continuarán como hasta ahora se han considerado.

Art. 4.º Se suprime la práctica de conceder grados superiores al empleo efectivo que cada uno obtenga.

Art. 5.º Quedan derogados los artículos de la Ordenanza que se opongan al espíritu de los que contiene el proyecto.

El Gobierno está encargado del cumplimiento de este decreto.

Últimamente, creyendo la Sala de fácil resolucion la nota de que se hizo mérito al principio, aprobó el nombramiento hecho por el Poder Ejecutivo en la persona de don Joaquin Campino para Ministro Plenipotenciario, cerca del Gobierno de Estados Unidos de Norte América.

Se levantó la sesion a las dos de la tarde, señalando para la órden del dia siguiente el reglamento de sueldos del ejército i lo demas que ocurriese. —Perez. —J. Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 52[editar]

Desde su ingreso al mando de la República, se penetró el Vice-Presidente de la urjente necesidad de enviar a los Estados Unidos de Norte América un Ministro Plenipotenciario, para corresponder así dignamente a aquella República el jeneroso acto del reconocimiento de la Independencia Nacional, i remision a Chile de un Ministro de igual clase que ha residido cerca de este Gobierno por espacio de tres años; i para llenar tan loable objeto ha tenido a bien encargar a don Joaquin Campino esta mision, que cada dia se hace mas urjente, por concurrir en su persona todas las circunstancias que se requieren para su exacto desempeño.

Como en la lei de atribuciones del Ejecutivo se prescribe que el nombramiento de los Ministros Plenipotenciarios sea hecho de acuerdo con el Lejislativo, i como la Comision Nacional es el único Cuerpo que existe en el dia a quien poder someter dicho nombramiento, el Vice-Presidente de la República tiene el honor de verificarlo, no dudando que merecerá su aprobacion, atendidos los poderosos motivos que lo han impulsado a acordar esta mision.

El Vice-Presidente de la República reproduce al mismo tiempo a la Comision Nacional los sentimientos de su mas alta i distinguida consi deracion. —Santiago, Agosto 8 de 1827. —F. A. Pinto. —Juan Francisco de Zegers, Sub-Secretario encargado interinamente del departamento de Relaciones Esteriores. —A la Comision Nacional.

Se dió cuenta en la sesion de 9 de Agosto, en que fué aprobado.

Se contestó al número 39. —(Hai rúbrica.)


Núm. 53[editar]

Por decreto de esta fecha he mandado tomar razon de la nota del señor Presidente de la Comision Nacional de 27 del anterior, referente a los sueldos asignados al Secretario i oficiales de su secretaría, como tambien al portero, para que se les abone por la Tesorería Jeneral, desde el dia que en ella se prefija.

Con este motivo tengo la honra de ofrecer al señor Presidente de la Comision Nacional mi mayor consideracion i aprecio. —Santiago, Agosto 1.º de 1827. —F. A. Pinto. —Ventura Blanco Encalada. —Al señor Presidente de la Comision Nacional.


Núm. 54[editar]

El Gobierno ha recibido el acuerdo de la Comision de 31 de Julio último relativo a la clasificacion i número de oficiales jenerales que necesita en lo sucesivo la República, para dirijir la fuerza armada, i en su redaccion advierte, que el artículo 6.º del mismo dice: "que variado el órden i fuerza del ejército, conforme al acuerdo del Congreso de 25 de Agosto de 1826, quedó desde entónces sin efecto el Senado Consulto de 7 de Setiembre de 1820." Cuando el Ejecutivo estendió el proyecto del caso en los términos que aparece en el artículo 6.º, fué porque el reglamento formado por el Senado Consulto solo determinaba la escala de jenerales, pero de ningun modo la fuerza de que debia constar el ejército ni su forma. En 25 de Agosto del año próximo pasado acordó el Congreso se plantease el proyecto de la fuerza i su organizacion. Este nada contenia acerca de los jenerales i por lo mismo estaba vijente el enunciado Senado Consulto; por cuya razon se vió el Gobierno en la necesidad de someter a la aprobacion de la Comision el de 19 de Julio anterior. En esta virtud cree el Ejecutivo debe hacer la observacion indicada, para que en su vista, se sirva la Comision resolver en la materia en los mismos términos en que se halla concebido el citado proyecto de 19 de Julio.

Con este motivo el Vice-Presidente de la República ofrece al Presidente de la Comision las consideraciones de su mayor aprecio i respeto.—Santiago, Agosto 1.º de 1827. — F. A. Pinto. —J. Manuel Borgoño —Al señor Presidente de la Comision del Congreso Nacional.

Resuelto en la sesion de 9 de Agosto i contestado al número 36. —(Hai rúbrica.)


Núm. 55[editar]

La Comision Nacional ha tomado en consideracion las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo en su nota fecha 1.º del corriente, sobre la redaccion que se dió al artículo 6.º del decreto sobre la clasificacion i número de oficiales jenerales que necesita la República en lo sucesivo, i acordó que se suprimiese dicho artículo i que se publicasen únicamente los cinco primeros que contiene el decreto.

El Presidente de la Comision tiene el honor de comunicarlo al Vice-Presidente de la República en contestacion a su apreciable nota, saludándole con su acostumbrado aprecio i respeto. —Santiago, Agosto 10 de 1827. —(Firmado) .—SANTIAGO ANTONIO Perez. —José Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. —Al Excmo. señor Presidente de la República.


Núm. 56[editar]

La Comision Nacional ha considerado la nota del Poder Ejecutivo fecha 29 de Julio último, en que espone la necesidad en que se ha visto de aumentar dos compañías en el cuerpo de artillería con un jefe de la clase de teniente coronel i un ayudante, como tambien la conveniencia que resulta de la creacion de una compañía de a caballo para formar el Escuadron de Coraceros i de que queden dos tenientes en cada compañía; i ha resuelto que, habiendo el Congreso acordado la fuerza de que debe contar el Ejército i no su distribucion, está en las atribuciones del Poder Ejecutivo la asignacion de las diferentes armas, con tal de que dicha fuerza efectiva i permanente no exceda los límites de aquella determinacion.

El Presidente de la Sala al ponerlo en noticia del Vice-Presidente de la República tiene la honra de ofrecerle las consideraciones de su mayor aprecio. —Santiago, Agosto 10 de 1827. —(Firmado.) -SANTIAGO ANTONIO Perez. —José Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. —Al Excmo. señor Presidente de la República.


Núm. 57[editar]

La Comision Nacional ha considerado detenidamente el proyecto de decreto que acompaña S. E. el Vice-Presidente de la República, con la nota de 25 de julio último, para uniformar la clase de los oficiales jenerales de marina i establecer una perfecta correspondencia entre éstos i los del ejército, el que ha quedado sancionado en todos sus artículos en la sesion de ayer.

El Presidente de la Comision lo comunica al Vice-Presidente de la República para que lo mande publicar i ejecutar, reiterándole al mismo tiempo los sentimientos de su mas alta consideracion. —Santiago, Agosto 10 de 1827. —(Firmado). —SANTIAGO ANTONIO Perez. —José Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. —Al Excmo. señor Presidente de la República.


Núm. 58[editar]

La Comision Nacional considerando la urjente necesidad de enviar a los Estados Unidos de Norte América un Ministro Plenipotenciario i el gran descubierto en que se halla la República, por no haberlo verificado mucho tiempo há, ha aprobado el nombramiento hecho por S. E. en el señor don Joaquin Campinopara el desempeño de tan interesante objeto, complaciéndose de que la eleccion haya recaido en tan digna persona.

El Presidente de la Comision se complace en comunicarlo al Vice-Presidente de la República, en contestacion a la nota de su referencia, i de ofrecerle los sentimientos de su alto aprecio.— Santiago, Agosto 10 de 1827. —(Firmado). —SANTIAGO ANTONIO Perez. —José Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. —Al Excmo. señor Presidente de la República.