Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión del Congreso Nacional, en 7 de mayo de 1827

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión del Congreso Nacional, en 7 de mayo de 1827
CONGRESO NACIONAL
SESION 199, EN 7 DE MAYO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion de las actas de las dos sesiones del 5.—Renuncia del Vice-Presidente de la República. — Continuacion del Presidente de la República en el mando supremo. —Plan del señor Huidobro sobre el rateo de los sueldos. —Suspension de la lei de rateos de los sueldos. —Rechazo de la renuncia del Vice-Presidente de la República.—Día para el juramento del Vice-Presidente de la República. —Acta.—Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E., don Francisco Antonio Pinto, hace renuncia del cargo de Vice-Presidente de la República. (Anexo núm. 421. V. sesion del 5 bis.)
  2. De un informe de la Comision de Gobierno sobre la renuncia de S. E., don Francisco Antonio Pinto; la Comision propone que no se acepte dicha renuncia. (Anexo núm. 422.)
  3. De un oficio en que S. E., don Francisco Antonio Pinto, comunica que, no habiéndosele discutido su renuncia, acepta el gobierno de la República. (Anexo núm. 423.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Pedir informe con calidad de urjente a la Comision de Gobierno sobre la renuncia de S. E., don Francisco Antonio Pinto.
  2. Oficiar a S. E., el Presidente de la República, pidiéndole que continúe en el mando hasta que S. E., el Vice-Presidente, se encargue de él, i que en el ínterin no comunique su renuncia a las provincias. (Anexo núm. 424. V. sesion del 9.)
  3. Discutir el reclamo contra la lei del rateo de los sueldos sin aguardar a que el señor Huidobro presente un proyecto que está preparando. ( V. sesion del 5 bis.)
  4. Suspender los efectos de la lei de 22 de Diciembre de 1826, sobre rateo de los sueldos i encargar al Ejecutivo proponga algún arbitrio para cubrir los atrasados. (Anexo núm. 425. V. sesion del 10.)
  5. No admitir a don Francisco Antonio Pinto la renuncia del mando supremo i comunicárselo así de seguida. (Anexo número 426.)
  6. Que, en la sesion de mañana, a las 12 M., se presente S. E., el Vice-Presidente de la República, a prestar juramento. (Anexo núm. 427. V. sesion del 3 de Julio de 1826.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Aguirre, Benavides, Bilbao, Casanova, Calderon, Campos, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fernández, Fariñas, González, Irarrázaval, Lazo, López, Luco, Molina, Montt don José Santiago, Muñoz de Bezanilla, Novoa, Olivos, Pradel, Prado, Palazuelos, Pérez don José Joaquín, Sapiain, Vicuña don Rafael, Vicuña don Francisco Ramon i Vera.

Leida el acta ordinaria i estraordinaria del 5, se aprobaron.

Leyóse la renuncia del Vice-Presidente de la República, i se pasó a la Comision de Gobierno para que la despache en segunda hora.

Acordóse también se oficiase al señor Presidente de la República para que continuase en el despacho i sin comunicar la elección del señor Vice-Presidente a las provincias hasta tanto que éste fuese recibido.

Llamóse a discusion el proyecto de la Comision de Hacienda sobre la lei de rateo. Hízose indicación para que no se resolviese cosa alguna hasta que llegase un plan que tenia el señor Huidobro i que metodizaba dicho rateo.

Votóse si se esperaba o nó, i resultó la negativa por 19 sufrajios contra 3.

Indicóse despues se redactase de otra suerte el artículo por hallarse concebido en términos mui jenerales, i puesta en votacion dicha redaccion con el artículo i.°, fué aprobado éste por diezinueve sufrajios contra cuatro.

En su consecuencia, fueron sancionados los tres artículos siguientes:

Artículo primero. —Suspéndense, por ahora, los efectos de la lei de 22 de Diciembre del año próximo pasado sobre rateo.

Art. 2.º El Gobierno lo hará prudencialmente de manera que todos los empleados sean cubiertos en alternativa, supuesto que no alcanza para todos.

Art. 3.º El Ejecutivo propondrá al Congreso un arbitrio que, proporcionando un fondo necesario para cubrir lo atrasado, ponga el Erario en estado de empezar el rateo prevenido.

Leyóse, en segunda hora, el informe de la Comision en la renuncia del señor Vice Presidente.

Puesto en discusion, fueron aprobados por unanimidad los artículos siguientes:

Artículo primero. Admitida la renuncia del Presidente de la República, el ciudadano jeneral don Ramon Freire, es llamado por la lei el Vice-Presidente electo a desempeñar este cargo, i no considerando bastantes las razones en que éste se funda para no admitirlo de que el país aun no tiene leyes, porque el Congreso dictará oportunamente las que convengan para facilitarle la marcha, esperando este Cuerpo se las proponga en virtud de la iniciativa que se le tiene conferida al Poder Ejecutivo, no ha lugar a la renuncia interpuesta.

Art. 2.º El Presidente de la Sala oficiará al Vice-Presidente de la República, trascribiéndole este decreto i previniéndole pase a ella inmediatamente a jurar el cargo para que es llamado.

Habiéndose comunicado esta resolucion, se recibió la contestacion del señor Vice-Presidente, por la que anuncia admitir el cargo. En su consecuencia, se mandó que, en la sesion del 8, a las 12 del dia, viniese a prestar el juramento, suspendiéndose la sesión a las dos i media de la tarde. —Doctor Diego Antonio Elizondo. —Montt.


Sesion del 8 de Mayo de 1827 [1]

El lúnes 7, estando el Congreso reunido a las once de la mañana, el primer edecán del Gobierno, teniente coronel Tupper, presentó la dimision del jeneral Pinto, fundada en que si un tan gran ciudadano como el capitan jeneral Freire habia desistido del mando, porque no se sentia con fuerzas para vencer los obstáculos que se oponían a la marcha de la administración, él no tenia mas medios a su disposición. Añadía que no había venido a Santiago sino para conocer por sí mismo el estado de las cosas, i que las habia encontrado en tal desórden qne se habia confirmado en los escrúpulos que esperimentaba para aceptar el mando. El Congreso encomendó en seguida a una comision el mensaje del Vice-Presidente, para que ésta hiciese a la Sala su relación. Miéntras la comision estaba ocupada en deliberar, observó un diputado que, habiéndose escusado el jeneral Pinto, se hallaba el Estado sin jefe, i tomando el Congreso en consideracion el reparo de este representante, el secretario escribió a nombre de la Sala al capitan jeneral Freire para que conservase interinamente el mando. El capitan jeneral respondió negativamente; entonces se le envió otro mensaje que llevaba por título: Al Presidente de la República, i la respuesta del jeneral fué que, habiendo sido aceptada su dimision por el Congreso, no le convenia semejante título, i lo devolvió sin abrirlo.

A este tiempo se presentó la comision para dar su relacion, i su resolucion fué por que no debia admitirse la renuncia del jeneral Pinto; adoptó el Congreso este dictámen, i escribió a este jeneral, asegurándole que quitaria todos los obstáculos que pudiesen oponerse a la marcha de su gobierno.

El jeneral contestó entónces que aceptaba el mando, i que se presentaría al dia siguiente (hoi mártes) al Congreso para prestar el juramento de costumbre.


ANEXOS[editar]

Núm. 421[editar]

Señor:

Tengo la honra de haber recibido la respetable comunicacion, del 5 del presente, en la que se me indica que el Congreso Nacional se ha dignado encargarme el Gobierno de la República, a consecuencia de la abdicación del Excmo. señor capitan jeneral, don Ramon Freire. No habria vacilado en prestar mi adhesion al desempeño de tan difícil comision, si solo hubiese escuchado los impulsos de mi gratitud; pero los de mi conciencia me han detenido, porque conoce la suma de las responsabilidades i la inmensidad del peso de semejante encargo.

Me hallaba en Coquimbo cuando tuve aviso del alto honor con que me habia distinguido el Congreso Nacional, nombrándome Vicepresidente de la República. Colocado a gran distancia del centro de los negocios, i llamado urjentemente por el Presidente de la República, diferí mi resolucion hasta ver por mí mismo el estado de nuestras cosas. Confieso, injénuamente, que me ha espantado; i midiendo la escala de las dificultades que circundan el Gobierno con la estension de mis fuerzas, me he convencido que no soi el hombre llamado por las circunstancias a presidir la República.

Sin garantías para el Gobierno, sin leyes ni reglas establecidas para gobernar, i con los demas obstáculos que el Congreso no ignora, ¿cómo es posible que ose aceptar un cargo que el jeneral Freire con sus virtudes, con su popularidad i con su crédito militar ha dimitido, por los motivos que espone en su abdicación? ¿Qué puedo esperar, si él no ha podido dar vitalidad a la administracion? La rectitud de las intenciones del Congreso me son notorias, i pagaria mui mal los honores de que me colma, si no le hablara con el puro lenguaje de la sinceridad. Esta me obliga a suplicarle encarecidamente llame al Gobierno otro individuo a quien favorezcan las circunstancias, porque en semejante resolucion se interesa la suerte del país, i aceptarme al mismo tiempo la dimisión de la Vice-Presidencia de la República.

El que suscribe saluda al Congreso Nacional con su mayor respeto i veneracion. —Santiago, 7 de Mayo de 1827. —FranciscoAntonioPinto. —Al Congreso Nacional.


Núm. 422[editar]

La Comision encargada de manifestar a la Sala su opinion sobre la renuncia que hace de la Vice-Presidencia de la República el ciudadano jeneral, Francisco A. Pinto, a quien la lei llama hoi a desempeñar el cargo de Presidente, por haberse admitido la dimisión que hizo el propietario, no puede dejar de oponerse a la admision, pues las razones en que se funda, en su opinion, no convencen bastante; porque si es la de falta de leyes para que pueda marchar el Gobierno, el Congreso las dictará oportunamente, a fin de conseguirlo; por esto es que cree deba dictarse el siguiente


decreto:

Artículo primero. Admitida la renuncia al ciudadano jeneral don Ramón Freire, es llamado el Vice-Presidente electo a desempeñar el cargo de Presidente, vacante en virtud de la admision.

Art. 2.º No considerando bastantes las razones en que se funda el Vice-Presidente para desempeñar aquel cargo, de que el país aun no tiene leyes, porque el Congreso dictará oportunamente las convenientes para que marche, i que éste Cuerpo espera proponga, en virtud de la iniciativa que se le tiene conferida al Poder Ejecutivo; no há lugar a la renuncia interpuesta.

Art. 3.º El Presidente de la Sala oficiará al de la República, trascribiéndole este decreto i previniéndole pase a ella inmediatamente a jurar el cargo para que es llamado.

Art. 4.º Comuniqúese a quienes corresponda. —Santiago, Mayo 7 de 1827. —Santiago Muñoz de Bezanilla. —Pedro Palazuelos.


Núm. 423[editar]

Señor:

El Vice-Presidente de la República acaba de recibir la honorable comunicación del Congreso Nacional, en la que le instruye no haber accedido a la dimisión que interpuso del Gobierno de la República. El esperaba que el Congreso se penetraría de la fuerza de las razones en que la apoyaba; i su insistencia en la primera resolucion no le deja otro arbitrio que poner su persona, como lo hace, a disposición del Congreso. Acepto pues, señor, el Gobierno de la República con un temor que no lo he conocido en los campos de batalla.

Actualmente estoi un poco indispuesto, ruego a la Representacion Nacional tenga a bien permitirme pase mañana a prestar el juramento, a la hora que se sirva indicármelo.

El que suscribe saluda a la Representacion Nacional con su mayor respeto i veneracion. —Santiago, 7 de Mayo de 1827. —Francisco Antonio Pinto. —Soberano Congreso Nacional.


Núm. 424[editar]

El Congreso Nacional ha resuelto, en la sesion de hoi, que, ínterin se encarga del Poder Ejecutivo el Vice-Presidente de la República, permanezca S. E. al mando de ella, suspendiendo toda comunicación a las autoridades subalternas relativamente a la renuncia que, con tanto sentimiento, se ha visto el Congreso en la necesidad de admitir a V. E.

El Presidente de la Sala saluda etc.—Sala del Congreso, Mayo 7 de 1827. —Al Presidente de la República.


Núm. 425[editar]

El Congreso Nacional, en sesion de siete del corriente, ha sancionado i decretado lo siguiente: (Siguen los artículos sobre la lei de rateo, insertos en el cuerpo del acta.)

El Presidente de ¡a Sala, al comunicarlo al Vice-Presidente de la República, tiene el honor de ofrecerle los sentimientos de su mayor aprecio. — Sala del Congreso, Mayo 9 de 1827. —Al Presidente de la República.


Núm. 426[editar]

El Congreso Nacional, en sesion de este dia, ha acordado i decretado lo siguiente por unanimidad: (Siguen los artículos sobre la renuncia del Vice Presidente de la República, insertos en el cuerpo del acta.)

Con este motivo, el Presidente del Congreso saluda al Vice-Presidente de la República etc. -Congreso Nacional, Mayo 7 de 1827. —Al Vice-Presidente de la República.


Al Presidente de la República se comunicó la misma resolución para que pasase a la Sala a entregar el mando al Vice-Presidente.


Núm. 427[editar]

El Congreso Nacional ha acordado que, para mañana 8, a las doce del dia, se presente V. E a la Sala de la Representacion para prestar el juramento que previene la lei.

Tengo el honor de comunicarlo a S. E. i ofrecerle mis consideraciones i aprecio. — Congreso Nacional, Mayo 7 de 1827.—Al Excmo. Señor Vice-Presidente de la República.


  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Periódicos, El Verdadero Liberal, tomo XIII, pajina 295, del archivo de la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)