Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1827/Sesión del Congreso Nacional, en 8 de febrero de 1827

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1827)
Sesión del Congreso Nacional, en 8 de febrero de 1827
CONGRESO NACIONAL
SESION 138, EN 8 DE FEBRERO DE 1827
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO PEREZ I SALAS


SUMARIO. —Cuenta. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Recurso del ciudadano Carrera. —Sesion secreta. —Al lanamiento del fuero del señor Campino. —Cumplimiento de la amnistía del 27 de Enero i reserva de su publicacion hasta el 12 de Febrero. —Ajuste de las dietas de los diputados. —Fijacion de la tabla Solicitud de don José Vicente Fontecilla en demanda de un espediente. —Actas. —Anexos.

CUENTA[editar]

  1. De un informe de la Comision de Justicia sobre el recurso entablado por don Francisco Antonio de la Carrera.
  2. De una solicitud que hace don José Vicente Fontecilla, en demanda de que se le entreguen los antecedentes relativos al reclamo entablado en Setiembre último por algunos vecinos de Rancagua. (Anexo número 128. V. sesion del 22 de Setiembre de 1826.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Poner en tabla el recurso del señor Carrera. (V. sesion del 29 de Mayo de 1827.)
  2. Constituirse;en sesion secreta para tratar del allanamiento del fuero del señor Campino. (V. sesiones del 7 de Febrero de 1827 i del 6 de Junio de 1828.)
  3. En la sesion secreta, declarar que ha lugar a formar causa al diputado don Enrique Campino i comunicarlo así al Gobierno; declarar asimismo que todos los comprometidos en la revolucion del 24 de Enero están comprendidos en la amnistía acordada el 27; pero que este acuerdo se mantenga en reserva i no se cumpla hasta el dia 12 de los corrientes. (Anexos núms. 129 i 130. V. sesiones del 7 de Febrero, i del 4 de Abril de 1827 i del 1º de Abril de 1829.)
  4. Mandar que se ajusten hasta el dia los alcances de los diputados por sus dietas. (Anexo núm. 131. V. sesiones del 17 de Enero i del ij de Febrero de 1827.)
  5. Dejar en tabla el proyecto de lei sobre atribuciones del Ejecutivo. (V. sesiones del 6 i del 9.)
  6. Sobre la solicitud de don José Vicente Fontecilla, como se pide, con cargo de que el solicitante deje recibo del espediente. (V. sesion del 7 de Abril de 1827.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Aguirre, Arce, Bauza, Balbontín, Benavides, Benavente don Diego, Bilbao, Campos, Casanova, Cienfuegos, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fariñas, Fernández, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Marcoleta, Mena, Meneses don Juan Francisco, Molina, Montt don José Santiago, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Prats, Pradel, Prado, Pérez, Sapiain, Santa María, Silva don Francisco, Silva don Manuel, Tapia, Vicuña don Rafael i Vicuña don F. Ramon.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta del dictámen de la Comision de Justicia, en el recurso del ciudadano Carrera, que se mandó poner en tabla por su órden.

Llamóse en discusion, conforme a la órden del dia, la cuestion de si habia o no lugar a la formacion de causa del diputado don Enrique Campino; al darse principio, el señor Pradel hizo presente que tenia que hacera la Sala indicaciones de un carácter secreto i que era necesaria, de consiguiente, una sesión de este jénero; considerado bastantemente, se votó si se oyen o no así, resultando la afirmativa.

Despejada la barra, se discutieron, i se acordó que la resolucion se redactase en acta separada, i se presentase al tiempo que también se acordó, dándosele publicidad desde el dia a las declaraciones siguientes:

  1. Ha lugar a la formacion de causa del diputado don Enrique Campino, la que debe pasarse en el dia al Supremo Poder Ejecutivo.
  2. Ofíciese a S. E., el Presidente de la República, para que espida las órdenes convenientes a efecto de que se ajusten hasta el dia los alcances de los diputados por sus dietas, dándoles libramientos si no hubiese en Tesorería lo necesario contra los deudores, o cualesquiera ramos que pidan.

En cuyo estado i siendo ya las tres de la tarde, se levantó la sesion, anunciándose para la Siguiente el proyecto de lei sobre atribuciones del Ejecutivo.

El señor Infante salvó su voto respecto de las dos resoluciones. —Pérez. —Fernández.



sesion secreta
Acta

Se abrió con los señores Aguirre, Arce, Bauza, Balbontín, Benavides, Benavente don Diego, Bilbao, Campos, Casanova, Cienfuegos, Donoso, Eyzaguirre, Elizondo, Fariñas, Fernández, Huidobro, Infante, Irarrázaval, Lazo, López, Marcoleta, Mena, Meneses don Juan Francisco, Montt don José Santiago, Montt don Lorenzo, Muñoz Bezanilla, Novoa, Olivos, Ojeda, Prats, Pradel, Prado, Pérez, Sapiain, Santa María, Silva don Francisco, Silva don Manuel, Tapia, Vicuña don Rafael i Vicuña don Francisco Ramon.

I consideradas las indicaciones hechas por el señor Pradel, en que fundaba la necesidad i conveniencia de que el Congreso pronunciase una lei de olvido, que pusiese término a las diferencias que ajitaban al país en consecuencia del movimiento del 24 de Enero, que apoyaron varios otros señores; se acordó, despues de debatidos diversos proyectos de decreto que se redactaron:

  1. Que ha lugar a la formacion de causa del diputado don Enrique Campino Cuya declaracion debía, en el dia, pasarse al Poder Ejecutivo i publicarse en el acta, como se hizo.
  2. Que el indulto concedido no tuviese efecto hasta el 12 de Febrero, como el dia en que se celebra el aniversario de nuestra Independencia.

Algunos señores observaron que, por algun acaso, podria dilatarse éste o que se... no haber tenido la suficiente discusion, en virtud de las que se acordó que precisamente debia declararse i publicarse en dicho dia, e igualmente que hasta que llegase, no se diese publicacion.

En este estado, se levantó la sesion, anunciándose para la siguiente los asuntos que se han tratado. —Pérez. —Fernández.


ANEXOS[editar]

Núm. 128[editar]

Excmo. Señor Presidente del Congreso Nacional:

El ciudadano Vicente Fontecilla, como mas haya lugar en derecho, digo: que conviene al mío se digne V. E. decretar se me entreguen los antecedentes que tuvo el Congreso Nacional a la vista para proceder a deliberar en el reclamo que, en Setiembre pasado, tuvieron los vecinos de Rancagua. Ellos existen en la Secretaría, en donde de nada sirven, interesando infinito a los derechos de aquéllos.

En esta virtud, A V. E. suplico se digne decretar se me entreguen los referidos antecedentes como llevo pedido.

Es justicia, etc. —José Vicente Fontecilla.


Sala de sesiones, Febrero 8 de 1827.—Como se pide, bajo de recibo, que se archivará. —Pérez. —Fernández.


El Oficial Mayor de la Secretaría me ha entregado, en cumplimiento del decreto anterior, los documentos remitidos al Congreso por el Presidente de la República, con fecha 6 de Setiembre del año pasado, i los remitidos con fecha 9 del mismo mes i año. —Santiago, Febrero 8 de 1827. —José Vicente Fontecilla.


Núm. 129[editar]

Consiguiente la nota que el Supremo Poder Ejecutivo dirijió al Congreso, con fecha 5 del corriente, ha acordado lo siguiente:

Artículo único. Ha lugar a la formacion de causa del diputado don Enrique Campino.

El Presidente de la Sala saluda etc. —Congreso Nacional, Febrero 8 de 1827. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.


Núm. 130[editar]

El Congreso Nacional, en sesion de este dia, ha decretado i sancionado lo siguiente:

Artículo primero. Se concede amnistía a los ciudadanos comprendidos en el movimiento de la noche del 24 i siguientes.

Art. 2.º En consecuencia, el Poder Ejecutivo decretará su libertad; pero, si por el estado de la causa, puede fundadamente temerse exceso de algunos, los separará de Santiago por el tiempo que considere indispensablemente necesario, destinándolos al punto en que los crea útiles.

El Presidente de la Sala tiene el honor de ofrecer al de la República los sentimientos de su aprecio. —Congreso Nacional, Febrero 12 de 1827. —Al Presidente de la República.


Núm. 131[editar]

El Congreso Nacional ha acordado lo siguiente:

Oficíese a S. E., el Presidente de la República, para que espida las órdenes convenientes a efecto de que se efectúen hasta el dia los alcances de los diputados por sus dietas, dándoles libramientos si no hubiese en Tesorería numerario contra los deudores o cualquier ramo que pidan.

El Presidente de la Sala ofrece al de la República los sentimientos de su alto aprecio. —Congreso Nacional, Febrero 13 de 1827. —Al Presidente de la República.


Núm. 132[editar]

El Congreso Nacional ha sancionado lo siguiente:

"El Poder Ejecutivo no proveerá las canonjías, dignidades i raciones actualmente vacantes; pero podrá hacerlo de las que, en lo sucesivo, vacaren, a propuesta de los respectivos Cabildos eclesiásticos, cuya nominacion será precisamente en personas de conocido patriotismo."

El Presidente de la Sala al comunicarlo al de la República, tiene el honor etc. —Congreso Nacional, Febrero 21 de 1827. —Al Excmo. Señor Presidente de la República.